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La Agenda 21 Local. Su Aplicación en la municipalidad de Bayamo. Marco Legal en el Derecho Ambiental Cubano


Partes: 1, 2, 3, 4

    1. Consideraciones generales sobre la Agenda 21 local
    2. Marco legal de la Agenda 21 local y su aplicación en cuba
    3. Referencias bibliográficas

    1.- CONSIDERACIONES GENERALES

    En los  últimos 5 años del siglo XX, las Naciones Unidas organizaron una serie de cumbres  orientadas a lograr el consenso  de los países alrededor de acciones concretas  a realizarse en los campos básicos del desarrollo sostenible.

    Un común denominador, entre los compromisos y planes  de acción obtenidos como resultados de estas cumbres, es la interdependencia entre las condiciones y los estilos  de vida de las comunidades  locales con  temáticas universales,  tales como las tendencias de la economía mundial, la gestión  de la información, el manejo del medio ambiente, el uso de la investigación científica  y las nuevas tecnologías.

    En la Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro en  junio de 1992 donde participo Cuba, Se firmaron por unos 180 jefes de Estado o Gobierno  un plan de acción a través de la Agenda 21  que reflejó un consenso global hacia el logro  de políticas que integren el Medio Ambiente y el desarrollo. En el capítulo 28 de dicha Agenda se invita a las autoridades locales de cada país para emprender procesos de consulta con sus pobladores con el objetivo de alcanzar acuerdos en una Agenda 21 Local, la que como premisa debe ser laborada en su ciudad y para su ciudad, en un proceso que integra a los diferentes actores,  teniendo la autoridad local el papel líder.

    El Programa de las Agendas 21 Locales permite desarrollar un proceso para seguir tres ejes al mismo tiempo:

    -Desarrollar visiones hacia el futuro.

    -Realizar acciones.

    Comunicación.

    Buscando consenso entre los socios del nivel local, el Proyecto se propone trabajar para lograr una visión compartida y a largo plazo en lo referente al desarrollo sostenible y deseable de la ciudad.

    En el año 1996  se realizó en Estambul, Turquía, la Cumbre de la Ciudad, también conocida como Hábitat II,[1] en ella los, gobiernos participantes focalizaron su atención en la importancia de los asentimientos humanos y la necesidad de estudiar una estrategia  de apoyo a los procesos de desarrollo urbano.  En  particular se enfatizó  en que,  a la  par de los recursos  económicos y   tecnológicos, era imprescindible  fomentar las necesidades de gestión  local para alcanzar  los objetivos del desarrollo sostenible,  necesarios.  El programa Hábitat, teniendo como marco las agendas 21 Locales,  ha reconfirmado como válido el enfoque de  armonizar el desarrollo urbano y el  medio ambiente.

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