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Naturaleza jurídica del Contrato de Tarjeta de Crédito


Partes: 1, 2

    1. Generalidades
    2. Elementos
    3. Concepto de Tarjeta de Crédito
    4. Naturaleza del negocio jurídico base de la emisión de la Tarjeta de Crédito
    5. Naturaleza jurídica de la Tarjeta de Credito1
    6. Tipos de Tarjeta de Crédito
    7. Relaciones jurídicas en el Contrato de Tarjeta de Crédito
    8. Instrumentación de la Tarjeta de Crédito
    9. Derechos y obligaciones de las partes
    10. El Contrato de Tarjeta de Crédito en nuestra legislación
    11. Conclusiones
    12. Anexos
    13. Bibliografía

    Introducción

    La naturaleza de los contratos modernos es sumamente variada existiendo en cada contrato las mas diversas teorías, todas ellas explicadas en los libros que han escrito no solo los autores peruanos sino también en gran profusión los maestros italianos, españoles, norteamericanos, colombianos y otros países.

    La tarjeta de crédito es un instrumento de permanente utilización, al extremo que en muchos casos reemplaza al dinero en efectivo, con grandes ventajas. Entre ellas esta el hecho de que no se desplaza el numerario y basta una operación que cada vez tiende a ser mas mecanizada para que cumpla su función.

    Según el diccionario jurídico de Manuel Osorio una tarjeta de crédito es una "Tarjeta emitida por un banco u otra entidad financiera que autoriza a la persona a cuyo favor es emitida a efectuar pagos, en los negocios adheridos al sistema, mediante su firma y la exhibición de tal tarjeta..".

    La mayoría de nosotros cuando decimos tarjeta de crédito enseguida visualizamos o mejor dicho, nos hacemos la idea de una tarjeta de plástico con una banda magnética que nos permite acceder a la posibilidad, hablando mal y pronto, de "comprar sin pagar", esto es, diferir el pago de lo que compramos para el mes siguiente, e inclusive mas tiempo. Aunque esto último es como que no se lo tiene en cuenta y la sensación de haber consumido algo sin haberlo pagado existe, lo cual en todo caso es motivo de análisis de la psicología y no de nuestra disciplina.

    Obviamente una tarjeta de crédito es algo mas que una tarjeta de plástico e implica un juego de relaciones jurídicas y de conceptos que hay que analizar concienzudamente para comprender la cuestión que nos ocupa en su verdadera dimensión.

    Cogorno manifiesta que es muy difícil dar una definición precisa del credit card, la que podríamos tratar de esbozarla de la siguiente manera: Es un contrato complejo de características propias que establece una relación triangular entre un comprador, un vendedor y una entidad financiera, posibilitando al primero la adquisición de bienes y servicios que ofrece el segundo, mediante la promesa previa formulada a al entidad emisora de abonar el precio de sus compras en un plazo dado por esta ultima, la que se hará cargo de la deuda abonando inmediatamente el importe al vendedor previa deducción de las comisiones que hayan estipulado entre ambos por acercamiento de la demanda.

    En si, la tarjeta es un mero elemento identificatorio de quienes son contratantes de un sistema de tarjeta de crédito. Como veremos mas adelante cumple funciones operativas y simbólicas. Solo partiendo del análisis general del sistema de tarjeta de crédito(en adelante etc.), es posible obtener una definición técnica de la tarjeta y del sistema contractual que le da origen.

    Se ha querido explicar las características y consecuencias jurídicas y económicas como si fueran atributos de la propia tarjeta en su materialidad física En general la doctrina se divide entre quienes sostienen que es un contrato y quienes afirman que es un título.

    Generalidades

    La tarjeta de crédito o carnet de crédito que entregan las entidades financieras legitimadas para crearlo y emitirlo permiten al tenedor o tenedores legítimos ( ya que no están destinados a circular) adquirir bienes , servicios y dinero efectivo, e inclusive financiación de compras en un numero de meses, a su presentación en los comercios que se obligaron a ello con la entidad financiera, y que el tenedor o tenedores de la tarjeta de crédito conocen por aviso o información de aquella a estos, debiendo firmar en cada caso la factura o cupón de ventas al comerciante.

    Respecto de la tarjeta de crédito, se señala que por medio de ella el consumidor simplifica notoriamente sus operaciones, debido a que la tarjeta reemplaza la entrega de dinero en efectivo y a su vez constituye un importante instrumento de crédito; en la medida que difiere el cumplimiento de las obligaciones dinerarias, pues generalmente no requiere hacer una previsión de fondos.

    Elementos

    Partes: 1, 2
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