- Introducción
- Orígenes
- Desarrollo del Ministerio Público en El Salvador
- Aspectos doctrinarios
- Sistemas de acción penal
- Ejercicio de la Acción penal
- Fundamentación jurídica del Ministerio Público
- Ministerio Público y fase ejecutiva de la pena de prisión
Introducción
Este ensayo monográfico ha sido preparado con el objetivo de coadyuvar en la divulgación jurídica de las instituciones de Estado. Se realiza una mirada retrospectiva, para comprender su origen; asimismo se fundamenta en la Constitución, legislación y doctrina pertinente. La verdad, es difícil encontrar en Tratados de Derecho, información que considere a todas las instituciones que conforman el Ministerio Público, sobre todo sui generis, dado que en nuestro país tiene particularidades que por supuesto difieren de lo considerado en los susodichos volúmenes de estudio. En ese sentido, he leído diferentes fuentes (ver notas de referencia en pie de página), a fin de presentar a la comunidad jurídica algunos elementos que pueden ser de utilidad, especialmente a los estudiantes de este campo del saber humano.
Orígenes
Determinar el origen del Ministerio Público, no es tarea fácil, pues los doctrinarios no se han puesto de acuerdo al respecto; además en El Salvador, se ha creado un híbrido (no tiene esencia muy determinada), conformado por tres organismos.
A pesar de la falta de consenso se menciona la opinión de un connotado jurista e historiador Argentino, Ricardo Levene, quién cuenta que algunos refieren a los "tesmoteti" de Grecia, a los "praefectus urbis", "procuratores cesaris", "curiosi" o "patronus fisci" de Roma. Se refiere asimismo, a los sayones de los francos y visigodos; "missi dominici" de Carlos Magno; el promotor del derecho canónico; el abogado fiscal y el abogado patrimonial del derecho medieval español y la ordenanza de Moulins, en Francia (1679) que reglamentó el "parquet".
Como puede advertirse existen opiniones encontradas al respecto; sin embargo, un recorrido por la historia, permitirá comprender la evolución del organismo en estudio. Hugo Alsina, dice que los antecedentes remotos del Ministerio Público, se encuentran en el Imperio romano, con los "curiosi", que desempeñaban la función de inspectoría imperial o en los "procuratores cesaris", que se encargaban de vigilar la administración de los bienes del soberano. Este mismo autor, manifiesta que la opinión generalizada, es la que dice que se originó en Francia, pero que en un principio tenía una función tributaria, pues se encargaba de recoger las regalías; luego, éstos se transformaron en procuradores del Rey, a los cuales se les confirió la facultad de defender los intereses del Estado y la sociedad.
En el año de 1303, Felipe IV de Francia, dictó una ordenanza, por la que creaba los procuradores del Rey, con el fin de que lo representara en los tribunales. Posteriormente se agregó un abogado del Rey, dedicado a atender asuntos jurídicos de los cortesanos que gozaban del favor del monarca.
En el año de 1277, en Inglaterra fue creado el Attorney General, Procurador General, quién estaba encargado de los asuntos legales de la corona, ejercía la acción penal en aquellos delitos que afectaran la seguridad del Estado y además perseguía los delitos de carácter fiscal.
En España, el Ministerio Fiscal; según el tratadista Montiel y Duarte una Ley del Fuero Juzgo es la que marca el origen de dicho organismo. Pasado algún tiempo, aparecen los Patronus Fisci, quienes defendían los derechos de la Cámara del Rey, más tarde se les da el nombre de Procuradores Fiscales, ejerciendo la acusación en determinadas conductas delictivas.
Ernesto Beling, opina que el Ministerio Público tiene su origen en Francia, con el "Gens du roi" del siglo XIV; que posteriormente recibió el nombre de "Ministere public" con el "Procureurs d" Etat". El mismo autor refiere que la figura del "Fiskalat", es un precedente del Ministerio Fiscal; quien fue recogido por la legislación alemana a mediados del siglo XIX. Sin embargo, Teresa Armenta Deu, sostiene que la figura citada no surgió en el mencionado siglo, sino en el XV, y que tenía la misión de cobrar los impuestos del príncipe; además considera que el Fiskalat, no es el inmediato predecesor del actual modelo del fiscal alemán "Staatsanwalt", sino que éste proviene del "Ministere public" francés, introducido en Alemania a través de los influjos del "Código de Instrucción Criminal" de 1808.
Es importante acotar en este apartado que el movimiento iluminista del siglo XVIII, generó cambios en el poder político. En el año de 1789, con el triunfo de la Revolución Francesa, se gestaron cambios en el ámbito jurídico. El poder soberano del monarca, hoy se transforma en el principio de soberanía popular; por tanto, los llamados "procuradores del rey", se convierten en los representantes del Estado y de la sociedad, conociéndoles con el nombre de Agentes del Ministerio Público o Agentes del Ministerio Fiscal. En tal sentido, la necesidad de descentralizar el poder, de humanizar el sistema de justicia penal existente, son las causas que dieron origen en términos generales al órgano público requirente. Así, se le pone fin al poder absoluto del monarca, cuyo delegado judicial era acusador, defensor y juzgador a la vez.
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