Deber de contribuir con los gastos públicos. Regulación constitucional en Cuba (página 2)
Enviado por Damaris Carbonell Martínez
En el nuevo contexto de cambios y modificaciones desde el orden económico en Cuba es oportuno que se retome en la Ley Suprema la regulación expresa en cuanto al deber de contribuir con los gastos públicos que, son en sí mismos un beneficio para la sociedad en general y revisten vital importancia en la materialización de la seguridad jurídica que debe prevalecer en la aplicación de las normas tributarias a partir de la jerarquización de los principios en que se sustentan.
Bibliografía
Libros:
1. Colectivo de autores. Texto de estudios de Derecho Financiero.
2. Dra. Soledad Fernández Doctor. El Marco General de las Relaciones con los Contribuyentes y los Servicios de Información y Asistencia (I) Maestría Internacional de la Administración Tributaria y Hacienda Pública del CIAT, Módulo II, Tema 5.
3. Dr. Fernando Díaz Yubero y D. Raúl-Félix Junquera Varela. Modelos Organizativos de la Administración Tributaria y Estrategias de las Organizaciones Avanzadas. Maestría Internacional del Administración Tributaria y Hacienda Pública del CIAT, Módulo II, Tema 2.
4. Dr. Luis Cremadas Ugarte y Da. Mariza Valdenebro García: Políticas de la Calidad: La Gestión de la Calidad en las Administraciones Tributarias. Módulo V. Tema 4.
5. GASCÓN CATALÁN Jesús: "Maestría Internacional en Administración Tributaria y Hacienda Pública.", Ed. I.E.F. Madrid, 2010.
6. José L. Escasena. La evolución de la Legalidad en Cuba.
7. Sainz de Bujanda. "Lecciones de Derecho Financiero", Madrid, 1993.
8. Lozano Serrano. "Consecuencias de la jurisprudencia constitucional sobre derecho financiero y tributario" Editorial Civitas, Madrid, 1990.
9. Torres Cuevas, E y Loyola Vega, O. Historia de Cuba. 1492-1898 formación y liberación de la nación cubana. Ed. Pueblo y Educación. 2006 tercera edición.
LEGISLACIÓN ESPECIALIZADA
1. Constituciones cubanas hasta la vigente.
2. Ley No. 447 de 1959, "Reforma Tributaria".
4. Ley 73 de 1994, "Del Sistema Tributario".
5. Ley No. 113 de 2012 "Del Sistema Tributario"
5. Decreto Ley No.169 de 1997, "De las Normas Generales y de Procedimientos Tributarios".
6. Decreto Ley 174 de 1997, De las Contravenciones Personales de las Regulaciones del Trabajador por Cuenta Propia.
8. Decreto No. 308 de 2012. "Reglamento de las normas generales y de los Procedimientos Tributarios."
Página Web del CIAT. www.ciat.org. El CIAT es un organismo internacional público que tiene su sede en Panamá. Su portal reúne documentación tributaria de gran interés y enlaces con las páginas Web de las AATT de sus países miembros, así como con otros organismos e instituciones fiscales.
Manuales CIAT (Está actualizado en el portal de Internet del CIAT)
CD. Biblioteca Jurídica. Fundamentos de Derecho Constitucional.
Otros materiales:
• Homenaje a Joaquín Infante. Academia de la Historia de Cuba. La Habana. Imprenta El siglo. MCMXXX
Autor:
Damaris Carbonell Martínez[28]
[1] Héroe Nacional de Cuba, reconocido por su prolífera obra como escritor, poeta, ensayista y exponente de los más puros de los sentimientos independentistas, antiesclavistas, antirracistas y revolucionarios.
[2] Tomado del Libro de Rafael G. Argilagos, que fue concebido por este autor para rendir homenaje a Martí y que se convocó por el distinguido “Comité por una tumba digna del Apóstol Martí.” Publicado el texto en el año 1938.
[3] CD Biblioteca Jurídica. Fundamentos de Derecho Constitucional.
[4] En los anexos se pueden observar algunos de los Títulos de la Constitución redactada y que tienen relación con el tema que desarrollamos.
[5] Observaciones realizadas por el Dr. Key Ayala en el Proyecto de Constitución reproducida en Homenaje a Joaquín Infante. Academia de la Historia de Cuba. La Habana. Imprenta El siglo de Joaquín Llaverias. 3 de noviembre de MCMXXX.
[6] Académico de Número de la Academia de la Historia de Cuba.
[7] José L. Escasena. La evolución de la Legalidad en Cuba.pág.59
[8] Homenaje a Joaquín Infante. Academia de la Historia de Cuba. La Habana. Imprenta El siglo de Joaquín Llaverias. 3 de noviembre de MCMXXX.
[9] Consejo de Diputados que fue concebido para ejercer el poder legislativo en la Isla.
[10] Parte final del Proyecto de Constitución de Infante.
[11] Residían en la Isla la burguesía comercial española y muchos peninsulares no propietarios cubanos que estaban a favor de la corriente monárquica y los grandes propietarios cubanos eran partidarios del absolutismo de Fernando VII que había favorecido sus intereses. Aunque ninguno estaban a favor de las ideas revolucionarias ni la de la lucha independentistas que se libraba.
[12] Constitución de Guáimaro (1ro de abril de 1869)
[13] Constitución de Jimaguayú (16 de septiembre de 1895)
[14] Torres Cuevas, E y Loyola Vega, O. Historia de Cuba. 1492-1898 formación y liberación de la nación cubana. Ed. Pueblo y Educación. 2006 tercera edición.
[15] Esta afirmación fue tomada del discurso leído por el Dr. Cosme de la Torriente y Peraza en una sesión de la Academia de la Historia de Cuba a comienzos del año 1952
[16] Idem.
[17] Ibid. Pág. 19
[18] Discurso que pronunció sobre la asamblea de Jimaguayú en la Academia de Historia de Cuba.1952
[19] Constitución de 1901.
[20] Constitución de 1940.
[21] Es reconocida como la etapa más difícil económicamente que ha enfrentado el proceso revolucionario cubano y por ende los ciudadanos, fue consecuencia del desplome o desaparición del campo socialista de Europa, región con la que Cuba mantenía su intercambio comercial mayoritario, a lo que se unió el acérrimo bloqueo de los EEUU hacia la Isla.
[22] Denominación que es consignada en la Resolución sobre los Lineamientos de la Política económica y social del Partido y la Revolución.
[23] Fueron aprobados el 18 de abril de 2011, en la celebración del VI Congreso del Partido Comunista de Cuba y posteriormente sometidos a aprobación ante la Asamblea Nacional del Poder Popular.
[24] Sainz de Bujanda. ”Lecciones de Derecho Financiero”, Madrid,1993.p 104
[25] España es una muestra de ello.
[26] Lozano Serrano. “Consecuencias de la jurisprudencia constitucional sobre derecho financiero y tributario” Editorial Civitas, Madrid,1990,p.107
[27] Constitución de 1976, con las modificaciones de 1992.
[28] Especialista en Derecho Civil. Profesora de Derecho Financiero de la Universidad de Granma. Cuba.
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