Una excomunión inválida, un cisma inexistente (página 4)
Enviado por Ing.Licdo. Yunior Andrés Castillo Silverio
[1] Trabajo original publicado en italiano en la Revista italiana SI SI NO NO, en los números 39 de Febrero/ Mayo de 1999 (y traducción hecha desde el texto de su versión francesa publicada en Courrier de Rome n. 214 y ss).
[2] Volveremos sobre este punto más adelante.
[3] Sobre la posibilidad de la invalidez del Vaticano II, remitimos a ¿Concilio o Conciliábulo? Reflexiones sobre una posible invalidez del Vaticano II, artículo escrito por Canonicus en Courrier de Rome nº 190 (mayo 1997) y 191 (junio 1997); ver su traducción en SISI NONO edición española.
[4] Cf. A. A. S 1947, p. 553, cit en Arnaldo Xavier de Silveira La Nueva Misa de Pablo VI: ¿Qué pensar de ello?. Esta obra que desarrolla una análisis fundamental del Novus Ordo Missæ 1969 y 1979, contiene en una versión mejorada tres estudios aparecidos en 1970 y 1971. el análisis del Novus Ordo de 1979 está en las páginas 100124. nos hemos inspirado ampliamente en este estudio así como en el libro fundamental de R. Amerio Iota Unum. Estudio de las variaciones de la Iglesia católica en el siglo XX. N. E. L. 1987, cap. XXXVII y XXXVIII (N. T.: hay traducción castellana de ambos libros).
[5] La Nueva Misa de Pablo VI, cit. páginas 103105. el texto del Novus Ordo en cuestión está en el art. 5 del Prólogo de esta obra.
[6] Sobre la idea falsa de unidad del género humano como fin atribuido de forma errónea a la Santa Iglesia por el Vaticano II, confrontar P. Pasqualucci.
[7] Dz. 2300.
[8] In Missæ enim celebrationem, in qua sacrificium Crucis perpetuatur, Christus realiter præsens adest in ipso ctu in suo nomine congregato, in persona ministri, in verbo suo, et quidem substantialiter et continenter sub speciebus eucharisticis. El texto latino del art. 7 está citado en La Nueva Misa de Pablo VI…, en n. 46, página 117, y comentado en las páginas 117120.
[9] La Nueva Misa de Pablo VI…, cit. íbid. Y cap. V: El nuevo ordinario de la Misa y la comida protestante.
[10] N. T.: el texto original italiano dice: … della fede nelleffettiva presenza di Cristo…
[11] Para una lista detallada confrontar Breve examen crítico del Novus Ordo Missæ, de los cardenales Otavviani y Bacci, mayo de 1969, pág. 2021 (N. T.: hay edición en castellano, editorial ICTION, Bs. Aires).
[12] Datos provistos por el Padre Pierre Marie Laurençon, Superior del Distrito de Francia de la F.S.S.P.X., en Encuesta sobre la Misa tradicional 19881998. Décimo aniversario del Motu Proprio Ecclesia Dei, nº especial de La Nef 1998, por Ch. Geoffroy y Ph. Maxence, pág. 284.
[13] Indulto Quattuor abhinc annos, del 3.10.1984, párrafo a. (Texto en Apéndice a Encuesta…, cit, página 375).
[14] Declaraciones del padre Joseph Bissig, primer Superior general de la Fraternidad San Pedro, que se mencionan en Encuesta … cit., páginas 95 y 97.
[15] Encuesta cit., página 321.
[16] La cita está tomada del texto publicado en Encuesta.., Apéndice, pág. 373374.
[17] Íbid., pág. 374.
[18] Íbid.
[19] F. S. S. P. X, Boletín Oficial del Distrito de Francia, nº 29 del 29.9.1988: por ciertos detalles del acuerdo entre Dom Gérard y Roma, con ocasión del reconocimiento de la abadía por Roma.
[20] Nos referimos al texto que se menciona en el Apéndice de Encuesta, cit. pág. 379.
[21] El hecho ha sido observado por el Sr. Jaeghere en la intervención referida por la Encuensta…, pág. 374.
[22] Texto en apéndice de Encuesta… cit., pág. 374.
[23] Texto en Encuesta… cit., pág. 375.
[24] Introducción a Encuesta…: ¿Ecclesia Dei? Llamamiento histórico, pág. 1255 y 38.
[25] En el Apéndice de Encuesta…, se hace cita una recapitulación de esas normas hecha por el Dr. Eric de Saventhem, ex(director de Una Voce.
[26] La opinión de los Cardenales fue unánime: Encuesta…, pág. 38. la fuente de información es el Cardenal Alfonso Stickler en La Nef (1995) n. 53, pág. 811 (ver nota n. 54, pág. 53 de Encuesta…). la revista retoma una entrevista del Cardenal a The Latin Mass, de 1995.
[27] Encuesta…, pág. 264, págs. 103, 261, 274.
[28] Damos aquí las tres primeras normas de las seis del resumen citado: 1. En los oficios del rito romano se debe otorgar a la lengua latina el honor que le corresponde. Los Obispos deben hacer de suerte que los domingos y festividades sea celebrada por lo menos una Misa en latín en cada localidad importante de su diócesis. Sin embargo, las lecturas de la Misa podrán ser hechas en lengua vulgar. 2. Todos los sacerdotes pueden decir en cualquier momento sus Misas privadas en latín. 3. Para cada Misa dicha en latín con o sin presencia de fieles el celebrante puede libremente elegir entre el Misal de Pablo VI (1970) y el de Juan XXIII (1962) [que es considerado como la última edición típica del Missale Romanum codificado por San Pío V] Encuesta, pág. 391. La norma n. 3 parece dar universalmente la libre posibilidad de la celebración de la Misa llamada de San Pío V, pasando por encima de las limitaciones impuestas por el Indulto. Se comprende por qué una tal norma nunca ha sido promulgada: hubiera demostrado abiertamente el descrédito de la reforma litúrgica poniendo oficialmente en crisis el espíritu del Concilio.
[29] Texto en Apéndice de Encuesta…, pág 385. el Dr. Saventhem respondió con otras dos cartas que quedaron sin respuesta. En la primera, escribió entre otras cosas, lo siguiente: Eso a lo que los fieles asisten no es otra cosa que innumerables formas diferentes de celebraciones eucarísticas que proliferan en la Iglesia desde hace 25 años, reivindicándoselas con una legitimidad más o menos fundada en las diversas Ediciones nacionales del Misal romano de Pablo VI y las múltiples opciones que él prevé… En la mayoría de las parroquias esas celebraciones han sido simplemente impuestas, razón por la cual los fieles, desalentados, no tuvieron otra manera de «rechazarlas» que el éxodo silencioso… Por fin, todos los sondeos de los últimos 25 años han demostrado que se debe tomar nota de una erosión progresiva de la fe, aún en aquellos que todavía frecuentan las iglesias. Ya que la lex credendi sigue a la lex orandi, ¿no es necesario concluir entonces que la fe no está más nutrida por la liturgia reformada o que rotundamente ésta última ha acelerado esa perdida de la fe? (Encuesta…, pág. 387.
[30] De Monseñor Giovanni Battista Re, al Presidente de Una Voce…
[31] Encuesta…, pág. 385.
[32] La expresión es del P. Claude Barth, Encuesta…, pág. 249.
[33] El testimonio es del P. Jean Paul Argovarch, Superior de una de las Comunidades Ecclesia Dei: el Instituto de Derecho Pontificio Santa Cruz de Piamonte; Encuesta…, pág. 9091.
[34] Todo esto resulta del Boletín Inter Multiplices Una Vox, de junio de 1998.
[35] Ver, por ejemplo, el Missale festivo dei fideli, Anno ABC, texto oficial de la C. E. I., por G. Boffa, presentación de Monseñor Mariano Magrassi, Coletti, ed. Roma, 1984, pág. 869.
[36] Nos referimos a ¿Gaps in the New Code? (= ¿Lagunas en el Nuevo Código?), entrevista al P. Murray seguida de una exposición muy detallada de su tesis: Cisma, Excomunión y la Sociedad San Pío X, por S. Terenzio (cf. págs. 5061 de The Latin Mass, otoño 1995). Cf. también 30 Giorni nº 4, abril de 1996, págs. 1718. En lo que concierne a la Misa en latín, ver Compte rendu (=Informe), publicado en el Boletín Parroquial de Nuestra Señora de Pointet, 1996.
[37] N. T.: los indicado en la nota anterior.
[38] Precisiones de la Comisión Pontifica para la interpretación de textos legislativos en Documentación Católica, 79 (1997), 2163 del 6 de julio de 1997, págs. 621623. la retractación del P. Murray se encuentra en The Latin Mass, verano de 1996, págs. 5455. A propósito de lo primero, se recuerda que la Carta a los amigos y benefactores nº 53 de la F. S. S. P. X del 23.9.97 observa que las Precisiones… es un documento contemporáneo de la Congregación para la doctrina de la Fe sobre la situación de los lefebvristas presentado por Monseñor Brunner, Obispo de Sión, como expresiones de Magisterio, y que en realidad son documentos no firmados (anónimos pues), sin fecha ni número de protocolo. Está permitido entonces considerarlos como documentos atribuidos al Magisterio actual, aún cuando, bien mirados, hasta se le podría atribuir un valor oficioso. Nosotros los consideramos sobre todo como documentos reveladores de la persistente hostilidad de los episcopados francés y suizo hacia la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.
[39] Este aspecto ha sido destacado pro el Padre Michel Beaumont en el artículo El Padre Gerald Murray se hace pegar en los dedos, aparecido en Fideliter (1997, págs. 4146), muy crítico sobre la retractación de dicho eclesiástico norteamericano: Pero es la aprobación explícita dada por la más alta instancia universitaria católica, la Universidad Gregoriana de Roma, lo que confiere a un trabajo un valor excepcional. Este valor evidentemente no puede desaparecer como acción seguida a una retractación (entre otras cosas, sólo parcial), de otro modo, se debería decir cosa totalmente absurda que los profesores de la Gregoriana, que han diplomado al P. Murray, se habrían equivocado y que deberían ellos también retractar su aprobación científica (sobre la tesis del P. Murray). Cf. in fine: Fr. Albert O.P. La tesis del Padre Murray en La Sal de la Tierra, nº 24, primavera de 1998, págs. 5067.
[40] SISI NONO, agosto de 1988 (XIV,14), que reporta íntegramente esta tesis y que da al mismo tiempo la definición de estado de necesidad, extraída de un estudio muy conocido del eminente canonista alemán George May, titulado: … Legítima defensa, resistencia y estado de necesidad. Aclaración de conceptos. Viena, Mediatrix Verlag, 1984, pág. 29.
[41] SISI NONO de agosto de 1988, pág. 6.
[42] Courriere de Rome, Ni schismatique, ni excommuniés, Septiembre de 1988.
[43] Courrier de Rome, noviembre de 1988: El Cardenal Ratzinger demuestra el estado de necesidad en la Iglesia.
[44] Op. cit., pág. 1.
[45] La Tradición excomulgada de Publicaciones de Courrier de Rome, Versailles, 1989, 127 páginas. Hay una traducción parcial castellana con el mismo título, editada en Bs. Aires, por la F. S. S. P. X.
[46] Le Sel de la Terre, Inteligencia de la fe (1993), nº 4, págs. 2745; nº 5, págs. 4487; nº 7, págs. 2557; nº 8, págs. 2844. El original en alemán tiene por título: Las consagraciones episcopales del Arzobispo Lefebvre. Examen teológico de su legitimidad.
[47] Este libro es interesante también por las numerosas comparaciones que hace entre el C.I.C. (Código de Derecho Canónico) de 1917 y el actual, en vigencia desde 1983. El Código de 1917 es también llamado Código pianobenedittino porque fue redactado por inciativa de San Pío X y promulgado bajo Benedicto XV [por tanto Código de Pío y de Benedicto] por el Motu proprio del 15.9.1917. El Código es una obra notoriamente insigne por la claridad de sus conceptos y visión sistemática. Se recuerda también la entrevista otorgada al 1er. Programa de la Radio Bávara el 30 de junio de 1988 por K. Th. Geringer, profesor de Derecho Canónico en la Universidad de Munich, en la cual se advertía que para que haya cisma es necesaria una voluntad explícita en ese sentido: Pregunta: ¿sobre la base de qué criterios se podría afirmar que ha sido fundada ahora una nueva Iglesia [por las consagraciones episcopales de Monseñor Lefebvre]? Respuesta: Ella [la Fraternidad] debería declararlo. Debería separarse expresamente de Roma [a saber: por una declaración en la cual ella no reconociera más la autoridad del Papa y la comunión con el Papa en tanto que institución] (Cfr. Fraternidad San Pío X, Boletín oficial del Distrito de Francia, 29.8.1998, nº 29, pág. 11). Como se sabe, Monseñor Lefebvre nunca ha manifestado intenciones de ese género y mucho menos durante las consagraciones de Ecône. El mismo concepto ha sido repetido por el profesor canonista Neri Capponi, en una entrevista a The Latin Mass, verano/1993. Ver también, para necesarias precisiones, el artículo del Padre Michel Simoulin, titulado 1988. El cisma imposible de hallar, Sion, 1998, pág. 43.
[48] Kaschewski, op. cit en La Tradición excomulgada, págs. 5157, public. Courriere de Rome.
[49] Episcopi sunt apostolorum successores atque ex divina institutione peculiaribus ecclesiis præficiuntur quas cum potestate ordinaria regunt sub auctoritate Romani Pontificis.
[50] Kaschewski, op. cit, pág. 4, en Tradición excomulgada, pág. 5152.
[51] Ver el Comentario al Código de Derecho Canónico ( = Comento) de Mons. Pío Vito Pinto, Urbaniana University Press, Roma, 1985, págs. 771/2; ver Del Giudicce Instituciones del Derecho Canónico, 12ª edición, en colaboración con G. Catalano, Milán, 1970, págs. 488 y ss.
[52] Comento, pág. 777; Del Giudicce, l. c.
[53] Comento, p. 772.
[54] Cfr. El derecho penal y el procedimiento mosaicorabínico, del rabinojefe Hirsch B. Fassel, GrosKamischa, 1870.
[55] Jn. XII, 4243; encontramos una referencia en el A. T., Prov. XXII, 10: Expulsa al burlador y la querella tendrá fin; la disputa y el ultraje cesarán.
[56] Cfr. la biografía clásica de R. Ridolfi, Vida de San Jerónimo Savonarola, Florencia, año 1974, 5ª ed. págs. 283 y ss.
[57] Can. 2217 §1, 2º, C. I. C. 1917: Pna dicitur… Latæ sententiæ, si pna determinata ita sit addita legi vel præcepto uy incurratur, ipso facto commissi delicti: ferendæ sententiæ, si a iudice vel superiore infligi debeat. Las penas latæ y ferendæ sententiæ están contempladas también en el C. D. C. 1983, pero para su definición hay que referirse al Código PíoBenedictino. La pena determinada es la establecida explícitamente por una norma dirigida a todos (lex) o a individuos especificados individualmente (præceptum): Pna dicitur determinata si in ipsa lege vel præcepto taxative statua sit (C. I. C., can. 2217 1, 1º).
[58] C. I. C. de 1917, can. 2217 2, 2º.
[59] Can 2217 §2: Pna intelligitur semper ferendæ sentetiæ, nisi expresse dicatur eam esse latæ sententiæ vel ipso facto seu ipso iure contrahi, vel nisi alia similia verba adhibeantur. El concepto es reafirmado en el C. d. C. de 1983 que, en el canon 1314 resume así la más amplia exposición del Código Pío Benedictino: Poena plerumque est ferendae sententiae, ita ut reum non teneat, nisi postquam irrogata sit; est autem latae sententiae, ita ut in eam incurratur ipso facto commissi delicti, si lex vel praeceptum id expresse statuat (La pena es generalmente ferendae sententiae, de manera que no obliga al reo sino después de haber sido impuesta; en cambio, es latae sententiae, o sea que en ella incurre por el mismo hecho de haber cometido el delito, si la ley o el precepto lo establecen así expresamente). Sobre la significación tanto declarativa como constitutiva del acto de condena, confrontar Del Giudicce, o. c. pág. 489.
[60] Transcribimos a continuación todo el canon 1321 del C. d. C. de 1983: 1321 §1. Nemo punitur, nisi externa legis vel praecepti violatio, ab eo commissa, sit graviter imputabilis ex dolo vel ex culpa. § 2. Poena lege vel praecepto statuta is tenetur, qui legem vel praeceptum deliberate violavit; qui vero id egit ex omissione debitae diligentiae, non punitur, nisi lex vel praeceptum aliter caveat. § 3. Posita externa violatione, imputabilitas praesumitur, nisi aliud appareat (1321 § 1. Nadie es castigado, a menos que la violación externa de una ley o precepto, por él cometida, le sea gravemente imputable por dolo o por culpa. § 2. Queda obligado a la pena establecida por una ley o precepto, quien violó deliberadamente la ley o precepto; quien lo hizo por omisión de la debida diligencia, no debe ser castigado, a menos que la ley o precepto dispongan otra cosa. § 3. Cometida la violación externa, se presume la imputabilidad, a menos que conste lo contrario). Sobre este canon y sobre su relación con el Código Pío Benedictino, ver Commento, págs. 758/9. Las definiciones de éste último son también más claras. Cfr. C. i. c. 1917, cánones 2199 y 2200.
[61] El canon ya ha sido informado con carácter exhaustivo en el nº 29 de este estudio.
[62] Este canon recuerda al canon 2241 del C. I. C. Pío Benedictino: Censuræ præsertim latæ sententiæ, maxime excommunicatio, ne infligantur, nisi sobrie et magna circumspectione.
[63] Ver el Commento, pág. 756.
[64] § 3. In circumstantiis, de quibus in § 1. (que da la lista de los diez casos de circunstancias atenuantes), reus poena latae sententiae non tenetur. (§ 3. En las circunstancias de que se trata en el § 1, el reo no queda obligado por la pena latae sententiae). El Commento dice: El §3 también enuncia un principio general, es decir toda disminución de imputabilidad libera de las penas latæ sententiæ, que requieren plena imputabilidad (Cfr. canon 2218 §2 del C. I. C. de 1917). Es evidente que, tratándose de penas latæ sententiæ, el criterio sobre la existencia de una de las causas antes mencionadas, se refiere al mismo delincuente, a diferencia de lo que pasa para las penas ferendæ sententiæ, en las cuales será el juez quien deberá establecer si la causa existe o no (Commento, págs. 765766. el subrayado es nuestro). Si el §3 del canon 1324 enuncia un principio general, éste debería ser válido para todos los casos en los cuales está prevista una pena latæ sententiæ, y entonces, también para la apostasía, la herejía y el cisma, castigados así por el legislador (cn. 1364 §1). Faltando la plena imputabilidad, no podrían nunca ser castigados con una excomunión latæ sententiæ.
[65] Violationis auctor non eximitur a poena, sed poena lege vel praecepto statuta temperari debet vel in eius locum paenitentia adhiberi,si delictum patratum sit: 1.° ab eo, qui rationis usum imperfectum tantum habuerit…(subrayado nuestro). Ver también Commento, págs. 763 y ss.
[66] ab eo, qui metu gravi, quamvis relative tantum, coactus est, aut ex necessitate vel gravi incommodo, si delictum sit intrinsece malum vel in animarum damnum vergat…. Ver Commento pág. 762: El principio general mencionado en el cn. 1325 §2 sacionaque un acto hecho por temor grave e injusto (se trata de la violencia moral a la que está sometido el que sufre el temor), es válido si el derecho no estable otra cosa; sin embargo en materia penal, el temor ya sea absoluto o relativo, es decir, teniendo en cuenta el sujeto que hace la amenaza y el que la sufre libera de toda pena.
[67] Cn. 1324 §1…: 8.° ab eo, qui per errorem, ex sua tamen culpa, putavit aliquam adesse ex circumstantiis, de quibus in can. 1323, nn. 4 vel 5.
[68] Cn. 1323 Nulli poenae est obnoxius qui, cum legem vel praeceptum violavit: …4.° metu gravi, quamvis relative tantum, coactus egit, aut ex necessitate vel gravi incommodo, nisi tamen actus sit intrinsece malus aut vergat in animarum damnum.
[69] Es la definición del error dada por la doctrina, expuesta por el Commento, pág. 761: el error, que está en relación con la ignorancia como su efecto, es un juicio falso con referencia a una cosa. En cuanto a la ignorancia, es la falta de ciencia debida, es decir, un estado habitual. Esta puede ser culpable (leve, grave, grosera, pasiva, afectada, o plenamente dolosa). La ignorancia que "hace desaparecer toda imputabilidad penal es solamente aquella que no es culpable (o. c., l. c.).
[70] SíSí NoNo, agosto de 1988, págs. 56; trad. al francés en La Tradición excomulgada, pág. 56 (Publicaciones del Courrier de Rome).
[71] LOsservatore Romano cit.
[72] Ídem nota anterior.
[73] Puesta a punto del Consejo Pontificio, pág. 529.
[74] LOsservatore Romano del 03.07.1988, cit.
[75] LOsservatore Romano del 03.07.1988 cit: actionem peregit suapte natura schismaticam, quattor presbíteros consecravit episcopos sine Mandato Pontificio atque contra Sumí Pontificis voluntatem…. Como ocurre a menudo en la Iglesia actual, el texto en lengua vulgar suministra el auténtico: … habiendo cumplido un acto de naturaleza cismática mediante la consagración episcopal… (el subrayado es nuestro). El acto cismático es la consagración episcopal. El P. Murria ha bóxervado que en la amonestación con la cual lo intimaba a no proceder a las consagraciones, el Card. Gantin que la firmaba acusaba a Monseñor Lefebvre de disponerse a violar el (único) canon 1382 (prohibición de la consagración sin mandato); ¡del supuesto significado cismático de su acto, ningún indicio! (The Latin Mass, cit., p. 56).
[76] LOsservatore Romano cit.
[77] Valeurs Actuelles, del 4.7.1988, pág. 18.
[78] Entrevista a The Latin Mass, Verano de 1993, cit.
[79] Voz Cisma, redactada por el P. Congar en Dictionnaire de Teología Catholique, t. XIV, col. 12861312; col. 1299 ss.
[80] Cfr. Fideliter n. 65, septoct. 1988, pág. 11. Para el texto latino: Fraternité S. Pie X, Boletín Oficial del Distrito de Francia, del 13.8.1988, n. 10, p. 2.
[81] Fideliter cit. y Boletín cit: æstimamus omnes pnas, censuras ab his auctoritatibus prolatas nihil momenti esse.
[82] LOsservatore Romano del 03.07.1988, cit.
[83] Fideliter cit, Boletín cit.
[84] Aclaración entre [ ] del traductor.
[85] Fideliter, número especial del 2930 de junio de 1988, ciy. El texto de la carta rosigue del siguiente modo: Los conjuro a permanecer apegados a la Sede de Pedro, a la Iglesia Romana, Madre y Maestra de todas las Iglesias, en la fe católica e integral, expresada en los símbolos de la fe, en el catecismo del Concilio de Trento, conforme a lo que habéis sido enseñados en vuestro seminario. Manténganse fieles en la transmisión de esta fe para que el Reino de Nuestro Señor venga (subrayado nuestro).
[86] La Carta fue publicada en Cor Unum 1988, n. 30, páginas 26, 27, 28.
[87] Los obispos consagrados como auxiliares de la Fraternidad no entran tampoco en la categoría del obispo auxiliar, sin derecho de sucesión (canon 403 §1 del C. D. C. vigente). Estos últimos gozan de la potestad de jurisdicción sobre el territorio de la diócesis, estando colocados a latere del obispo diocesano cuando no puede personalmente cumplir todos los oficios episcopales, como exigiría el bien de las almas (Commento cit. pág. 241). Se recuerda también que jurisdictio in actu supplita no es idéntica a la in actu expedita, según el n. 2 de la nota previa intencionada, en la Lumen Gentium, resultando esta última siempre de una misión canónica. Lo que justifica la jurisdiccio supplita in actu es especialmente el estado de necesidad, en particular en el caso de errores graves y herejías que sean difundidas públicamente, y también y sobre todo a causa de la renuncia de la autoridad de la Iglesia oficial. En una situación similar, la necesidad grave de muchos (porque corren grave peligro y esto es suficiente de ser seducidos por el error) está equiparada por la doctrina unánime a la necesidad extrema de cada uno (la cual se puede dar en peligro de muerte).
[88] N. T.: el texto original italiano dice non può contrabbandarla.
[89] Comentario cit., p. 473.
[90] Suma Teológica IIII, q. 39, a. 1.
[91] Ídem nota anterior, segunda objeción.
[92] Ídem n. a. Cfr. Diccionario de Teología Católica, palabra Cisma, col. 1304.
[93] Diccionario.., cit., voz Cisma, col. 1302, Ver también publicaciones del Courrier de Rome, Ni cismáticos ni excomulgados, pp. 2021.
[94] Diccionario de Teología Católica, voz Cisma, ídem.
[95] ¿Son cismáticos en espíritu? Para mí algunos lo son, según lo que he leído (The Latin Mass, cit. p. 4; …[la Fraternidad, n.d.r.] puede ser de hecho un movimiento cismático, aunque no punible en los términos del derecho canónico… (ídem, p. 5). La acusación de cisma virtual parece evidente.
[96] Suma Teológica, IIII, q. 39, a. 1 cit.
[97] No somos nosotros sino los modernistas quienes salen de la Iglesia. En cuanto a decir «salir de la Iglesia VISIBLE», es equivocarse asimilando Iglesia oficial e Iglesia visible… Nosotros bien reconocemos al Papa su autoridad, pero cuando él se sirve de ella para hacer lo contrario de aquello para lo cual le fue dada, es evidente que no se lo puede seguir… ¿Salir, pues, de la Iglesia oficial? En cierta medida, sí, evidentemente. Todo el libro de Jean Madiran La Herejía del siglo XX es la historia de la herejía de los obispos. Es necesario entonces salir de ese ambiente de obispos, si uno no quiere perder su alma. (Fraternidad San Pío X Boletín Oficial del Distrito de Francia n. 29 del 29.9.88, pág. 7; Monseñor Lefebvre, La visibilidad de la Iglesia en la situación actual, págs. 79). Y además: somos condenados por personas que están condenadas y que deberían ser condenadas públicamente… Declaración de cisma: ¿con quién, con el Papa sucesor de Pedro? No, ¿cisma con quién? Con el Papa modernista, sí, cisma con las ideas que el Papa defiende por doquier, las ideas de la Revolución, ideas modernas, sí. Estamos en cisma con eso. No lo aceptamos ciertamente (Fideliter, número especial del 2930/junio/1988, cit, pág. 18).
[98] Diccionario de Teología Católica, voz Cisma, cit. col. 12991300.
[99] Citado en el Diccionario.., voz Cisma, col. 1301 [el texto está tomado del Comentario al libro IV de las Sentencias, Dis. 13, q. 2, a. 1, a.2; n d. t.].
[100] Ídem nota anterior, col. 1304.
[101] Art. cit., págs. 99 y ss., 16 y ss., 22 y ss.
[102] La tesis es recordada en A Rome and Ecône Hand Book, Holy Cross Seminary, 1997.
[103] Commento, cit., pág. 226.
[104] El punto es recordado en Commento, cit., pág. 226227. Ver también la cuestión en la nota previa a la Lumen Gentium, n.2. Sobre la disputa plurisecular, cfr. Diccionario de Derecho Canónico, voz Obispos, col. 569 y ss, col. 571574. Para una defensa de la posición adoptada por el Concilio Vaticano II y el nuevo Código de Derecho Canónico, ver: W. Bertrans, El poder pastoral del Papa y los Obispos. Premisas y conclusiones teológicasjurídicas. Herder, 1967, p. 8, 19, 25.
[105] Comentario, cit., pág. 226.
[106] Aún admitiendo la comunicación inmediata por Cristo, se reconoce que la jurisdicción episcopal depende, en su ejercicio, del poder supremo del Papa, quien puede determinar su alcance, suspenderla y limitarla (Diccionario de Derecho Canónico cit., col. 572).
[107] Nota previa a la Lumen Gentium, n. 2, en Documentos del Concilio Vaticano II, texto latinoitaliano, Padua, 1966, pág. 278.
[108] Remitimos para esto a La Tradición contra el Concilio. La apertura a la izquierda del Vaticano II, de F. Spadafora (Roma, año 1989, págs. 177 y ss).
[109] N.T: el original italiano dice textualmente …che resulterebbe cosi composta o per meglio dire composita…, cuya traducción resulta difícil en castellano, siendo el primer sentido que está formada por elementos homogéneos (composér, en francés) y el segundo, formada por elementos heterogéneos (compositer, en francés).
[110] El hecho ha sido recordado con vigor por el Padre Simoulin, en Valores actuales, cit. (ver nota 78 del presente trabajo).
[111] Información… cit., págs. 4749.
[112] Noldin, De Principiis Theologiæ Moralis, 1911, págs. 202203; Roberti Palazzini, Diccionario de Teología Moral, Roma, 1954, vox Causa excusante (de la observancia de la ley), pág. 207; G.B. Guzzetti, Moral General, Marietti, 1955, t. I, pág. 152.
[113] Investigación… cit., pág 47.
[114] N. T.: el texto original italiano dice: …potuto in linea di principio sostenerla?
[115] Encuesta…., págs. 4849.
[116] La Comisión canónica de la Fraternidad que emite, por pedido, dictámenes sobre la validez o no de matrimonios, responde a la misma lógica de jurisdicción de suplencia en caso de necesidad para el bien de las almas. Se ejerce pues ad actum, es decir, caso por caso; no es en ningún modo la manifestación de voluntad de un órgano permanente. Ver sobre este punto Respuesta a algunas preguntas en ROMA ÆTERNA, Revista de la Tradición Católica, n. 119120, agosto de 1991, págs. 1114.
[117] The Latin Mass, cit. pág. 59. el título literal de la tesis de doctorado del P. Murray es: El estado canónico de los fieles asociados con ardor al arzobispo Lefebvre y a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X: ¿están excomulgados por cismáticos?. La respuesta es negativa. Los fieles que frecuentan las misas celebradas por los sacerdotes de la Fraternidad no cumplen ningún acto cismático, no participan en ningún cisma (también porque como se verá, para el P. Murray, no se puede hablar de cisma formal, mientras que se debe considerar inválida la excomunión latæ sententiæ). La tesis Murray consagra un análisis detallado a rechazar la hipótesis de cisma para los fieles y los sacerdotes: cf. The Latin Mass, cit. págs. 5558. Este resumen de la tesis, con amplios extractos del texto, es de Steven Terencio: op. cit., págs. 5561, a tres columnas. Está precedido de una larga entrevista al P. Murray. Nosotros nos limitamos aquí a tomar en consideración lo que nos parece ser el núcleo esencial de la tesis.
[118] Op. Cit, ibid.
[119] Íbidem.
[120] N.T.: Que redunda en daño de las almas.
[121] Comentario al Nuevo Código de Derecho Canónico, cit. pág. 762.
[122] The Latin Mass, cit., pág. 61, nota nº 10.
[123] Ídem.
[124] Ídem.
[125] Ídem.
[126] Ídem.
[127] Ídem.
[128] Ídem.
[129] Ídem.
[130] Op. cit. pág. 61.
[131] Ídem.
[132] Cor Unum, 1988, nº 30.
[133] Ídem.
[134] Op. Cit., págs. 4142.
[135] Rev. Sí Sí No No, año 1988 (XIV) 14 cit.; ídem en La Tradición excomulgada, cit. ed. francesa, pág. 4950.
[136] Rudolf V. Hiering, Lo scopo nel diritto (el fin del derecho), año 1877. Traducción italiana de G. Losano, Turín, 1972, p. 185, con una importante introducción.
[137] G. May, op. cit. en Sí Sí No No, n. cit.; y también La Tradición excomulgada, cit. pág. 15 21. Un cuadro impresionante, documentado con la mayor precisión, del estado de necesidad dominante en la Iglesia Católica actual, a causa del entibiamiento de la fe de muchos obispos y en consecuencia de sus complicidades activas y pasivas con los ultramodernistas que desean destruirla ( = a la Iglesia), es expresado por el mismo profesor May en La Crisis de la Iglesia es una Crisis del Episcopado (Card. Seper), 119 páginas, Una Voce Correspondans, 1987. Se trata de la versión completa de una conferencia pronunciada el 18.10.86 en Dusseldorf. La situación no había ciertamente mejorado en 1988, cuando Monseñor Lefebvre debió proceder a las consagraciones contra la voluntad del Papa. Y ciertamente no ha mejorado hoy, en 1999, ya que la Iglesia es siempre más devastada por el ecumenismo galopante que aflige cada vez más adelante en todos los niveles.
[138] Ni cismáticos ni excomulgados, cit. en La Tradición excomulgada, cit. págs. 1521.
[139] G. May, op. cit. en Sí Sí No No, cit., etc…
[140] Nosotros no seguimos a Monseñor de Castro Mayer o a Monseñor Lefebvre como a caudillos [capofila en el texto original italiano ndt]. Seguimos a la Iglesia Católica. Pero estos dos confesores de la fe han sido los únicos obispos que se han levantado contra la autodemolición de la Iglesia. No nos podemos disociar de ellos. Así como en el siglo IV, en la época del arrianismo, era un signo de ortodoxia estar en comunión con Atanasio (y no con el Papa Liberio), de la misma forma estar unidos a Monseñor Lefebvre y a Monseñor de Castro Mayer es un signo de fidelidad a la Iglesia de siempre (Declaración del Padre Tomás de Aquino, Prior del Monasterio de la Santa Cruz de Nova Friburgo, Brasil, en 1988, luego de las consagraciones de Ecône, publicada en el Boletín Oficial del Distrito de Francia de la Fraternidad San Pío X, 29.09.1988, nº 29, pág. 10). Y Asimismo: Todos esto demuestra que somos nosotros los que tenemos los signos característicos de la iglesia visible. Si todavía hoy hay una visibilidad de la Iglesia, es gracias a ustedes [a los sacerdotes de la Fraternidad San Pío ndr]. Estos signos no se encuentran en los otros: no tienen ya la unidad de la fe. Y la fe es la base de la visibilidad de la Iglesia (Conferencia de Monseñor Lefebvre sobre la Visibilidad de la Iglesia y la situación actual, pronunciada en Ecône el 9.09. 1998, en Boletín Oficial…, pág. 29). La Iglesia visible es la que muestra los signos (de ahí la visibilidad) de la doctrina ortodoxa. Si la Iglesia oficial no los muestra, totalmente o en parte, ella no coincide entonces más con la Iglesia visible y puede ser consideradas como virtualmente cismática.
[141] Indulto Quattuor Abhin annos, ya citado, según Encuesta…, pág.
[142] Porque estamos con el Pontífice (ndt).
[143] Georg. May, op. cit.
[144] Ídem.
[145] Citado en el apartado 2. 1 del presente trabajo. Si hubiera creado una Iglesia cismática, monseñor Lefebvre hubiera ido más allá de las necesidades de la situación, y hubiera abusado de la competencia que le había sido conferida por el estado de necesidad.
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