I. EL ARTICULO CUARTO DE LA LEY DEL BONOSOL ESTABLECE:
El monto anual del bonosol en la suma de Bolivianos un mil ochocientos (Bs. 1.800.), para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2007.
II. El monto de los Gastos Funerarios en la suma equivalente al cincuenta por ciento (50 por ciento) del monto fijado para el bonosol.
III. A partir del 1° de enero del 2008 y cada cinco (5) años, el monto del bonosol y de los Gastos Funerarios, será fijado por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros mediante Resolución fundada en un estudio actuarial basado en el valor de los Fondos de Capitalización Colectiva y la mortalidad de los beneficiarios
El 18 de julio de 2004, se llevó a cabo un referéndum a nivel nacional en el que entre otras preguntas se consultó a la población: "¿Está Ud. de acuerdo en refundar Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), recuperando la propiedad estatal de las acciones de los bolivianos en las empresas petroleras capitalizadas, de manera que esta Empresa Estatal pueda participar en toda la cadena productiva de los hidrocarburos?". Esta pregunta no aclaraba el impacto que se produciría en el pago del bonosol al utilizar su fuente de financiamiento para la refundación. Ante esta situación: "SPVS aguarda que el bonosol no sea afectado por potenciamiento de YPFB existe un contrato de fideicomiso con las AFPs".
BIOGRAFÍA DEL BONOSOL
1997-2006. Una breve historia de la aprobación, el primer pago, la sustitución temporal, la segunda puesta en vigencia del bonosol, así como de los acontecimientos relacionados con el pago de esta renta para los ancianos, comenzando con la Ley de Capitalización y terminando en la reversión de las acciones de las empresas petroleras Andina, Chaco y Transredes, durante el proceso de “nacionalización del gas”
1. El punto de partida
Inicialmente, la idea de Sánchez de Lozada era que las acciones fueran abonadas directamente a cuentas individuales en los fondos de pensiones (lo que se expresó en la Ley de Capitalización de 1994). De esa forma, cada boliviano mayor de edad tendría una cantidad de acciones en “su poder” (claro que sólo podría convertirla en dinero cuando se jubilase). Algo más de dos años después, con la Ley de Pensiones, el concepto inicial se diluyó. Un poco por la dificultad técnica de abrir tres millones de cuentas individuales, otro poco por el temor a un incontrolado tráfico ulterior de las acciones, y en primer lugar por motivos políticos (había que entregar beneficios concretos e inmediatos de la capitalización a los electores), esta Ley decidió que tanto los réditos del fondo de capitalización colectiva como los resultados de su venta fueran usados para pagar un beneficio anual, el Bono de Solidaridad, como se llamaba entonces, o bonosol, a toda la gente que tenía más de 21 años en 1995, y que podía cobrarlo cuando llegara a tener más de 65 años.
En medio de acusaciones de diverso calibre, el Ministerio de Capitalización de entonces, dirigido por Alfonso Revollo, terció en la lucha electoral, usando como argumento el bonosol. Respondió a la ADN, que se dedicaba a anunciar la cantidad de días que faltaban para el 1º de julio de 1997, es decir, para el día en el que “los que ya sabemos se vayan”, anunciando la cantidad de días que faltaban para que comenzara a repartirse el bonosol, “el cual quiere ser eliminado por los que ya sabemos”. 2. El primer pago y la primera polémica
El bonosol se pagó sólo una vez, en 1997. Su valor fue de 248 dólares y benefició a 364 mil ancianos. El total de mayores de 65 años calculado por el INE en 1999 era de 365,709, lo que quiere decir que el bonosol habría llegado al 99.7 por ciento de ellos. 205 mil eran pobres y, de estos pobres, el 51.7 por ciento mujeres. El pago desató una fuerte polémica que se aireó en las elecciones de 1997, la primera de las muchas que tendrían como motivo al bonosol. Fue acerca de si su concesión era un resultado natural del proceso de capitalización, y por tanto un resultado real de los esfuerzos del presidente Sánchez de Lozada durante su primera gestión, o si, en cambio, se trataba de una argucia electoral, de un instrumento maliciosamente previsto por los estrategas del MNR para “sobornar” a los electores.
3 3. El bonosol sufre un déficit El primer pago demandó el doble (alrededor de 90 millones de dólares) de la cantidad que rentaron por dividendos las acciones depositadas en el fondo de capitalización colectiva en 1995 y 1996 (alrededor de 45 millones de dólares). Apareció entonces un déficit de aproximadamente 45 millones de dólares, lo que marcó con un sello económico la controversia. 2 Colocación privada de acciones. Las AFP venden los papeles al mejor postor –nacional o extranjero–, sin tener que una bolsa
1 de inscribirlos en valores.
Recibos de depósito. La AFP entrega acciones a un banco custodio, que emite un recibo de depósito que puede ser transado en las bolsas norteamericanas y de otros países del globo. Inscripción de un “listado convencional” de acciones en un bolsa nacional y otra extranjera. Una operación bursátil común. 4
Reportos. La AFP podía vender acciones, en bolsas autorizadas o a inversionistas privados, nacionales o extranjeros, pero comprometiéndose a re-comprarlas después de cierto período, a precios de mercado.
4. Banzer detiene la “privatización diferida” Las autoridades del nuevo gobierno dirigido por el presidente Banzer (por ejemplo, Walter Guiteras, presidente del Senado, primero, y Ministro de Gobierno, después; o Edgar Millares, ministro de Hacienda) se preguntaron si valía la pena rematar las acciones acumuladas como ahorro nacional para beneficiar a un grupo de personas no productivas, y, sobre todo, se opusieron a seguir hipotecando acciones a los bancos para que las AFP pudieran incrementar la deuda de 50 millones de dólares que ya tenían, a fin de pagar el bonosol de 1998. La idea optimista era que estas acciones, nominalmente valoradas en 1,670 millones de dólares, se convirtieran en 2,500 millones, o más, en los mercados bursátiles, y que se canjearan con títulos de una diversidad de negocios nacionales y extranjeros. Era una oportunidad de traer dinero al país desde el exterior, en lugar de exportarlo, como Bolivia siempre había hecho.
incrementaría los impuestos (una idea que no aplicó durante este periodo, pero que, probablemente por presión del FMI continuó dando vueltas en las mentes de las autoridades económicas, lo que desembocaría en insospechados eventos políticos en febrero de 2003). 5. Comienza el déficit por pensiones
La Ley de Pensiones hizo que los trabajadores activos del país comenzaran a aportar a cuentas individuales de jubilación, de donde saldrían sus rentas. Por tanto, el Tesoro tuvo que pagar las pensiones que recibían los 300 mil jubilados que ya existían en ese momento, pensiones que hasta entonces eran pagadas por los trabajadores activos. Esta reforma causó un hueco fiscal que en 1997-1998 se calculaba en alrededor de 200 millones de dólares anuales. El gobierno de Banzer afirmó que no financiaría el déficit así, porque eso equivalía a abrir un hueco (la deuda del Tesoro ante el fondo de capitalización individual) para cerrar otro (el compromiso del Tesoro de pagar las rentas de los antiguos jubilados). Es así que dicho gobierno decretó un “gasolinazo” (aumento de los precios de los combustibles) y anunció que
6. La Ley de Propiedad y Crédito Popular
El 15 de junio de 1998, por iniciativa del entonces diputado mirista Jorge Torres, el Parlamento aprobó la Ley de Propiedad y Crédito Popular, la cual establecía que el 30 por ciento del fondo de capitalización se destinara a pagar una pensión de menor tamaño, llamada bolivida (calculada en 400 bolivianos, mientras que, como sabemos, el bonosol de 1997 había sido de 1,300 bolivianos), y el 70 por ciento restante se distribuyera, bajo la forma de “acciones populares”, directamente a los ciudadanos mayores de edad antes de 1995, como contraparte de micro-préstamos en el sistema financiero. En 1998, los dividendos de las capitalizadas fueron superiores a la deuda de 50 millones de dólares que tenía el fondo de capitalización colectiva con la banca privada, por lo que ésta se canceló. Ese año no se pagó el bolivida, pero el siguiente se distribuyó en dos cuotas simultáneas, ambas financiadas con los dividendos de las empresas. Debido al tamaño de la renta, fue necesario vender acciones del fondo de capitalización colectiva..
7. El verdadero problema: la imposibilidad de vender
Como hemos visto, tanto el plan original como el diseñado en la Ley de Propiedad y Crédito Popular chocaron contra un poderoso obstáculo: la dificultad de vender las acciones del fondo de capitalización colectiva. Aunque se previó que estas acciones fueran registradas y cotizaran en bolsas nacionales y extranjeras, lo segundo no ocurrió. En realidad, la Ley de Propiedad y Crédito Popular había sido una concesión a la lógica de las circunstancias, en un momento en el que la prédica de la capitalización todavía era atractiva para el país. Pero la verdad era, como se quejó Torres a lo largo de este periodo, que nadie en el gobierno del presidente Banzer estaba realmente interesado en repartir las “acciones populares”. También el bolivida había sido una salida de compromiso frente a la demanda de los ancianos, que luego de recibir un bonosol se sentían con derecho a esta pensión anual. A finales de los noventa aún no era posible volver completamente atrás, hasta lograr que el fondo de capitalización colectiva se convirtiera nuevamente de propiedad estatal, pero ya se comenzaba a pensar que había que conservar las acciones (el “capital”) y usar solamente la renta, los dividendos, en el pago de los mayores de 65 años.
8. Un breve retorno La Ley del bonosol fue promulgada por Sánchez de Lozada el 28 de noviembre de 2002, poco después de que asumiera por segunda vez la Presidencia. Se publicitó como la reposición de este beneficio tal como había sido pagado en 1997, pero era mucho más que eso. Se trataba de un retorno al diseño original de la capitalización. Primero, implicaba una nueva puesta en marcha de la privatización del fondo de capitalización colectiva, una privatización que se había detenido por: a) el bajo monto del bolivida, cuyo pago no hacía necesaria la venta de acciones; b) la no participación de las empresas capitalizadas en las bolsas y la consiguiente falta de un precio de venta para las acciones. La Ley del bonosol respondía a ambas cuestiones. Establecía un bonosol de 248 dólares o 1,800 bolivianos, por lo menos hasta diciembre de 2007, y un pago por gastos funerarios por la mitad de esa suma. 9. La capitalización en reversa El 18 de julio de 2004 fue convocado el segundo referéndum de la historia de Bolivia y al primero del periodo democrático moderno. Se consultó a la población sobre importantes y en algunos casos intrincados asuntos de la política energética del país. De las cinco preguntas que se formularon, la relacionada con el bonosol era la tercera: “¿Está usted de acuerdo con refundar Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, recuperando la propiedad estatal de las bolivianas y los bolivianos en las empresas petroleras capitalizadas, de manera que pueda participar en toda la cadena de los hidrocarburos?” En la expresión “la propiedad estatal de las bolivianas y los bolivianos” puede observarse la confusión prevaleciente, entonces como siempre, respecto a la condición de las acciones del fondo de capitalización colectiva. El lector queda intrigado respecto a quién es finalmente el dueño esta propiedad: si el Estado o los bolivianos.
El bonosol marca un cambio sustancial en los ingresos de los hogares pobres que tienen un miembro de la tercera edad
En esta investigación se estiman los efectos del bonosol sobre el consumo de esos hogares. Los datos muestran que los hogares pobres en áreas rurales incrementan el consumo de bienes, principalmente alimentos, mientras que los urbanos incrementan el consumo no- alimentario.
Existe una amplia literatura que analiza el efecto de las transferencias de dinero sobre el comportamiento de los hogares. Aun así, la literatura sobre pensiones no contributivas es relativamente escasa.
La principal sub-muestra de análisis excluye a 717 hogares con dos o más miembros elegibles para recibir una pensión, pues esto permite diferenciar entre el efecto multiplicador del bonosol y los efectos en el ingreso de hogares que pueden recibir más de una pensión.
Las inversiones agrícolas están presentadas como gastos en insumos para la producción animal y cosechas, tales como alimentos para animales, semillas, fertilizantes, pesticidas y alquiler de maquinaria agrícola.
Los resultados presentados en este capítulo demuestran que el bonosol generó un incremento importante en el consumo de alimentos en los hogares rurales, equivalente a dos veces el valor del bonosol, y aparentemente provenientes de los efectos multiplicadores de la inversión realizada en actividades agrícolas con los recursos transferidos.
El bonosol consiste en un único pago anual y cubre exclusivamente la contingencia de supervivencia, independientemente de que los beneficiarios hayan trabajado o no, y hayan aportado o no a algún sistema de seguridad social.
Es importante señalar que el pago del bonosol a partir del año 2003 fue efectuado durante todo el año, donde se determinó que los beneficiarios cobren el mismo a partir de la fecha de su nacimiento y que el pago se realice a través de bancos, fondos financieros privados, cooperativas y mutuales, con más de 200 puntos de pago en el país.
En 1997 solo se efectuaron dos preguntas que permiten estimar el destino que pudo haber tenido el monto del bonosol y el estado de satisfacción de los bonosolistas.
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