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El juicio: Actividades iniciales y diligencias preliminares


    edu.red Introducción

    edu.red Razones que justifican los cambios estructurales Hacer del juicio la fase más importante del proceso penal Garantizar el cumplimiento de principios constitucionales Juicio previo Derecho de defensa Igualdad de las partes Tutela judicial efectiva Solución del conflicto Plazo razonable Legalidad de la Prueba Etc.

    edu.red Fases del Procedimiento Etapa Preparatoria Etapa Intermedia Ver Arts. 150 y 286 CPP Etapa de Juicio Etapa de Impugnaciones Etapa de Ejecución

    edu.red Fase preparatoria

    edu.red Actividades de la fase preparatoria Actividades puras de investigación.- Decisiones que influyen sobre la marcha del procedimiento.- Anticipos de prueba, es decir, prueba que no puede esperar su producción en el debate.- Decisiones o autorizaciones, vinculadas a actos que pueden afectar garantías procesales o derechos constitucionales.-

    edu.red Actos iniciales Denuncia Arts. 262-263 Querella Arts. 267 y 268 De oficio Arts. 30, 88, 91, 273 Enfoque en: Delitos de acción pública Art. 29 Delitos de acción pública a instancia privada Art. 31 Delitos de acción privada Art. 32 y 359 ss.

    edu.red La publicidad en la etapa preparatoria Sólo es pública para las partes Art. 290 Derechos del imputado –reserva- imagen Arts. 95.8 y 276.6 Efectividad de la investigación Secreto total o parcial de las actuaciones Art. 291 Intervenciones periodísticas En juicio Arts. 308, 309

    edu.red La actividad policial Las diligencias preliminares Obtener y asegurar elementos de prueba, evitar la fuga, evitar consecuencias del hecho Arts. 274, 91 y 92 Atribuciones Inspecciones Art. 173 Levantamiento e identificación de cadáveres Art. 174 Registro de lugares y personas Arts. 175, 180 Entrevistar a los presentes Art. 274 Arresto Art. 224 Actos ordenados por el Ministerio Público Facultades señaladas en leyes especiales no derogadas por CPP

    edu.red Subordinación policial al Ministerio Público Razones básicas de la “Dirección Funcional” Tutela de derechos fundamentales en un Estado de Derecho Hacer eficiente la investigación Permitir intervención de la defensa Dificultades funcionales Alcance de la subordinación Limitaciones técnicas y logísticas del Ministerio Público Inversión de los roles de dirección. Barrera cultural Necesidad de reglas claras Arts. 22, 88, 92, 93, 259 Comunicación al Ministerio Público Aviso inmediato dentro 24 horas Art. 273 Informe final dentro 72 horas Art. 277

    edu.red Investigación preparatoria

    edu.red Política general de persecución penal en el Ministerio Público Definición de una política general de investigación y actuación Políticas de persecución penal Políticas frente a medidas alternativas Políticas sobre el uso de medidas de coerción El proyecto de “Reglas Mínimas de Naciones Unidas para el procedimiento penal” (Reglas de Mallorca) A.3 lo siguiente: “Cuando los fiscales estén investidos de facultades discrecionales, se establecerán, en la ley o reglamento publicado, directivas para promover la equidad y coherencia de los criterios que adopten para acusar, ejercer la acción penal o renunciar al enjuiciamiento”. En igual sentido punto 17 del VII Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana, Cuba, en 1990.

    edu.red Naturaleza de la actividad fiscal No se trata de trasladar al Fiscal lo que hacía el Juez Instructor inquisitivo Separación de funciones Art. 22 Registro de la investigación Art. 261 Informalidad en sus actuaciones Las actas Arts. 261, 263, 266.8, 273, 274, 277, 279 CPP La objetividad de la investigación Arts. 259 y 260 Valoración inicial del caso Se deduce de Arts. 279 y 280

    edu.red Actividad probatoria del fiscal Inspección del lugar del hecho Arts. 173, 180 Registro de personas, lugares o cosas Art. 175 Exámenes corporales del imputado en caso de urgencia Art. 99 par. 3 Ordenar prueba pericial Arts. 207 y 287.1 Ordenar autopsia Arts. 207 y 287.1 Requerir informes Art. 285 Alcance probatorio de esa actividad Regla Art. 261 Excepciones Art. 312

    edu.red Perentoriedad del plazo de la Investigación Preliminar Plazos ordinarios 3 meses si se ha dictado prisión preventiva o arresto domiciliario, aún cuando se haya revocado, Art. 150 6 meses en los demás casos, Art. 150 Prórroga Hasta de 2 meses, si no han vencido plazos ordinarios y lo pide el Fiscal al Juez, Art.150.3 Opciones ante el vencimiento del plazo Juez de oficio o a solicitud de parte, intima al superior inmediato del Fiscal y a la víctima para que dentro de los 10 días siguientes acusen, Art. 151 Efectos ante el incumplimiento Art. 151 in fine Responsabilidades

    edu.red Intervención del Juez de la Instrucción en la etapa preparatoria

    edu.red El Juez de la Instrucción Del Juez Instructor al Juez de la Instrucción: Juez deja de ser el “dominus” de la instrucción Un mismo sujeto no puede ser a la vez: Responsable de la investigación Garante de los derechos de las partes Críticas al Juez Instructor inquisitivo: Carece de imparcialidad al inclinarse por la persecución Carece de objetividad para tutelar derechos del acusado Realiza actividad probatoria para obtener la condena, sin llegarse al juicio Fiscal interviene para “vigilar” al Juez, invirtiendo sus roles Realiza repetición innecesaria de actos Separación de funciones Art. 22

    edu.red Funciones de garantía y control del Juez durante la investigación Juez independiente Garantizar respeto de derechos fundamentales Control sobre la actividad de las partes, en especial sobre la Policía y el Fiscal Ver Arts. 259 y 260 Deberes del Juez en la exclusión probatoria (nulidades) Violaciones en perjuicio del imputado Art. 167 Violaciones contra los intereses del M.P. o la víctima Art. 169 Control sobre la duración del proceso

    edu.red Atribuciones del Juez durante la investigación Resolver peticiones, excepciones e incidencias Art. 292 Resolver objeciones sobre aplicación de criterios de oportunidad Art. 35 Resolver sobre la Suspensión Condicional del Procedimiento Art. 40 y 41 Controlar los plazos de la investigación Arts. 150 y 151 Ordenar medidas de coerción contra el imputado Arts. 223 ss. y 284 Resolver controversias sobre admisibilidad de la querella Art. 269

    edu.red Atribuciones del Juez durante la investigación [continuación] Autorizar actuaciones que comprometan otros derechos fundamentales Registro de morada y lugares privados Art. 180 Secuestro de cosas y correspondencia Arts. 188 y 191 Intervención telefónica Art. 192 Resolver controversias sobre la práctica de la prueba Art. 286 Conocer objeciones al archivo fiscal Arts. 281 y 283 Realizar anticipos jurisdiccionales de prueba Art. 287 Autorizar necropsias Art. 217

    edu.red Anticipo jurisdiccional de prueba Casos Peritaje irrepetible Art. 287.1 (pero ver Art. 217) Testimonial Art. 287.2 Cuando se presuma no podrá recibirse en juicio Si por la complejidad del asunto podría olvidar aspectos esenciales Medio La audiencia oral, con citación de partes Art. 287 in fine Casos de urgencia Art. 288 Deberes del Juez sobre su admisibilidad Deber de constatación real de las presunciones Cuando es “necesaria” la presencia del defensor en casos de urgencia (Art. 288) Incorporación al juicio Art. 312.2

    edu.red Participación del imputado y la defensa durante la investigación Momento de intervención del imputado Art. 19 Momento de intervención del defensor Arts. 18, 111 Derechos del imputado. En especial ver Art. 95 Participar en los actos de investigación, conforme a las autorizaciones legales Arts. 286, 287, 290, 292 Examinar las actuaciones Art. 290 Ofrecer pruebas Art. 286 Formular reclamaciones, objeciones o incidencias ante el Juez Arts. 286 y 292

    edu.red Participación de la víctima y el querellante en la investigación Participación activa de la víctima en el conflicto y en su solución Nuevas potestades de la víctima en una solución diferenciada Derechos de la víctima Arts. 27 y 84 Ejercer la acción penal pública por medio de la querella Arts. 85 y 267 ss. Derecho a instar la acción penal Art. 31 Ejercer la acción civil resarcitoria Art. 50 ss. Constituirse en parte civil, intervenir en la investigación, ofrecer pruebas, plantear objeciones e incidencias ante el Juez Arts. 286, 287, 290, 292

    edu.red Actos conclusivos de la investigación El archivo fiscal Art.281 Insuficiencia de elementos para acreditar hecho Obstáculos para ejercer la acción penal Imputado no individualizado Insuficiencia de elementos para acusar Concurre causa de justificación o inculpabilidad Hecho no constituye delito Acción penal extinguida Las partes han conciliado Se aplica criterio de oportunidad

    edu.red Actos conclusivos de la investigación [continuación] Efectos Art. 281.10 No producen cosa juzgada las 4 primeras causales Producen cosa juzgada las restantes 5 causales Notificación a la víctima y al querellante Previa, en los casos 4 y 5, para que manifiesten objeciones sin vinculación al Fiscal Art. 282 Posterior, en todos los casos, para que puedan objetar el archivo ante el Juez Art. 283 Juez realiza audiencia oral para decidir

    edu.red Actos conclusivos de la investigación [continuación] La acusación fiscal Presupuestos, juicio de probabilidad Art. 294 Requisitos Art. 294 Acusación alternativa o subsidiaria Art. 295 Ampliación de la acusación Art. 322 Notificación a la víctima, al querellante y al actor civil Art. 296 Principio de correlación entre acusación y sentencia Arts. 19 y 336 Otros requerimientos conclusivos Solicitud para aplicar suspensión condicional del procedimiento Arts. 293 y 40 ss. Solicitud para aplicar procedimiento abreviado Arts. 293 y 362