Descargar

Contratos Colectivos de Trabajo

Enviado por ediliaramirez


Partes: 1, 2

    1. Revisión de los contratos colectivos
    2. Rescisión del contrato colectivo de trabajo
    3. Terminación del contrato colectivo de trabajo
    4. Modificación de los contratos colectivos
    5. Diferencias entre la revisión y la modificación
    6. Suspensión colectiva
    7. Responsabilidades y acciones derivadas de los contratos colectivos de trabajo
    8. Responsabilidad del patrón
    9. Conclusiones
    10. Hipótesis
    11. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    Nuestra Ley Federal del Trabajo define al Contrato Colectivo como el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

    Entre los puntos a tratar en el presente trabajo se encuentra la Revisión del Contrato Colectivo de Trabajo, la cual tiene por objeto evitar la destrucción y desaparición del mismo; esta figura se puede presentar en la práctica de dos maneras: la convencional y la obligatoria, las cuales se explicarán más adelante. Además mencionaremos algunos de los aspectos más importantes acerca de la Revisión del Contrato Colectivo de Trabajo tales como sus modalidades, titulares, formalidades de la solicitud, entre otros. Así también, examinaremos la modificación del Contrato Colectivo de Trabajo, y los aspectos que la distinguen de la Revisión.

    Por lo que respecta a la Rescisión esta se puede definir como la terminación que del mismo declara u obtiene una de las partes, cuando la otra no cumple las obligaciones que le correspondían, y al profundizar en su estudio observaremos sus efectos sobre el Contrato Colectivo de Trabajo.

    Además analizaremos las formas generales de terminación del Contrato Colectivo de Trabajo contempladas en la Ley de la Materia, así como las causas concretas de terminación del contrato colectivo de trabajo, y sus efectos.

    Ahora bien, por lo que hace a la Suspensión de las Relaciones Colectivas de Trabajo veremos las distintas causas que la provocan, su alcance y procedimiento, todo esto contemplado en la Ley Federal del Trabajo.

    Y por último, estudiaremos los efectos personales del Contrato Colectivo de Trabajo, la responsabilidad del patrón en la terminación y suspensión de las relaciones colectivas de trabajo.

    REVISION DE LOS CONTRATOS COLECTIVOS

    Con el nombre de Revisión se conocen los procedimientos de reestudio y modificación de las cláusulas de las convenciones colectivas.

    Es un sistema que tiene por objeto conservar la vida del contrato colectivo, o mejor, inyectarle nueva vida, evitando así su destrucción y desaparición.

    1.- PRINCIPIO GENERAL:

    Los contratos colectivos no pueden abatir las condiciones de trabajo existentes en la empresa, porque ellas viven en las relaciones individuales de trabajo, que poseen su independencia ante el contrato colectivo, y porque la misión de los sindicatos no es la reducción de los beneficios de trabajo, sino a la inversa, su superación constante.

    2.- FORMAS DE LA REVISIÓN:

    La práctica mexicana ha creado un doble procedimiento, a cuyos aspectos ha dado los nombres de:

    1. Nada impide que el sindicato obrero y el empresario convengan, en cualquier tiempo, en revisar los aspectos que juzguen conveniente o útil; la revisión se efectuará antes del vencimiento del contrato colectivo, ya que en caso contrario, el procedimiento normal sería la revisión obligatoria.

    2. LA REVISION CONVENCIONAL:
    3. LA REVISION OBLIGATORIA:

    La Ley concibe a la revisión como el procedimiento que debe efectuarse en el tiempo inmediato anterior al vencimiento de la convención. Se le da el nombre de revisión obligatoria, porque tanto el sindicato obrero como el patrono puede emplazar a su contraparte, en los plazos convencionales o legales, a que concurran a las Juntas de Avenencia, en la inteligencia de que si ninguno de los dos hace el emplazamiento el contrato queda prorrogado por un período de tiempo igual al originario.

    TITULARES DE LA ACCIÓN DE REVISIÓN:

    Son los mismos que encontramos para la celebración de los contratos colectivos.

    En el art. 398 de la Ley Federal de Trabajo, pueden presentarse diversas hipótesis con respecto a la revisión:

    Partes: 1, 2
    Página siguiente