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El registro abusivo de nombres de dominio y su influencia en la actividad comercial de las Empresas Cubanas

Partes: 1, 2

    1. Introducción
    2. Resumen del caso relacionado con la marca MATUSALEM
    3. Resumen del proceso relacionado con el nombre de dominio corporacioncimex.com
    4. Bibliografía

    1. Introducción

    Es inevitable para las entidades comerciales, en la actualidad, escapar al hecho de tener que trazar una estrategia de acción para la proyección de sus actividades en las redes virtuales de información y comunicaciones. En una Era en la que existe una economía virtual, propiamente dicha, porque incluso existen Empresas cuya razón social está condicionada a la existencia de una red local o global que permita consumar el fin para la que fue creada y porque sólidas corporaciones de prestigio que realizan sus operaciones, en el plano o espacio físico, han alcanzado elevar sus ganancias utilizando las ventajas que ofrecen las infovías.

    Cuba a pesar de no ser uno de esos países en los que el Comercio Electrónico ha representado cifras significativas en el producto interno bruto de la economía, ha comenzado hace varios años, a implementar estrategias para hacer que las empresas cubanas, utilicen el ciberespacio para poder realizar la comercialización y la publicidad de sus productos y servicios, sobre todo en el sector del turismo, el sector de la cultura y el del comercio interior, en menor cuantía. Esto ha alcanzado un mayor auge, debido al constante estudio y análisis de líneas de acción dentro de las novedosas estrategias empresariales que se han desarrollado en el plano económico en el país, como lo ha sido el Perfeccionamiento Empresarial.

    Las empresas cubanas ya se han tropezado con dificultades en la adopción de estas estrategias de inserción en el mercado a través de Internet. Esto ha visto su reflejo en numerosos litigios, en que una vez más se ha puesto al descubierto, la intencionalidad de prácticas nocivas como el registro abusivo de nombres de dominio o Ciberocupación y comportamientos dolosos que pueden llevar a que se tipifiquen actos como el secuestro inverso de nombres de dominio. Por este motivo el Centro de Mediación y Arbitraje de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, trabaja apoyado en la Política de Solución de Controversias en materia de nombres de dominio, aprobada por la ICANN, para tratar de disminuir las controversias en esta materia, objetivo que ha logrado en gran medida, lo que se ha demostrado por los datos estadísticos de su labor a lo largo de estos últimos años.

    Dos empresas cubanas se han visto involucradas en casos de esta índole, trataremos de ilustrarlos a través del análisis de la síntesis de estos procesos que ofrecen la solución de ambos casos. Hemos decidido analizar ambos procesos, con el motivo de exponer el modus operandi de los ciberocupadores y en este caso podrán percibir de que forma las partes de un proceso pueden vislumbrar la intensión verdadera de los usurpadores de dominios, quienes injustificadamente, pretenden apropiarse de nombres de dominio sobre los que no tienen interés y derecho legítimo alguno.

    En el presente trabajo, de alguna forma, podrán percibir la dinámica de este tipo de proceso administrativo, mediante la exposición de casi todos los actos que complementan esta modalidad de procesos, lo cual puede resultar de suma importancia para tener una visión del tema, tanto para profesionales del derecho como otro tipo de especialistas que se desarrolla en esta actividad dentro de empresas o entidades que tienen una política definida para lanzar su imagen en el espacio virtual.

    2. Resumen del caso relacionado con la marca MATUSALEM

    El caso radicado en el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (1), relacionado con la marca cubana Matusalem (2) , comenzó con la interposición de una demanda por la Empresa Ron Matusalem & Matusa of Florida Inc., con domicilio en la Florida, Estados Unidos de América, contra la Empresa Cubana Cuba Ron S.A. (3)

    Inmediatamente después de ser verificada la existencia de estos dominios con la entidad (4) que registró los mismos, se puso al corriente a dicha entidad de registro, del litigio en que se encontraban dichos Nombres de dominio, para que estos quedaran bloqueados hasta el final del procedimiento administrativo, como es usual en estos casos.

    En esta demanda la Empresa estadounidense pretendía que le fueran transferidos los nombres de dominios registrados por la Empresa cubana, Cuba Ron S.A., los dominios registrados por esta empresa cubana son:

    – matusalemrum.com – matusalemrum.net – ron-matusalem.com – ron-matusalem.net – ronera-matusalem.com – ronera-matusalem.net – roneramatusalem.com – roneramatusalem.net – ronmatusalem.biz – ronmatusalem.com – ronmatusalem.net

    2.1 Los fundamentos de hecho de las partes

    La Corporación estadounidense, Ron Matusalem & Matusa of Florida Inc., parte demandante en este proceso, sostiene la demanda basada en materiales promocionales que resumen la historia del producto que fabrica y comercializa. Los documentos presentados por esta compañía, demostraron que Matusalem es un famoso ron, producido hoy en día en República Dominicana, cuyo origen data de 1872, este ron fue creado en Cuba por la familia Alvarez Camp quien ostentó su titularidad y lo fabricó en la isla hasta el momento en que se refugian en los Estados Unidos (5), dejando el país después del triunfo de la Revolución Cubana.

    La compañía estadounidense alegó también como argumento procesal, la posesión de cuatro marcas registradas en los EE.UU que incorporan la palabra Matusalem sola o en conjunto con otras palabras:

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