- Garantías Procesales
- Derecho de Defensa
- Derecho al Debido Proceso
- Juicio Previo
- Principio de Inocencia
- Requisitos del Proceso Legal, Debido y Justo
- Derecho a la Jurisdicción Efectiva
- Otras Garantías Constitucionales
- Jurisprudencia: Juez Natural
- El Caso Castillo Petruzzi y Otros
- Pacto de San José de Costa Rica
- Art. 18 de la Constitución Nacional
- Conclusión
- Bibliografía
La presente monografía contiene las garantías del proceso penal argentino, contenidas en el articulo 18 de la constitución Nacional de la Republica Argentina y en el Pacto de San José de Costa Rica, tales como el debido proceso, el juez natural, el principio nom bis in idem, duracion razonable del proceso entre otras.
Introducción
En el desarrollo de un proceso penal pueden invocarse garantías procesales y principios y derechos para la administración de justicia, aunque no se encuentren expresamente estipulados por ley ordinaria alguna, pues basta su vigencia en la Constitución Política del país, norma máxima que tiene primacía sobre cualquier otra. Asimismo, pueden invocarse normas contenidas en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos por el país (como por ejemplo: la Declaración Universal de los Derechos Humanos – 1948; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre – 1948; la Convención Americana sobre Derechos Humanos – 1969; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes – 1984; la Convención Americana para Prevenir y Sancionar la Tortura – 1985, entre otros).
Conviene establecer algunos conceptos que serán ampliados a lo largo de la presente.
Garantías: institución procedimental de seguridad y protección a favor del individuo, la sociedad o el Estado para que disponga de medios que hagan efectivos el goce de los derechos subjetivos frente al peligro o riesgo de que sean desconocidos.
Entonces, una garantía, puede proteger al individuote la potestad de castigo del estado, o puede también proteger a la sociedad o al Estado de las actitudes del individuo que pudieran desestabilizar el régimen establecido.
Garantía constitucional del individuo en el Proceso Penal: institución procedimental de seguridad y de protección creada a favor de las personas que enfrentan un proceso penal para que dispongan de medios que hacen efectivo el goce de los derechos subjetivos frente al peligro o riesgo de que sean desconocidos.
División de las garantías
– El debido proceso:
Juez natural establecido
Duración razonable del proceso
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Prohibición de juzgamiento múltiple ("Non bis in idem")
Derecho a ser oído
– La legalidad del proceso
– El estado de presunción de inocencia
– La garantía de la dignidad humana
– La inviolabilidad del domicilio
– La defensa en juicio.
Garantía del debido proceso: conjunto de etapas formales secuenciadas e imprescindibles realizados dentro de un proceso penal por los sujetos procesales cumpliendo los requisitos prescriptos en la constitución con el objeto de que los derechos subjetivos de la persona no corran el riesgo de que sean desconocidos.
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