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Teoría general del Proceso

Enviado por Pankiko Kiko


Partes: 1, 2

    1. Principios generales de la Teoría general del Proceso
    2. Evolución histórica de la Teoría general del Proceso
    3. Diferencia entre Teoría general del Proceso y Derecho procesal
    4. Bibliografía

    PRINCIPIOS GENERALES DE LA TEORÍA GENERAL DEL PROCESO.

    La organización del Estado.

    Desde la época antigua se ha reconocido al hombre agrupado actuando frente a la naturaleza por medio de grupos primitivos donde hubo cierta organización; la historia recoge las primeras formaciones sociales permanentes en Egipto, cerca del año 6000 A.C, y es a partir de entonces cuando se conoce como polis, ciudad, república, a la agrupación humana asentada en un territorio con cierto orden y determinada actividad y fines.1

    La palabra Estado se deriva de la palabra stato, stare, status, que significa situación de permanencia, orden permanente o que no cambia.

    A través de los tiempos diversos sociólogos, filósofos y politólogos se han dado a la tarea de explicar al Estado como una realidad social y jurídica , tratando de definirlo a través de lo que se considera son sus elementos, Acosta Romero considera que el ESTADO es: "la organización política soberana de una sociedad humana establecida en un territorio determinado, bajo un régimen jurídico, con independencia y autodeterminación, con órganos de gobierno y de administración que persiguen determinados fines mediante actividades concretas.

    Los elementos que se reconocen para establecer la existencia de un Estado son:

    Población: se trata de una agrupación humana establecida en sociedad.

    Territorio: se trata de la realidad físico-geográfica donde se establece la agrupación humana.

    Gobierno: representa la estructura, la autoridad dentro de un territorio habitado por una agrupación de individuos.

    Los fines del Estado se realizan a través de su propia actividad, se establece que la concreción de éstos son los fines de los individuos: el bienestar común, el cual se manifiesta en actividades relativas a la afirmación de su propia existencia , a la seguridad y desenvolvimiento de su poder, así como establecer el derecho y ampararlo , y favorecer la cultura; es así como existen fines de orden general – bien común -, y de orden particular – se hace referencia según las necesidades y condiciones de cada país.2

    Para llevar a cabo esos fines el estado tiene diversas actividades que pueden ser de policía, servicio y fomento. Las formas de Estado son los modos de estructurarse respecto a todos sus elementos constitutivos; y la forma de gobierno hace referencia a los órganos que ejercen el poder.

    Las formas de gobierno más comunes son :

    Limitada: el poder del soberano se encuentra limitado por

    La ley fundamental, es decir, una Constitución

    Monarquía

    Absoluta: el poder lo ejerce una sola persona el rey

    Aristocrática: sólo parte del pueblo ejerce el poder -aristocracia –

    República

    Democrática: se supone que todo el poder lo ejerce el pueblo.

    Dictatorial: la autoridad se concentra en una sola persona.

    La personalidad jurídica del estado nace con el ente social, esto es, al constituirse un estado independiente, soberano y autodeterminarse, se hace susceptible a tener derechos y obligaciones.

    Se explica la personalidad del Estado mediante dos teorías:

    La que habla de una doble personalidad, esto es cuando el estado actúa como ente soberano teniendo relaciones con otros estados – derecho público -; y cuando se relaciona con particulares para celebrar contratos sujetos al derecho civil – Derecho Privado -;

    La que considera que el estado tiene personalidad pero expresada en dos voluntades, siendo una de Derecho público y otra de Derecho privado.

    Por lo anterior, se considera que el estado al ser una realidad social a la que le corresponde una realidad jurídica consistente en ser una persona jurídica colectiva de Derecho Público capaz de ejercer derechos y obligaciones, por lo que se encuentra establecida en la Constitución; dicha personalidad jurídica surge en el momento en que el Estado es independiente y soberano, que cuenta con una sola voluntad la cual ejerce a través de sus órganos que el sistema jurídico establece para que emita su voluntad.

    1.- Alacalá Zamora, Castillo Niceto. Derecho Procesal Mexicano, Ed. Porrúa, México D.F. 1986.

    2.- Idem. Pag 98.

    EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA TEORÍA GENERAL DEL PROCESO.

    1. Periodo Primitivo.
    2. Escuela Judicialista.
    3. Tendencia de los Prácticos.
    4. Procedimentalismo.
    5. Procesalismo Científico.
    6. Procesalismo germánico.
    7. Procesalismo Italiano.
    8. Procesalismo Español.
    9. Procesalismo ibero- americano.
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