Información a Revelar (Continuación) ? Esta norma es adicional a los requerimientos de revelación de la IAS 27-28-31 ? Cuando ni la dominante inmediata de la entidad, ni la dominante principal del grupo elaboren estados financieros disponibles para uso público, la entidad revelará también el nombre de la dominante intermedia más próxima, dentro del grupo, que lo haga. La dominante intermedia más próxima será la primera dominante en el grupo, por encima de la dominante inmediata, que elabore estados financieros consolidados disponibles para uso público. (Continua en la siguiente diapositiva )
Información a Revelar (Continuación) ? También revelara las distintas formas de remuneración adoptadas por la entidad ? Cuando hay transacciones con partes vinculadas se revelara la naturaleza de la relación, transacciones y saldos, y que como mínimo debe contener lo siguiente: ? Importe de las Transacciones ? Importe de los saldos pendientes (Plazos, condiciones, garantías y el monto de la contraprestación) ? Correcciones valorativas por deudas de dudoso cobro relativas a importes incluidos en los saldos pendientes ? El gasto reconocido durante el ejercicio relativo a las deudas incobrables o de dudoso cobro de partes vinculadas (Continua en la siguiente diapositiva )
? ? ? ? ? ? ? ? Información a Revelar (Continuación) ? Además se revelara las siguientes categorías: Dominante Entidades con control conjunto o influencia significativa Dependientes Asociadas Negocios conjuntos en que una entidad es participe Personal clave de la dirección del ente o de su dominante Otras partes vinculadas Las cuentas por cobrar y pagar son requerimientos tan bien de la IAS 1 (Continua en la siguiente diapositiva )
Información a Revelar (Continuación) ? Algunos transacciones con una parte vinculada: ? compras o ventas de bienes (terminados o no) ? compras o ventas de inmuebles y otros activos ? Arrendamientos ? transferencias de investigación y desarrollo ? transferencias realizadas en función de acuerdos de financiación (incluyendo préstamos y aportaciones de patrimonio neto, ya sean en efectivo o en especie) ? otorgamiento de garantías y avales ? cancelación de pasivos en nombre de la entidad o por la entidad en nombre de otro tercero vinculado
? ? ? ? ? ? Métodos de determinación de precios de transferencia (Resumen) Métodos basados en el mercado: Precios de mercado Precio de reventa Margen de contribución Métodos basados en criterios políticos: Precios negociados
Métodos de determinación de precios de transferencia (Resumen) – Ejemplo I Métodos basados en los precios de mercado: Margen de contribución. Tipo de coste Coste variable de producción Costes variables añadidos Margen de contribución (20% costes variables totales) Precio de transferencia Filial 1 20,00 10,00 6,00 36,00 Filial 2 10,00 15,00 2,50 27,50
– – Métodos de determinación de precios de transferencia (Resumen) – Ejemplo II Métodos basados en costes: Cost-plus Enunciado: Dos filiales realizan prestaciones entre sí; se fija como precio de las mismas el coste más un margen del 10% sobre el coste. Las unidades de medida totales en cada filial así como las unidades transferidas son las siguientes: Filial A Filial B Otras filiales Costes primarios Filial A Filial B — 30 15 — 60 30 300 80 Solución: Ecuaciones: 75 Xa (1,10) = 300+ 30 Xb (1,10) + 0,10 Xa 75; 60 Xb (1,10) = 80+ 15 Xa (1,10) + 0,10 Xb 60; Xa = 12; Xb = 7 Transferencia de A: 12 + 0,10 de 12 = 13,2 Transferencia de B: 7 + 0,10 de 7 = 7,7
1. 2. Ejemplo I – Revelaciones La Compañía arrienda un área para oficinas y equipo de “la Dueña, S.A.” ( empresa de propiedad de los accionistas de la compañía). La renta anual es de Bs. 150.000.000, siendo posible rescindir el contrato de arrendamiento en tan solo el aviso de 30 días. Durante el año 2008, la compañía adquirió y recibió materiales por un valor de Bs. 100.000.000 de un proveedor controlado por un funcionario de la compañía
Base de Aplicación
Ley de Régimen Tributario Interno Art. (…).- Partes relacionadas.- (Agregado por el Art. 56 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007).- Para efectos tributarios se considerarán partes relacionadas a las personas naturales o sociedades, domiciliadas o no en el Ecuador, en las que una de ellas participe directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de la otra; o en las que un tercero, sea persona natural o sociedad domiciliada o no en el Ecuador, participe directa o indirectamente, en la dirección, administración, control o capital de éstas. Se considerarán partes relacionadas, los que se encuentran inmersos en la definición del inciso primero de este artículo, entre otros casos los siguientes: 1) La sociedad matriz y sus sociedades filiales, subsidiarias o establecimientos permanentes. 2) Las sociedades filiales, subsidiarias o establecimientos permanentes, entre sí. (Continua en la siguiente diapositiva )
Ley de Régimen Tributario Interno 3) Las partes en las que una misma persona natural o sociedad, participe indistintamente, directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de tales partes. 4) Las partes en las que las decisiones sean tomadas por órganos directivos integrados en su mayoría por los mismos miembros. 5) Las partes, en las que un mismo grupo de miembros, socios o accionistas, participe indistintamente, directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de éstas. 6) Los miembros de los órganos directivos de la sociedad con respecto a la misma, siempre que se establezcan entre éstos relaciones no inherentes a su cargo. 7) Los administradores y comisarios de la sociedad con respecto a la misma, siempre que se establezcan entre éstos relaciones no inherentes a su cargo. (Continua en la siguiente diapositiva )
Ley de Régimen Tributario Interno 8) Una sociedad respecto de los cónyuges, parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los directivos; administradores; o comisarios de la sociedad. 9) Una persona natural o sociedad y los fideicomisos en los que tenga derechos. Para establecer la existencia de algún tipo de relación o vinculación entre contribuyentes, la Administración Tributaria atenderá de forma general a la participación accionaria u otros derechos societarios sobre el patrimonio de las sociedades, los tenedores de capital, la administración efectiva del negocio, la distribución de utilidades, la proporción de las transacciones entre tales contribuyentes, los mecanismos de precios usados en tales operaciones. (Continua en la siguiente diapositiva )
Ley de Régimen Tributario Interno También se considerarán partes relacionadas a sujetos pasivos que realicen transacciones con sociedades domiciliadas, constituidas o ubicadas en una jurisdicción fiscal de menor imposición, o en Paraísos Fiscales. Así mismo, la Administración Tributaria podrá establecer partes relacionadas por presunción cuando las transacciones que se realicen no se ajusten al principio de plena competencia. Serán jurisdicciones de menor imposición y paraísos fiscales, aquellos que señale el Servicio de Rentas Internas pudiendo basarse para ello en la información de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE y el Grupo de Acción Financiera Internacional-GAFI. En el reglamento a esta Ley se establecerán los términos y porcentajes a los que se refiere este artículo. Concordancia – Reglamento Ley – Articulo 4.- Partes Relacionadas.
• • • Temas Relacionados Precio de Transferencia Norma Internacional de Auditoria 500, para periodos que comiencen en o después del 15 de diciembre del 2004. Norma Ecuatoriana de Auditoria 18
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