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Derecho informático


Partes: 1, 2, 3

    1. Ejercicio legal del Derecho por Internet
    2. Ética y la informática
    3. El derecho informático y la investigación jurídica
    4. Medidas de seguridad de contratación electrónica
    5. Conclusiones
    6. Sugerencias
    7. Bibliografías

    Ejercicio legal del Derecho por Internet

    1.- Derecho

    El derecho es el conjunto de normas, preceptos y principios jurídicos que emana la razocionalizaciòn humana con la finalidad de orientar el comportamiento humano dentro de la sociedad, teniendo como objetivo buscar una sociedad carente de males, perjuicios y delitos, buscando siempre la convivencia y paz social.

    2.- Internet

    El Internet es un conjunto descentralizado de redes de comunicación interconectadas; es por ello que se le conoce al Internet como la "supercarretera informática", por que es el conjunto de caminos, vías o redes por donde se traslada, trasfiere o navega un sin fin de información digitalizada.

    Por otro lado al Internet también se le puede definir como una combinación de hardware (ordenadores interconectados por vía telefónica o digital) y software (protocolos y lenguajes que hacen que todo funcione). Es una infraestructura de redes a escala mundial (grandes redes principales (tales como MILNET, NSFNET, y CREN), y redes más pequeñas que conectan con ellas) que conecta a la vez a todos los tipos de ordenadores.

    3.- Ejercicio legal e ilegal de la abogacía en Internet

    El ejercicio de la abogacía en Internet requiere que los profesionales del Derecho sean reconocidos como tales y se evite el "tinterillaje en línea" o ejercicio ilegal de la abogacía en Internet, que consiste en el desarrollo de actividades jurídicas en el ámbito informático por profesionales sin formación jurídica o sin el título profesional correspondiente, en el ciberespacio.

    En los distintos países hay normas jurídicas, (similares a la contenida en el Artículo 285 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Perú), que dispone que para patrocinar legalmente y por tanto ejercer la abogacía se requiere:

    • Tener título de abogado.- Creemos que este requisito aún cuando el servicio se preste por internet debe ser cumplido. Para estos efectos, por ejemplo será de utilidad la posibilidad de consulta en línea de los abogados hábiles en las páginas web de los colegios profesionales, tal como la que existe en la correspondiente página web del Colegio de Abogados de Lima. Será recomendable plantearse la opción de un intercambio de información sobre esta materia entre los distintos colegios de abogados, de forma de evitar que quien no tenga título ejerza como tal.

    • Hallarse en ejercicio de sus derechos civiles.- Las distintas legislaciones establecen sanciones que limitan el ejercicio de derechos civiles, sean por condenas privativas de libertad, de inhabilitación u otras. Esta información es recomendable que también pueda ser materia de consulta en internet. En el Perú, con la reforma y modernización del Poder Judicial, ésta información está sistematizada y técnicamente es factible su acceso por internet en la página web del poder judicial respectivo, por lo que sería recomendable que el respectivo link estuviese en la página de los colegios de abogados.

    • Estar inscrito en el Colegio de Abogados del Distrito Judicial correspondiente, y si no lo hubiere en el Distrito Judicial más cercano.- La inscripción en el colegio de abogados correspondiente implica el cumplimiento de determinados requisitos como la presentación del título profesional, cumplimiento de asistencia a la práctica forense, etc. El ejercicio de la abogacía en Internet plantea la solución de problemas de acreditación del título de un país en otro país, o de ejercer la abogacía simultáneamente en varios país a través de Internet, lo que implicaría que esté simultáneamente registrado en distintos colegios de abogados y consecuentemente esté al día en las cuotas correspondientes.

    Debemos tener en cuenta el concepto de la profesión de abogado, el cual tiene que adecuarse al cambio de la sociedad, por ejemplo se define que el "abogado es el Licenciado o Doctor en Derecho que, incorporado en un Colegio o habilitado ante los Tribunales, asesora y absuelve consultas, emite dictámenes por escrito, dirige técnicamente pleitos civiles y recursos administrativos y mantiene defensas o acusaciones en causas penales. O bien, se especializa en alguna de estas actividades. Aunque el Abogado completo –el Abogado completo y verdadero- es el que no pone límites a su actividad jurídica" (Martínez Val, José: 1981: 47). Pero está definición deberá concordarse con los problemas jurídicos de Internet como quien es el juez competente y cual es la ley aplicable y asimismo a qué abogado puede recurrir tanto las personas naturales o jurídicas para resolver sus problemas jurídicos que se originan en el ciberespacio.

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