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Ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales (República Dominicana)


Partes: 1, 2

    1. Antecedentes en Derechos Humanos
    2. Legislación ambiental dominicana
    3. Relación de la Ley 64-00 con algunos Instrumentos de Derechos Humanos
    4. Conclusión

    Introducción

    En busca de seguir con la garantía de los Derechos Humanos, los diferentes Estados reunidos periódicamente realizaron y realizan una serie de conferencias de las cuales surgen declaraciones.

    Dentro de esta dinámica de la política internacional el tema de los Recursos Naturales y Medios Ambiente ocupa mucha de la atención de los estados que buscas, desde inicios de la década de los años 70, garantizar a los seres humanos en entorno libre de contaminación y protegido contra las amenazas del desarrollo irreversible y desmedido de los últimos tiempos.

    La República Dominicana como parte del conglomerado de naciones de la humanidad ha participado en muchas de esas conferencias y ratificado los acuerdos llegados en las mismas. De ahí que buscara ponerse acorde con los compromisos asumidos ante las demás naciones del mundo.

    En ese sentido, a mediados del año dos mil el Congreso Nacional aprobó la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales (64-00) la cual promulgo el Presidente Constitucional en agosto de ese año.

    En el presente trabajo haremos un análisis de las relaciones existente entre la legislación dominicana en materia del medio ambiente y recursos naturales y algunas de las declaraciones surgidas de las conferencias realizadas por los estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas vinculadas con este trascendental tema.

    1.- Antecedentes en Derechos Humanos

    La ONU ha fijado su atención en el tema de los Derechos Humanos desde su fundación, ya que en la "Carta de las Naciones Unidas" se resuelve "reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas", además de buscar como uno de sus propósitos el de lograr "el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión".

    Además, no sólo se establecen Convenciones de Derechos Humanos, sino que también se han establecido mecanismos para su promoción y protección, como las Cortes de Derechos Humanos y asistencia para que los gobiernos asuman sus responsabilidades.

    "Desde la adopción de la "Declaración Universal de Derechos Humanos", el tema es visto con mucha atención y apoyo de parte de la mayoría de los gobiernos del mundo, un hacho sin precedentes en la historia humana es en enfoque espacial a grupos vulnerables como los niños, mujeres, trabajadores migrantes, minorías, indígenas, discapacitados y otros, además de enfocarse en tópicos tales como el apartheid, el racismo y la administración de justicia".

    Como forma de dar una mejor observación a los temas de Derechos Humanos, estos, fueron divididos en "generaciones" atendiendo a la atención progresiva de estas prerrogativas de los individuos.

    La Primera Generación de Derechos humanos abarca los Derechos Civiles y Políticos o libertades clásicas. Estos son fruto de los reclamos de los movimientos revolucionarios de finales del siglo XVII.

    La Segunda Generación de Derechos Humanos la constituyen los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Aquí el régimen de derecho pasa a una nueva etapa, la del Estado Social de Derechos.

    La Tercera Generación de Derechos Humanos busca incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Estos derechos comienzan a ser promovidos a partir de los años sesenta y uno esta relacionado con el Medio Ambiente.

    La Cuarta Generación de Derechos Humanos abarca aquellos relacionados al desarrollo científico y tecnológico.

    1.1- Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

    El principal instrumento internacional es la "Declaración Universal de los Derechos Humanos", que fue adoptada el 10 de diciembre de 1948 en la Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

    Sin embargo, este no tenía carácter vinculante, por lo que se establecieron el "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos" y el "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales", establecidos el 16 de diciembre de 1966. Ambos pactos abordan de forma más amplia los derechos enumerados en la Declaración y tienen como característica su carácter vinculante que lleva más lejos la Declaración Universal. La mayoría de los países del mundo son partes en los dos pactos, lo que hace posible supervisar sus prácticas en materia de derechos humanos.

    El "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos" cuenta además con el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", de 16 diciembre de 1966, el cual faculta al Comité de Derechos Humanos para recibir y considerar comunicaciones de individuos que aleguen ser víctimas de violaciones de cualquiera de los derechos enunciados en el Pacto. También cuenta con el "Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte", del 15 de diciembre de 1989.

    Además de la Declaración, los Pactos y sus Protocolos que forman la "Carta Internacional de Derechos Humanos", existen a nivel internacional más de 80 convenios y declaraciones que abarcan de más específicas acerca de estos derechos.

    1.2- Conferencias de la ONU sobre el Medio Ambiente

    Las Naciones Unidas han celebrado varias cumbres y conferencias relacionadas con el Medio Ambiente desde inicios de los años 70 entre las cuales citamos:

    1.2.1.- Conferencia de Estocolmo

    Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humanos, mejor conocida como "Cumbre de Estocolmo"; la cual se reunió en la ciudad de es mismo nombre del 5 al 16 de junio de 1972. Aquí los gobiernos participantes crearon el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, el cuales es la principal autoridad mundial en ese ámbito y aboga porque en todo el mundo sea protegido y mejorado el medio ambiente.

    1.2.2.- Cumbre de Río o de la Tierra

    La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Ambiente y el Desarrollo, mejor conocida como la "Cumbre para la Tierra", fue realizada del 3 al 14 de junio de 1992. Aquí los países participantes acordaron la adopción de un enfoque de desarrollo para la protección del medio ambiente, mientras se aseguraba el desarrollo económico y social. En esta Cumbre 178 gobiernos aprobaron documentos, entre los cuales citamos:

    1.2.3.- Cumbre para la Tierra + 5

    Esta Cumbre tuvo lugar en un Período extraordinario de sesiones de la Asamblea General celebrada en la última semana de junio de 1997 en Nueva York, celebrada en 1997. Buscaba analizar la ejecución del Programa 21, aprobado en la Cumbre de 1992. Luego de largas deliberaciones por las diferencias entre estados participantes sobre cómo financiar el desarrollo sostenible en el plano mundial, se lograron acuerdos cuerdos los cuales fueron plasmados en el documento final de la sesión. Estos acuerdos son:

    • Adoptar objetivos jurídicamente vinculantes para reducir la emisión de los gases de efecto invernadero, los cuales son causantes del cambio climático
    • Avanzar con más vigor hacia las modalidades sostenibles de producción, distribución y utilización de la energía
    • Enfocarse en la erradicación de la pobreza como requisito previo del desarrollo sostenible

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