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Teoría General del Derecho

Enviado por Deibis Sánchez


Partes: 1, 2

    1. Qué es el Derecho
    2. Clasificación del Derecho
    3. Breve Bosquejo de la Historia del Derecho
    4. Hechos y Actos Jurídicos
    5. Ramas del Derecho
    6. Fin del Derecho
    7. Fuentes del Derecho
    8. El Estado
    9. La Revolución Francesa, el origen del Estado moderno
    10. Artículos de la Constitución Bolivariana de Venezuela para analizar

    La palabra derecho proviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino". Algunas definiciones de la palabra derecho son:

    ¿Qué es el Derecho?

    En su sentido objetivo: El Derecho es un conjunto de normas provistas de sanciones, que rigen las relaciones de los individuos en la sociedad.

    En sentido subjetivo: Es una prerrogativa que permite exigir prestaciones o el respeto a una situación

    En sentido didáctico: Ciencia de las normas obligatorias que presiden las relaciones de los hombres en sociedad.

    Entendido esto, vamos a continuar partiendo de esa dicotomía Derecho Objeto – Derecho Ciencia; partamos primero de este segundo significado, el Derecho como ciencia.

    La Ciencia del Derecho pertenece al campo de las llamadas ciencias sociales.

    Clasificación del Derecho

    Derecho Objetivo.− es el conjunto de normas jurídicas que forman la maquinaria jurídica, el conjunto de preceptos del derecho la norma jurídica que constituyen los códigos.

    Derecho Subjetivo.− es la prerrogativa, el poder o la facultad con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas y que considera le favorecen y tutelan. El objetivo es la norma que da la facultad y el subjetivo la facultad reconocida por la norma.

    Derecho Interno.− conjunto de normas jurídicas que rigen los actos de los individuos cuando se realizan dentro del territorio nacional o del estado.

    Derecho Externo.− conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones de Venezuela con otros estados.

    Derecho Público.− conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del estado, como ente soberano, con los ciudadanos o con otros estados.

    Derecho Privado.− Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares entre sí.

    Derecho Vigente.− Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y tiempo determinado el estado impone como obligatorias. Es aquel que no ha sido derogado ni abrogado.

    Derecho Positivo.− Es el conjunto de normas que se aplican efectivamente en un tiempo y lugar determinado.

    Derecho Natural.− es el conjunto de normas y principios deducidas por la razón humana, anteriores y superiores a las normas del derecho positivo.// sistema de normas principios e instituciones que congregan los valores permanentes, inmutables y eternos inspirados en la naturaleza humana.

    Breve Bosquejo de la Historia del Derecho

    Podemos decir que la historia del derecho es una disciplina cuyo objeto consiste en el conocimiento de los sistemas jurídicos. Al referirse a los derechos de épocas pretéritas, el historiador solo podrá, si quiere hacer historia considerar a estos en su unicidad e individualidad características, es decir, como productos culturales que han existido una vez y no habrán de repetirse nunca. La sociología jurídica puede también referirse a los ordenamientos jurídicos del pasado, pero cuando lo hace, aplica al estudio de los mismos un método completamente distinto, y no dirige su interés a lo que esos sistemas tienen de individual, sino a las causas y factores determinantes de su aparición o de sus cambios. "La historia del derecho nos pondrá de manifiesto los acontecimientos de producción y modificación del derecho en su propia individualidad real: ofrecerá la película de desenvolvimiento del derecho encajado en el resto de los hechos históricos. La sociología del derecho versará, no sobre la sucesión de acontecimientos singulares en un determinado proceso histórico, sino sobre la realidad social del derecho y sobre la disposición y el funcionamiento general de los factores que intervienen en su gestión y evolución".

    Relacionada primordialmente con:

    La Ciencia Política: Estudio del proceso y mecanismos del poder y el gobierno.

    La Ciencia Económica: Estudia los resultados objetivos de las relaciones de producción.

    La Sociología: Estudia las interrelaciones de los factores que componen la totalidad social.

    Para su elaboración científica el Derecho se apoya básicamente en:

    La Dogmática Jurídica: Consiste en el estudio concreto, el análisis y aplicación de un ordenamiento jurídico positivo.

    El Derecho Comparado: Estudio de la interrelación de diversos ordenamientos y sistemas de Derecho.

    La Teoría General del Derecho: Cuerpo de conceptos elementales y estructuras más o menos comunes a un sistema jurídico.

    Todo esto se combina para llegar a Leyes descriptivas y prescriptivas de conductas posibles.

    Esta precisión es importante porque permite diferenciar el concepto de ley en sentido jurídico de otras leyes científicas, y es precisamente la libertad que tiene el ser humano de apartarse de la conducta pautada por la ley, por eso se habla de "conductas posibles", es decir que pueden o no darse en la práctica y por eso el Derecho, al valorar una conducta como deseable, trata de imponer su obligatoriedad dado que ésta es una posibilidad, como lo es también la transgresión, o sea, la violación de la conducta prescrita.

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