Agenda 1. Antecedentes NIIF (IFRS).
2. Alcance NIIF. 3. Terminología NIIF. 4. Finalidad de los estados financieros. 5. Conjunto completo de estados financieros.
6. Características generales. Presentación razonable y cumplimiento de las NIIF. Hipótesis de negocio en marcha. Base contable de acumulación (devengo). Materialidad (importancia relativa) y agrupación de datos. Compensación. Frecuencia de la información. Información comparativa. Uniformidad en la presentación.
Agenda 7. Estructura y contenido de los estados financieros. Identificación de los estados financieros. Estado de situación financiera. Estado del resultado integral (clasificado por naturaleza o por función). Estado de cambios en el patrimonio. Estado de flujos de efectivo (método directo e indirecto). Notas a los estados financieros. 8. Preparación de estados financieros – caso práctico.
Antecedentes IASB = International Accounting Standards Board (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad)
El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad es un organismo independiente del sector privado que desarrolla y aprueba las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS, por sus siglas en inglés). El IASB funciona bajo la supervisión de la Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASCF). El IASB se constituyó en el año 2001 para sustituir al Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Committee).
La Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Committee Foundation) es una Fundación independiente, sin fines de lucro creada en el año 2000 para supervisar al IASB.
Antecedentes (continuación) IASC – International Accounting Standards Committee (Comité de Normas Internacionales de Contabilidad)
Tiene su origen en 1973 y nace del acuerdo de los representantes de profesionales contables de varios países (Alemania, Australia, Estados Unidos, Francia, Holanda, Irlanda, Japón, México y Reino Unido) para la formulación de una serie de normas contables que pudieran ser aceptadas y aplicadas con generalidad en distintos países con la finalidad de favorecer la armonización de los datos y su comparabilidad.
Alcance Objetivos de IASB (a) Desarrollar, buscando el interés público, un único conjunto de normas contables de carácter global que sean de alta calidad, comprensibles y de cumplimiento obligado, que requieran información de alta calidad, transparente y comparable en los estados financieros y en otros tipos de información financiera, para ayudar a los participantes en los mercados de capitales de todo el mundo, y a otros usuarios, a tomar decisiones económicas; (b) Promover el uso y la aplicación rigurosa de tales normas;
(c) Cumplir con los objetivos asociados con (a) y (b), teniendo en cuenta, cuando sea necesario, las necesidades especiales de entidades pequeñas y medianas y de economías emergentes; y
(d) Llevar a la convergencia entre las normas contables nacionales y las Normas Internacionales de Contabilidad y las Normas Internacionales de Información Financiera, hacia soluciones de alta calidad.
Alcance Diferencias entre NICs y NIIFs (IAS's e IFRS's) El término Norma Internacional de Información Financiera (NIIF o IFRS) se refiere a la nueva serie numerada de Normas que emite el IASB, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC o IAS), son las emitida por su predecesor. Ambas están vigentes, en tanto las NIC's no sean sustituidas por una nueva NIIF.
Convergencia a nivel internacional Actualmente hay una tendencia importante en el uso de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS o NIIF), así como de las Normas Internacionales de Auditoría (ISA o NIA). En la Comunidad Económica Europea, las NIIF son aplicadas desde 2005 y se prevé la adopción de las NIA. En U.S.A. la SEC (Securities and Exchange Commission) permite que las empresas extranjeras con valores colocados en dicho país, reporten con las NIIF sin necesidad de conciliación de cifras con los US GAAP.
Convergencia a nivel internacional Canadá, algunos países latinoamericanos y asiáticos, ya han adoptado las NIIF y NIA. El Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA) esta teniendo juntas con el Comité de Normas Internacionales de Auditoría (IAASB) el cual depende de lFAC (quien emite las NIA), en dichas reuniones participa como observador la PCAOB (Public Company Accounting Oversight Board). Las grandes firmas internacionales de contadores públicos han adoptado y/o están actualizando sus manuales y metodologías a las NIA.
I. Introducción (Conc.): Globalización un sólo lenguaje En las las normas de contabilidad aplicables a los estados financieros a nivel global. En las normas de auditoría aplicables a nivel global.
IFAC El Plan de acción presentado por el IMCP al IFAC:
1.- Aseguramiento de calidad.- 2.- Normas internacionales de educación.
3.- Normas de auditoría internacionales.
4.- Código de ética. 5.- Normas contables para el sector público.
6.- Investigación y sanciones. 7.- Normas de información financiera internacionales.
Objetivo La NIC-1 establece las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general, para asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades. Esta Norma establece requerimientos generales para la presentación de los estados financieros, guías para determinar su estructura y requisitos mínimos sobre su contenido.
Definiciones Los estados financieros con propósito de información general (denominados estados financieros) son aquéllos que pretenden cubrir las necesidades de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información. La aplicación de un requisito será impracticable cuando la entidad no pueda aplicarlo tras efectuar todos los esfuerzos razonables para hacerlo.
Definiciones Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son las Normas e Interpretaciones adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Esas Normas comprenden: (a) Normas Internacionales de Información Financiera;
(b) Las Normas Internacionales de Contabilidad; y (c) Las Interpretaciones desarrolladas por el Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF) o el antiguo Comité de Interpretaciones (SIC).
Definiciones Materialidad (o importancia relativa). Las omisiones o inexactitudes de partidas son materiales o tienen importancia relativa si pueden, individualmente o en su conjunto, influir en las decisiones económicas tomadas por los usuarios sobre la base de los estados financieros. La materialidad (o importancia relativa) depende de la magnitud y la naturaleza de la omisión o inexactitud, enjuiciada en función de las circunstancias particulares en que se hayan producido. La magnitud o la naturaleza de la partida, o una combinación de ambas, podría ser el factor determinante.
Definiciones La evaluación acerca de si una omisión o inexactitud puede influir en las decisiones económicas de los usuarios, considerándose así material o con importancia relativa, requiere tener en cuenta las características de tales usuarios. El Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de la Información Financiera establece, en el párrafo 25, que: se supone que los usuarios tienen un conocimiento razonable de las actividades económicas y del mundo de los negocios, así como de su contabilidad, y también la voluntad de estudiar la información con razonable diligencia. En consecuencia, la evaluación necesita tener en cuenta cómo puede esperarse que, en términos razonables, usuarios con las características descritas se vean influidos, al tomar decisiones económicas.
Definiciones Las notas contienen información adicional a la presentada en el estado de situación financiera, estado del resultado integral, estado de resultados separado (cuando se lo presenta), estado de cambios en el patrimonio y estado de flujos de efectivo. Las notas suministran descripciones narrativas o desagregaciones de partidas presentadas en esos estados e información sobre partidas que no cumplen las condiciones para ser reconocidas en ellos. Otro resultado integral comprende partidas de ingresos y gastos (incluyendo ajustes por reclasificación) que no se reconocen en el resultado tal como lo requieren o permiten otras NIIF.
Definiciones Los componentes de otro resultado integral incluyen: (a) Cambios en el superávit de revaluación (véase la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo y la NIC 38 Activos Intangibles);
(b) Ganancias y pérdidas actuariales en planes de beneficios definidos reconocidas de acuerdo con el párrafo 93A de la NIC 19 Beneficios a los Empleados; (c) Ganancias y pérdidas producidas por la conversión de los estados financieros de un negocio en el extranjero (véase la NIC 21 Efectos de la Variación en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera); (d) Ganancias y pérdidas procedentes de ingestiones en instrumentos de patrimonio medidos al valor razonable con cambios en otro resultado integral de acuerdo con el párrafo 5.4.4 de la NIIF 9 Instrumentos Financieros; (e) La parte efectiva de ganancias y pérdidas en instrumentos de cobertura en una cobertura del flujo de efectivo (véase la NIC 39).
Definiciones Los propietarios son poseedores de instrumentos de patrimonio.
El resultado es el total de ingresos menos gastos, excluyendo los componentes de otro resultado integral. Los ajustes por reclasificación son importes reclasificados en el resultado en el periodo corriente que fueron reconocidos en otro resultado integral en el periodo corriente o en periodos anteriores.
El resultado integral total es el cambio en el patrimonio durante un periodo, que procede de transacciones y otros sucesos, distintos de aquellos cambios derivados de transacciones con los propietarios en su condición de tales. El resultado integral total comprende todos los componentes del resultado y de otro resultado integral. (*) Aunque esta Norma utiliza los términos otro resultado integral, resultado y resultado integral total, una entidad puede utilizar otros términos para denominar los totales, siempre que el significado sea claro. Por ejemplo, una entidad puede utilizar el término resultado neto para denominar al resultado.
Finalidad de los Estados Financieros Los estados financieros constituyen una representación estructurada de la situación financiera y del rendimiento financiero de una entidad. El objetivo de los estados financieros es suministrar información acerca de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas. Los estados financieros también muestran los resultados de la gestión realizada por los administradores con los recursos que les han sido confiados.
Finalidad de los Estados Financieros Para cumplir este objetivo, los estados financieros suministrarán información acerca de los siguientes elementos de una entidad:
(a) Activos;
(b) Pasivos; (c) Patrimonio; (d) Ingresos y gastos, en los que se incluyen las ganancias y pérdidas; (e) Aportaciones de los propietarios y distribuciones a los mismos en su condición de tales; y
(f) Flujos de efectivo.
Conjunto completo de Estados Financieros Un juego completo de estados financieros comprende:
(a) un estado de situación financiera al final del periodo;
(b) un estado del resultado integral del periodo; (c) un estado de cambios en el patrimonio del periodo;
(d) un estado de flujos de efectivo del periodo; (e) notas, que incluyan un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa;
(f) un estado de situación financiera al principio del primer periodo comparativo, cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros. Una entidad puede utilizar, para denominar a los anteriores estados, títulos distintos a los utilizados en esta Norma.
Tratamiento contable NIC-8 "´Políticas contables, cambios contables, estimaciones y errores".
Cambio en norma particular Reclasificaciones Correcciones de errores
Cambios en la estructura del ente económico Cambios en estimación contable Aplicación retrospectiva
Aplicación prospectiva
Características generales Presentación razonable y cumplimiento de las NIIF
Los estados financieros deberán presentar razonablemente la situación financiera y el rendimiento financiero, así como los flujos de efectivo de una entidad. Esta presentación razonable requiere la presentación fidedigna de los efectos de las transacciones, así como de otros sucesos y condiciones, de acuerdo con las definiciones y los criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos establecidos en el Marco Conceptual. Se presume que la aplicación de las NIIF, acompañada de información adicional cuando sea preciso, dará lugar a estados financieros que proporcionen una presentación razonable. Una entidad cuyos estados financieros cumplan las NIIF efectuará, en las notas, una declaración, explícita y sin reservas, de dicho cumplimiento. Una entidad no señalará que sus estados financieros cumplen con las NIIF a menos que satisfagan todos los requerimientos de éstas.
Afirmaciones Manifestaciones explícitas Empresa pública
Presentación razonable y cumplimiento de las NIIF
Una presentación razonable también requiere que una entidad: (a) Seleccione y aplique las políticas contables de acuerdo con la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores. (b) Presente información, que incluya a las políticas contables, de una forma que sea relevante, fiable, comparable y comprensible. (c) Suministre información adicional, siempre que los requerimientos exigidos por las NIIF resulten insuficientes para permitir a los usuarios comprender el impacto de determinadas transacciones, de otros sucesos o condiciones, sobre la situación financiera y el rendimiento financiero de la entidad.
Hipótesis de negocio en marcha Al elaborar los estados financieros, la gerencia evaluará la capacidad que tiene una entidad para continuar en funcionamiento. Una entidad elaborará los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, a menos que la gerencia pretenda liquidar la entidad o cesar en su actividad, o bien no exista otra alternativa más realista que proceder de una de estas formas. Cuando la gerencia, al realizar esta evaluación, sea consciente de la existencia de incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, procederá a revelarlas en los estados financieros. Cuando una entidad no prepare los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, revelará ese hecho, junto con las hipótesis sobre las que han sido elaborados y las razones por las que la entidad no se considera como un negocio en marcha.
Hipótesis de negocio en marcha Al evaluar si la hipótesis de negocio en marcha resulta apropiada, la gerencia tendrá en cuenta toda la información disponible sobre el futuro, que deberá cubrir al menos los doce meses siguientes a partir del final del periodo sobre el que se informa, sin limitarse a dicho período. El grado de detalle de las consideraciones dependerá de los hechos que se presenten en cada caso. Cuando una entidad tenga un historial de operaciones rentable, así como un pronto acceso a recursos financieros, la entidad podrá concluir que la utilización de la hipótesis de negocio en marcha es apropiada, sin realizar un análisis detallado. En otros casos, puede ser necesario que la gerencia, antes de convencerse a sí misma de que la hipótesis de negocio en marcha es apropiada, deba ponderar una amplia gama de factores relacionados con la rentabilidad actual y esperada, el calendario de pagos de la deuda y las fuentes potenciales de sustitución de la financiación existente.
Base contable de acumulación (devengo) Una entidad elaborará sus estados financieros, excepto en lo relacionado con la información sobre flujos de efectivo, utilizando la base contable de acumulación (o devengo).
Cuando se utiliza la base contable de acumulación (devengo), una entidad reconocerá partidas como activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos (los elementos de los estados financieros), cuando satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento previstos para tales elementos en el Marco Conceptual.
Materialidad (importancia relativa) y agrupación de datos
Una entidad presentará por separado cada clase significativa de partidas similares. Una entidad presentará por separado las partidas de naturaleza o función distinta, a menos que no tengan importancia relativa. La etapa final del proceso de agregación y clasificación es la presentación de datos condensados y clasificados, que constituyen las partidas de los estados financieros. Si una partida concreta careciese de importancia relativa por sí sola, se agregará con otras partidas, ya sea en los estados financieros o en las notas. No es necesario que una entidad proporcione una revelación específica requerida por una NIIF si la información carece de importancia relativa.
Compensación Una entidad no compensará activos con pasivos o ingresos con gastos a menos que así lo requiera o permita una NIIF.
La compensación en el estado del resultado integral o en el estado de situación financiera limita la capacidad de los usuarios para comprender las transacciones y otros sucesos y condiciones que se hayan producido, así como para evaluar los flujos futuros de efectivo de la entidad, excepto cuando la compensación sea un reflejo del fondo de la transacción o suceso. La medición por el neto en el caso de los activos sujetos a correcciones valorativas por ejemplo correcciones por deterioro del valor de inventarios por obsolescencia y de las cuentas por cobrar de dudoso cobro no es una compensación.
Compensación Una entidad presentará los resultados compensando los ingresos con los gastos relacionados que genere la misma operación, siempre que dicha presentación refleje el fondo de la transacción u otro suceso. Por ejemplo: a) Una entidad presentará las ganancias y pérdidas por la disposición de activos no corrientes, deduciendo del importe recibido por dicha disposición el importe en libros del activo y los gastos de venta correspondientes; b) Una entidad podrá compensar los desembolsos relativos a las provisiones reconocidas de acuerdo con la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes, que hayan sido reembolsados a la entidad como consecuencia de un acuerdo contractual con otra parte (por ejemplo, un acuerdo de garantía de productos cubierto por un proveedor) con los reembolsos relacionados.
Compensación Además, una entidad presentará en términos netos las ganancias y pérdidas que procedan de un grupo de transacciones similares, por ejemplo las ganancias y pérdidas por diferencias de cambio, o las derivadas de instrumentos financieros mantenidos para negociar. Sin embargo, una entidad presentará estas ganancias y pérdidas por separado si tienen importancia relativa.
Frecuencia de la información Una entidad presentará un juego completo de estados financieros (incluyendo información comparativa) al menos anualmente. Cuando una entidad cambie el cierre del periodo sobre el que informa y presente los estados financieros para un periodo contable superior o inferior a un año, revelará, además del periodo cubierto por los estados financieros: (a) la razón para utilizar un periodo de duración inferior o superior; y (b) el hecho de que los importes presentados en los estados financieros no son totalmente comparables.
Información comparativa A menos que las NIIF permitan o requieran otra cosa, una entidad revelará información comparativa respecto del periodo anterior para todos los importes incluidos en los estados financieros del periodo corriente. Una entidad incluirá información comparativa para la información descriptiva y narrativa, cuando esto sea relevante para la comprensión de los estados financieros del periodo corriente. Una entidad que revele información comparativa presentará, como mínimo, dos estados de situación financiera, dos de cada uno de los restantes estados, y las notas relacionadas. Cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente cuando reclasifique partidas en sus estados financieros, presentará, como mínimo, tres estados de situación financiera, dos de cada uno de los restantes estados, y las notas relacionadas.
Información comparativa Una entidad presentará estados de situación financiera:
(a) al cierre del periodo corriente, (b) al cierre del periodo anterior (que es el mismo que el del comienzo del periodo corriente), y (c) al principio del primer periodo comparativo. En algunos casos, la información narrativa proporcionada en los estados financieros de periodo(s) anterior(es) continúa siendo relevante en el periodo actual. Por ejemplo, una entidad revelará en el periodo corriente detalles de una disputa legal cuyo resultado era incierto al final del periodo inmediatamente anterior y que todavía debe resolverse.
Información comparativa Cuando la entidad modifique la presentación o la clasificación de partidas en sus estados financieros, también reclasificará los importes comparativos, a menos que resulte impracticable hacerlo. Cuando la entidad reclasifique los importes comparativos, revelará:
(a) la naturaleza de la reclasificación; (b) el importe de cada partida o grupo de partidas que se han reclasificado; y (c) la razón de la reclasificación.
Información comparativa Cuando la reclasificación de los importes comparativos sea impracticable, la entidad revelará: (a) la razón para no reclasificar los importes; y (b) la naturaleza de los ajustes que tendrían que haberse efectuado si los importes hubieran sido reclasificados. La NIC 8 establece los ajustes a realizar en la información comparativa requerida, cuando una entidad cambia una política contable o corrige un error.
Uniformidad en la presentación Una entidad mantendrá la presentación y clasificación de las partidas en los estados financieros de un periodo a otro, a menos que: (a) tras un cambio en la naturaleza de las actividades de la entidad o una revisión de sus estados financieros, se ponga de manifiesto que sería más apropiada otra presentación u otra clasificación, tomando en consideración los criterios para la selección y aplicación de políticas contables de la NIC 8; o (b) una NIIF requiera un cambio en la presentación.