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Estudio de la Propiedad Horizontal en la legislación comparada en Cuba


Partes: 1, 2, 3

    1. Introducción
    2. La institución de la propiedad horizontal
    3. Caracterización de la propiedad horizontal en los edificios multifamiliares en el municipio cabaiguán
    4. Conclusiones

    RESUMEN.

    En el presente trabajo se hace un estudio de la de la Propiedad Horizontal, sus características, evolución, desarrollo y circunstancias presentes en la legislación comparada, específicamente en nuestro país, particularizando en los Edificios Multifamiliares en el municipio de Cabaiguán.

    Los objetivos trazados fueron: sistematizar la variedad de normas jurídicas que en el decursar histórico han regulado la situación jurídica que se origina con la Propiedad Horizontal y los elementos conceptuales que la rigen, caracterizar el régimen de la Propiedad Horizontal que rige para los Edificios Multifamiliares en el municipio de Cabaiguán y proponer acciones encaminadas a optimizar la aplicación del régimen de la Propiedad Horizontal que rige en los Edificios Multifamiliares en el municipio de Cabaiguán.

    El estudio es novedoso pues ofrece una caracterización del estado de la Propiedad Horizontal en Edificios Multifamiliares del municipio Cabaiguán, lo que permitió precisar las principales insuficiencias en su aplicación y elaborar un conjunto de acciones para perfeccionar esta institución en el territorio, lo cual constituye el aporte práctico. En el orden teórico ofrece un estudio de los antecedentes de la Propiedad Horizontal a nivel global y nacional.

    El trabajo se estructuró en dos capítulos, en el primero se aborda de forma general la institución de la Propiedad horizontal, partiendo de la evolución y desarrollo que ha tenido en algunos países, desde el punto de vista global y nacional, y en el segundo, la Propiedad Horizontal vista desde la óptica del régimen de los edificios multifamiliares y se aplicación en el municipio de Cabaiguán.

    INTRODUCCIÓN

    La Propiedad Horizontal constituye una figura compleja interdependiente, y funcional con caracteres bien definidos aunque tenga puntos de contacto con otras instituciones. La complejidad de la figura radica precisamente en la división por planos horizontales que se reputa en ella y que existan sobre los mismos diversos propietarios.

    En ella confluyen varias relaciones jurídicas, la primera y no más importante la constituye la propiedad exclusiva del titular sobre el piso o apartamento, la otra que complementa la primera es la comunidad que se ostenta sobre los elementos comunes del inmueble, los cuales tienen como función el mejor y más adecuado uso y disfrute de esos elementos con carácter indispensable.

    El estudio de la propiedad de edificios divididos por pisos y locales ha generado diferentes problemas de orden jurídico, lo cual ha sido estudiado por varios autores (Casado Pallares, 1985:122, Batlle,1954:65, Reffino, 1952:18, Planiol Y Ripert, 1930:319, Sánchez Roca, 1951:61, Aguirre, 1954:6, Albaladejo, 1985:132), pues es imprescindible realizar un análisis de la Propiedad Horizontal para poder establecer el status jurídico de la misma, que a pesar de poseer antecedentes antiguos, tanto en el orden económico como social han dado lugar ha que se desarrolle con formas nuevas y muy recientes.

    Como institución la Propiedad Horizontal ha sido objeto de disímiles polémicas en cuanto a su denominación y a la determinación de su naturaleza jurídica dado a sus características sui generis que posee, en ella se conjugan elementos de naturaleza privativa de un piso o apartamento en un edificio de una o más plantas, y elementos de uso común indispensables para el normal uso de la propiedad privativa.

    Con independencia del fenómeno jurídico, ha aumentado la necesidad social de construir viviendas o locales de esta forma por la limitante de espacios en las zonas urbanas y la densidad de población, pues resulta más beneficioso económicamente este tipo de edificaciones, lo que ha generado conflicto entre los titulares de los elementos privativos de los inmuebles sometidos a la Propiedad Horizontal.

    Si bien existe confusión y polémicas en relación con el término jurídico de esta institución y con su regulación, pues se utilizan acepciones populares, la historia jurídica muestra avances a tener en cuenta, desde el año 1952, se cuenta con una regulación jurídica de esta importante institución: la Ley Decreto No.407 de 1952, Ley de Propiedad Horizontal, que quedó en desuso en la época revolucionaria, pero que ha sido retomada, en parte, en la actualidad, por la inaplicabilidad del Reglamento de los Edificios Multifamiliares vigente, existen marcadas diferencias entre uno y otro régimen, pues en este último el Estado es el encargado de solucionar los problemas de mantenimiento y reparaciones capitales.

    Partes: 1, 2, 3
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