¿Qué es el CEO?
El CEO tendrá autonomía orgánica y administrativa y entre sus principales funciones está la de unificar los aspectos operacionales de la FAN.
En el artículo 40 de la ley Orgánica de la FAN, se establece que el CEO "es la organización militar que planifica y conduce las operaciones militares específicas y conjuntas en el marco de un teatro de operaciones para la defensa, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional".
Está conformado por un comandante, un estado mayor conjunto, los comandos de componentes operacionales terrestre, naval, aéreo, de cooperación y desarrollo, así como las unidades operativas puestas a su disposición por las ramas militares para el cumplimiento de las misiones que se le asignen.
El comandante estratégico operacional depende operacionalmente del presidente de la República, y administrativamente del ministro de la Defensa. El CEO sustituyó al antiguo Comando Unificado de la FAN, Cufan, en cuanto a las acciones a llevar a cabo en las que estén involucradas los componentes de la FAN.
El Comando Estratégico Operacional ejecutará la programación, planificación, dirección y control del empleo estratégico operacional especifico, conjunto y combinado de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, con jurisdicción en todo el espacio geográfico de la Nación y en las áreas continentales, acuáticas y espaciales de acuerdo a la Constitución, los tratados suscritos y ratificados por la República, mediante la defensa integral, mantenimiento del orden interno y participación activa en el desarrollo nacional, con el fin de garantizar la seguridad, la independencia y la soberanía de la nación.
¿Quienes lo comandan?
Hugo Rafael Chávez Frías Teniente Coronel Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional.
Carlos José Mata Figueroa General en Jefe Comandante Estratégico Operacional.
Regiones que integran al comando estratégico operacional
Las regiones cuentan con un jefe y su Estado Mayor Conjunto y esta organizada en Zonas Operativas de Defensa Integral con su Comando y Estado Mayor, y éstas, a su vez, en Áreas de Defensa Integral con su Comando y Plana Mayor.
Según la nueva ley de la fuerza armada bolivariana. En la sección tercera del capítulo III referido al Comando Estratégico Operacional, se crean las regiones de defensa integral, cada una de las cuales, según el artículo 24, "es un espacio del territorio nacional con características geoestratégicas, establecido por el Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela y comandante en jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana sobre la base de la concepción estratégica defensiva nacional para planificar, conducir y ejecutar operaciones de defensa integral, a fin de garantizar la independencia, la soberanía, la seguridad, la integridad del espacio geográfico y el desarrollo nacional".
La ley también establece en su artículo 26 que corresponde a los comandos de estas regiones, a las Zonas Operativas de Defensa Integral y a las Áreas de Defensa Integral, "realizar el estudio estratégico de la jurisdicción territorial correspondiente; formular y ejecutar los planes de campaña y operacionales en el ámbito de su competencia; planificar, conducir y controlar el empleo de las unidades de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana bajo su responsabilidad y las operaciones militares a nivel estratégico operacional; planificar, ejecutar y controlar los ejercicios, maniobras, demostraciones y juegos bélicos en el ámbito de su competencia, y ejecutar los planes de contingencia en casos de emergencia por estado de alarma, catástrofes y calamidades públicas que pongan en peligro la seguridad de la nación".
Así también, "planificar, organizar, coordinar y supervisar el apoyo a la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres; planificar, organizar, coordinar y supervisar el apoyo a las autoridades civiles, y participación activa en el desarrollo de la región bajo su responsabilidad; ejercer en coordinación con la autoridad civil correspondiente, el control de los medios y recursos para su empleo, en los casos de estado de excepción o cuando sea necesario, en interés de la seguridad y defensa de la Nación; ejecutar las tareas derivadas del plan de movilización militar en su jurisdicción territorial correspondiente; coordinar el apoyo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para el restablecimiento del orden público en su jurisdicción territorial correspondiente; coordinar con las instituciones del sector público y privado, así como la participación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la planificación del desarrollo de la región".
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