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La economía colonial (página 2)

Enviado por cecilia flores


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El sistema agrario azteca se basó en tres tipos de agricultura: las milpas, los cultivos hortícolas y las chinampas. Las milpas representaban un tipo de agricultura temporal, extensiva, sobre tierra firme y con instrumentos simples, donde se cultivaban maíz, tomate, frijoles, ajíes o calabazas. Los cultivos hortícolas, intensivos en trabajo, se desarrollaban a base de riego y fertilizantes orgánicos. Y las chinampas constituían terrenos cultivados sobre los lagos, a la manera de islas artificiales rectangulares, ancladas al fondo del agua por las raíces de los sauces; la fertilidad del suelo en ellas se lograba con la aplicación de fango, estiércol y plantas lacustres, sobre ellas se cultivaban rubros como el maíz, tomates, chiles, frijoles y legumbres (Jennings, Gary, 1997, 107). Cuando el Imperio Azteca fue dominado por los blancos españoles, estos tipos de agricultura fueron abandonados, en parte por la falta de experiencia de los conquistadores en estos métodos, pero principalmente por la carencia de la fuerza de trabajo suficientemente alta que requerían.

La hacienda colonial representaba la unidad productiva fundamental del nuevo sistema agrario imperante en América durante la ocupación española. La hacienda colonial reprodujo el sistema agrario de España al momento de la conquista, tal que se explotaban hombres y recursos naturales con fines mercantilistas. Las concentraciones de terrenos que encierra una hacienda de la época de la dominación española es signo de concentración de la tierra en manos de unos pocos blancos (colonizadores hacendados, dueños de minas, representantes de la Iglesia), un símbolo de expropiación de tierras comunales indígenas, un icono de explotación de las razas dominadas, una ruptura con el equilibrio ecológico alimentario de épocas prehispánicas, el primer paso a un sistema agrario capitalista. En la hacienda colonial se mezclan prácticas sociales serviles, esclavas y contractuales propias del capitalismo (González, Manuel, 1995, 50).

Permanencia de la economía colonial en el proyecto republicano

El estado colonial intentó proteger tardíamente a sus súbditos indígenas, emitiendo una serie de disposiciones que en 1680 fueron compendiadas en la Recopilación de las Leyes de Indias. Pero a lo largo de los siglos XVII y XVIII la conducta generalizada de españoles y criollos (incluyendo a los propios funcionarios de la burocracia estatal), respondió al dicho popular según el cual las órdenes del Rey se acataban pero no se cumplían. Las reformas emprendidas por los Borbones buscaron justamente la implantación de un nuevo aparato de Estado que permitiese hacer efectivas las disposiciones reales, pero cuya eficacia y modernización suponían eliminar el abismo que separaba las normas legales de las prácticas cotidianas. Dichas reformas, así como la profunda crisis económica y política peninsular, agravada por la invasión francesa, precipitaron las luchas de independencia y el desmembramiento del espacio colonial en una serie de nuevas repúblicas criollas nacidas formalmente como naciones independientes, habitadas por  ciudadanos de iguales derechos y obligaciones, pero que en realidad sustentaron su existencia en la prolongación de las bases coloniales del poder, hecho reflejado en la subsistencia del tributo indígena hasta mediados del siglo XIX.

La independencia no significó que la colonialidad del poder dejase de ser el principal patrón ordenador de las relaciones sociales y culturales en las flamantes repúblicas criollas. Ocurrió todo lo contrario, pues la colonialidad fue el mecanismo ordenador de las relaciones entre las flamantes naciones y sus mayoritarias poblaciones indígenas, las cuales fueron condenadas a la paradójica situación de seguir siendo habitantes de segundo orden en sus propias tierras.

Los intentos iníciales de Bolívar por convertir a los indios en propietarios y ciudadanos individuales, desvinculándolos de sus corporaciones étnicas y comunitarias, fueron utilizados en su favor por las élites dominantes, que a lo largo del siglo XIX expandieron los territorios de sus haciendas a costa de las tierras comunitarias indígenas. Por obra y gracia de las leyes liberales, los indios fueron convertidos en ciudadanos de segunda categoría, sin derecho al voto pero con la obligación de seguir pagando el tributo colonial. El estado republicano como antes el estado colonial, resultó ineficaz en sus intentos de proteger a los indios mediante leyes y decretos que siempre fueron letra muerta.

Conclusión

      Los indios fueron obligados a vivir en los flamantes pueblos o "reducciones", lo que permitió que cumplan sus nuevas obligaciones (como la mita y el tributo) y al mismo tiempo que fueran evangelizados en las creencias europeas. Un siglo después de la conquista la realidad no podía ser más triste: apenas el 10% de la población indígena había logrado sobrevivir a las epidemias, las guerras, las encomiendas, los tributos, la mita y el dolor inmenso que cotidianamente significaba la colonización violenta de los cuerpos y las almas.

La encomienda y el repartimiento, pese a que fueron verdaderos ejes del sistema colonial, se conocen poco, y lo que de ellas se sabe aparece generalmente en definiciones muertas.

Repartimiento y encomienda fueron instituciones que nacieron unidas, entrelazadas, y así permanecieron durante su primera etapa.

Las implantó Cristóbal Colón en las Antillas, y en su forma primitiva pasaron al continente. El repartimiento tenía dos aspectos, pues consistía en repartir tierras y también indios para trabajarlas; y como este segundo aspecto se justificaba diciendo que los indígenas eran entregados para que el favorecido velase por su cristianización –le eran encomendados para ello-, repartir indios y encomendarlos fue, en esa primera etapa, una misma cosa.

Bibliografía

http://ve.kalipedia.com/historiavenezuela/tema/republica-liberal/economia-colonial.html?x=20080801klphishve_33.Kes&ap=1

http://sinaloafundacion.galeon.com/colonia.html

http://www.antiescualidos.com/img/La%20historia%20desde%20el%20patio%20trasero%20-%20Accion%20Directa%20-%20materiales%20didacticos.pdf

http://www.monografias.com/trabajos48/historia-venezuela/historia-venezuela2.shtml

http://www.senado.gob.mx/content/sp/memoria/content/estatico/content/boletines/boletin_24.pdf

http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-23762005000200008

http://www2.scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1315-36172006000100009&lng=en&nrm=iso

http://boletin.uc.edu.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=11835&Itemid=3

http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:dqKINwWQZiEJ:www.globalcult.org.ve/doc/Monografias/MonografiaPajuelo.doc+Permanencia+de+la+econom%C3%ADa+colonial+en+el+proyecto+republicano&cd=1&hl=es&ct=clnk&gl=ve

 

 

Autor:

Cecilia Flores

Barrancas, Mayo de 2010

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR

PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

BARRANCAS ESTADO MONAGAS

MUNICIPIO SOTILLO

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