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Alcance del proceso sumario de alimentos para el adulto mayor (página 2)

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2.- La obligación de dar alimentos es una institución que permite dar cobertura jurídica a los adultos mayores plenamente capaces o declarados incapacitados judicialmente, lo que evita que se constituyan situaciones de abandono intrafamiliar. La obligación de dar alimentos es ineficaz, pues no se utiliza por sus destinatarios, al no interpelarse reclamaciones de alimentos de adultos mayores.

3.- Para garantizar el cumplimiento efectivo de la obligación de dar alimentos, se requiere adoptar medidas tendentes a resolver situaciones que limitan la debida y oportuna actuación de los tribunales de familia en supuestos que hoy alcanzan notoriedad, como la no exigencia de la obligación por parte del adulto mayor a los parientes obligados por ley; esta debe valorarse especialmente, por su incidencia social y la ausencia total de reclamos a los familiares obligados.

Bibliografía

Benítez Pérez, M. E: La familia cubana en la segunda mitad del siglo XX, Editorial de Ciencias Sociales, La Habana, 2003.

Compendio de acuerdos en materia civil, 1974-2005, Tribunal Supremo Popular.

Constitución de la República de Cuba, de 24 de febrero de 1976.

Díez-Picazo, Luis y Antonio Gullón: Sistema de Derecho civil, vol. IV. 1991, Madrid

Enciclopedia Jurídica Española, Barcelona, 1910.

Enciclopedia Jurídica OMEBA: Driskill S. A., Buenos Aires, t. 20, 1986.

Enciclopedia Jurídica Española publicada el 4 de junio de 1910 en Barcelona y editada por Francisco Seix. Cfr

Hernández Fuentes, Odalis: "Tesis para la opción de especialista en Derecho civil y patrimonial de familia sobre la obligación de dar alimentos

Ley No. 1289 de 1975, Código de familia, Divulgación del MINJUS, La Habana, 1999.

Ley No. 7 de 1977, Ley de Procedimiento Civil, Administrativo y Laboral, Mi—nis–terio de Justicia, La Habana, 1999.

Mesa Castillo, O.: Derecho de familia, Editorial Félix Varela, La Habana, 2007.

Pérez Gallardo, Leonardo B.: "Una visión reflexiva acerca del derecho de alimentos a favor del concebido", en Colectivo de Autores: Temas de Derecho de familia, Editorial Félix Varela, La Habana, 2001.

 

 

Autor:

Lic. Teresa Andrea Méndez García,

Enviado por:

Yiselm

[1] M. E. Benítez Pérez: La familia cubana en la segunda mitad del siglo XX , p.33

[2] Ley 1289 de 1975, Código de familia, Artículo 121.

[3] O. Mesa Castillo: Derecho de familia, p. 44.

[4] Enciclopedia jurídica OMEBA, t. 20, p. 74.

[5] Dictamen No. 207, Acuerdo No. 366, de 1976, del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular (CGTSP).

[6] Enciclopedia jurídica española, apud Odalis Hernández Fuentes (tesis para la opción de especialista en Derecho civil y patrimonial de familia sobre la obligación de dar alimentos).

[7] Luis Díez-Picazo y Antonio Gullón: Sistema de Derecho civil, vol. IV, pp. 52-53.

[8] Leonardo B. Pérez Gallardo: “Una visión reflexiva acerca del derecho de alimentos a favor del concebido” en Colectivo de autores: Temas de Derecho de familia, p. 101.

[9] Ídem.

[10] Valverde y Valverde, p. 529.

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