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Como aprender a manejar el uso de los formularios, carteles y planillas a cargo del empleador (página 2)


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4.-Que se quiere decir con que «Pueden Elaborar? El Art. 23, ya citado, nos hace arribar a la conclusión de que no necesariamente tienen las empresas que comprar estos documentos y/o formularios, al precio fijado por las autoridades de trabajo, si éstas cuentan con sus propios medios o recursos para su debida elaboración, claro está, siempre que se cumpla con la aprobación de la Sectaria de Estado de Trabajo y se ajusten a los preceptos legales.

5.- ¿Cuál seria la reacción de la Secretaria de Estado de Trabajo? Desconocemos cual sería la reacción de la Secretaria de Estado de Trabajo ante la aplicación de este precepto legal, pero entendemos que esta medida debe ser aceptada y promovida ya que emana del reglamento que para la aplicación del Código de Trabajo dietó el Poder Ejecutivo en octubre del año 1993. Y es que de esta manera, inclusive, pueden las empresas estar mejor preparadas para cuando llegue el momento de depositar estos documentos ante dichas autoridades administrativas, pues en ocasiones han sido depositados fuera del plazo legal porque los distintos Departamentos de Trabajo no cuentan en esos momentos con suficientes material para solventar las necesidades inmediatas de las empresas.

6.- ¿Esta facilidad es sólo concedida para la Planilla del Personal Fijo? No, las disposiciones del referido Art. 23 del Reglamento 285-93, son aplicables igualmente a los Carteles de Horarios (actualmente reproducidos en el Formulario DGT-3 y el Formularlo DGT-3 ANEXO), y a los registros de las horas extraordinarias, según prevé el Art. 28 del mismo Reglamento. Aunque el Cartel de Vacaciones (actualmente reproducido en el Formulario DGT-3 ANEXO) será impreso y vendido por la Secretaria de Estado de Trabajo al precio fijado por sus autoridades, esto no contradice lo dispuesto por Art. 23 del Reglamento en cuestión, continúa diciendo el Art. 30 del mismo texto legal al sostener que el Cartel de Vacaciones será impreso y vendido por la Secretaria de Estado de Trabajo al precio fijado por sus autoridades, pero sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 23 del Reglamento.

7.- ¿Que suerte corre la empresa que nunca ha llevado estos formularios y desee hacerlo a partir de este momento? El Reglamento Núm. 285-93, para la aplicación del Código de Trabajo, dispone que las planillas del personal fijo deben ser preparadas en los primeros quince días de ser Iniciadas las actividades de la empresa y luego renovarlas anualmente en los primeros quince días del mes de enero, por lo que debemos asumir que la empresa que no las haya estado llevando ha estado incurriendo en una falta leve si esto no ha incidido en la seguridad de las personas ni en las condiciones de trabajo. Pero en la práctica los inspectores de trabajo han sido consecuentes y le han dado la oportunidad a las empresas para ponerse al día, e incluso en algunos casos han ofrecido detalles pormenorizado acerca de su funcionamiento.

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"®

edu.red

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR SIEMPRE"®

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