Descargar

Atentado o atropello en contra del Poder Judicial (Perú)


Partes: 1, 2

    1. Proyecto o anteproyecto
    2. Fuentes del Derecho
    3. El Magistrado en la familia jurídica del Common Law
    4. El Magistrado en la familia jurídica romano germánica
    5. El Derecho sancionador en otros poderes del estado
    6. Los congresistas protegen su fuero
    7. Los ministros protegen su fuero
    8. Los magistrados no defienden su fuero
    9. Necesidad de aprobar previamente Normas de Derecho sancionador para congresistas y Ministros Autores del proyecto
    10. Debe modificarse la Constitución
    11. Naturaleza del proceso
    12. Normas que deben derogarse y Normas que deben modificarse
    13. Estructura orgánica de la OCMA
    14. Normas que deben aprobarse
    15. Normas de las cuales felicitamos su propuesta
    16. Atentado contra la majestad del Poder Judicial
    17. Reingeniería
    18. Proyecto en mayoría

    Comentarios sobre el Anteproyecto o Proyecto en mayoría de reglamento de organización y funciones de la Oficina de control de la Magistratura del Estado Peruano

    1. PROYECTO O ANTEPROYECTO

    En el documento que se nos hizo llegar se precisa que es un anteproyecto y al mismo tiempo un proyecto, lo cual implica un total desconocimiento de la técnica legislativa y del significado de dichos términos, así como del proceso legislativo o proceso de gestación de normas. Es decir, se legisla sin conocer este proceso y en todo caso al parecer casi todos los vocales supremos no son personas preparadas por que no ostentan grados académicos de magíster ni de doctor en derecho de prestigiosas universidades ni han escrito libros jurídicos con prestigiosas editoriales ni han publicado en prestigiosas revistas nacionales y extranjeras, y en todo caso es normal que no defiendan sus derechos, ya que las personas preparadas son los únicos que defienden sus derechos o en todo caso podrían renunciar como medida de protesta silenciosa pero muy significativa.

    Es decir, el atropello no se debe permitir ni tolerar, máxime que estamos en un estado de derecho, en el cual existen garantías procesales y constitucionales las cuales deben hacerse respetar.

    Dicho documento lo calificamos de nefasto, toda que constituye un atropello en contra del Poder Judicial del Estado Peruano, ya que desconoce que es un Poder del Estado, cuando lo normal sería que se establezca inmunidad a favor de los Magistrados. En este sentido queremos hacer llegar nuestro rotundo rechazo al proyecto o anteproyecto en mención, que está diseñado para atropellar a los Magistrados.

    Dejando constancia que en este caso el Poder Judicial actúa como legislador, y en todo caso los tres poderes del estado pueden actuar como tales.

    2. FUENTES DEL DERECHO

    En todo trabajo de investigación resulta necesario determinar cuales son las fuentes del derecho, a efecto de poder tener un enfoque global del tema estudiado.

    Loa fuentes del derecho son la ley, doctrina, jurisprudencia, ejecutorias, costumbre, principios generales del derecho, realidad social y manifestación de voluntad, entre otras. Es decir, estas no son todas las fuentes del derecho, lo cual debemos tener en cuenta, a fin de comprender que el estudio de este tema rebasa el presente trabajo de investigación.

    Dentro de las fuentes del derecho el proyecto, puede ser tenido en cuenta dentro de la ley, la cual prima sobre otras fuentes del derecho en nuestra familia romano germánica.

    En estas fuentes del derecho se acepta normalmente que se investigue y sancione a los Magistrados, pero no a los ministros ni a los congresistas.

    Es decir, no se acepta que se investigue y sancione a los ministros y congresistas, lo cual nos preocupa toda vez que esto es necesario ya que se ha advertido que algunas leyes y decretos supremos son para favorecer sectores del mercado como bancos (por ejemplo la ley de bancos favorece notoriamente a los mismos con normas injustas que dejan de lado la justicia, la cual es un valor en el derecho, ya que el derecho positivo o legislación no es para favorecer sectores de la población o del mercado, sino para regular actividades en forma normal y justa, con medidas o normas coherentes y justas) o empresas mineras o empresas que han obtenido contratos de estabilidad jurídica, para lo cual se necesita intervención del Presidente de la República o congresistas o ministros que intercedan a favor de la empresa o empresas beneficiarias, lo cual nos preocupa porque no es investigado por los responsables, ya que incluso el Presidente de la República debería ser materia de proceso por parte del Poder Judicial, sin ningún privilegio, ya que se nos ha hecho creer que el antejuicio es una necesidad, y peor aún que en las universidades no se forma a los alumnos con mentalidad crítica sino simple enseñanza memorista y no pedagogía crítica con valores, ya que esto no conviene a los grandes intereses económicos en juego. Es este orden de ideas que nos preocupa que no se investigue ni sancione a congresistas ni a ministros de estado, ya que es necesario a fin de frenar la corrupción existente.

    Es decir, al parecer se pretende sostener que en el Poder Judicial es el único poder del estado que existe corrupción, pero esto no es así, toda vez que en otros poderes del estado existe corrupción en forma muy notoria y escandalosa.

    Otro ejemplo es el caso de las normas que establecen que los bienes del estado son inembargables, a cuyo tema dedicamos un artículo, por lo cual habiéndose declarado inconstitucional la norma debía sancionarse a los congresistas o integrantes del parlamento.

    Partes: 1, 2
    Página siguiente