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Cuestionario de Derecho Penal III (página 2)


Partes: 1, 2

1)-El hecho de material de la falsificación, alteración o coloración, o de la emisión, introducción o expendio;

2)-Que se trate de las monedas indicadas o protegidas por la ley; y

3)-La Intención.

4.4-2-PENALIDAD: Serán condenados de 3 a 10 años de Reclusión Mayor.

4.5-FALSIFICACIÓN DEL SELLO DEL ESTADO, BILLETES DE BANCO, DOCUMENTOS DE CRÉDITO DEL TESORO, PAPEL SELLADO, PUNZONES, TIMBRES NACIONALES, MARCAS PARA MERCANCÍAS, SELLOS, TIMBRES MARCAS DE LAS AUTORIDADES Y SELLOS:

4.5-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)-El hecho de material de la falsificación, alteración, uso o introducción, según los objetos;

2)- Los objetos indicados por la ley; y

3)-La Intención.

4.4-2-PENALIDAD: Serán condenados de 3 a 10 años de Reclusión Mayor.

4.6-FALSEDAD EN ESCRITURA:

4.6-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son dos: 1)-El Escrito o Alteración fraudulenta;

2)- Los modos indicados por la ley para la constitución de la falsedad.

4.6-2-PENALIDAD: Serán condenados de 3 a 10 años de Reclusión Mayor.

4.7-FALSEDAD DE PASAPORTE:

Pasaporte: Documento de nacionalidad e identidad otorgado a los ciudadanos del país emisor para su identificación y protección en el extranjero. También es un permiso oficial que autoriza al poseedor a salir y a regresar al país del que es súbdito. A veces, un pasaporte debe ser examinado y aprobado por funcionarios del país extranjero antes de permitir la entrada de su titular a ese país.

4.7-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son dos: 1)-lA Alteración material todos los medios, esto es, la creación de un pasaporte falso o la alteración del verdadero; y

2)- La falsedad. Intelectual, solamente la obtención del pasaporte bajo un nombre supuesto, con la cual resultan excluidas las otras falsas declaraciones, por ejemplo, sobre la calidad, estado, profesión, etc. de la persona.

4.7-2-PENALIDAD: Serán condenados de 3 a 10 años de Reclusión Mayor.

4.8-FALSEDAD DE ÓRDENES DE RUTA: Es una especie de pasaporte para los militares, exigidas con el doble fin de ejercer vigilancia sobre el tránsito de éstos y de servir de base para el cobro de los gastos de viaje.

4.8-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son dos: 1)-Falsedad en la escrituras, alteración de la verdad, perjuicio e intención fraudulenta; y 2)- La falsedad sobre el nombre y la creación de pasaportes falsos.

4.8-2-PENALIDAD: La ley distingue: A).- Entre orden de ruta para engañar la vigilancia (6 meses a 2 años), y si la orden de ruta es para obtener reembolsos de gastos en perjuicio del tesoro será (Confinamiento), siendo más graves la pena en este último caso; B).-Entre las personas que falsifican, alteran u obtienen la orden de ruta será (3 a 10 años), y las autoridades que la expiden, caso en el cual el delito es convertido en crimen, castigado con reclusión de (6 meses a 2 años).

4.9-FALSEDAD DE CERTIFICACIONES:

4.9-1-DISTINTAS CATEGORÍAS DE CERTIFICACIONES: Existen dos clases de Certificaciones Falsas que son:

1ro.- Certificaciones médicas falsas de enfermedades para exonerarse así mismo o exonerar a otro de un servicio público (Arts. 159 y 160). Elementos constitutivos:

A).-Que la certificación compruebe falsamente una enfermedad;

B).-Que la certificación sea atribuido a "un cirujano o cualquier oficial de sanidad";

C).-Que tenga como fin exonerar a otro o al firmante mismo de un servicio público, ejemplo: impuestos por la ley, servicio militar, la obligación de ser jurado, comparecer como testigo, etc. Y 2do.- Certificaciones de vida y costumbres, insolvencia u otras circunstancias para traer la benevolencia, obtener colocación, crédito, o socorro (Art. 161). Elementos constitutivos:

A).-Que la certificación se trate de buena conducta, insolvencia u otras circunstancias, no importa cuáles;

B).-Que la certificación tenga por fin atraer la benevolencia pública o privada, obtener colocación, crédito o socorro, enumeración que no es limitativa, ejemplos: distinciones honoríficas, recompensas, contribuciones para obras.

4.9-2-PENALIDAD: La ley distingue: A).- Médicos y funcionarios públicos, que expiden certificaciones falsas, penas correccionales más severas (6 meses a 2 años); B).- Las demás personas, penas correccionales menos severas, serán castigado con reclusión de (3 meses a 1 años). (Arts. 159, 160, 161).

ACTIVIDADES DE LA UNIDAD IV.

IV.- CONTESTE LAS SIGUIENTES PREGUNTAS.

1.- ¿SI LA COSA FALSIFICADA NO SE USA NO HAY POSIBILIDAD DE PENA? No, porque faltaría el Elemento Moral o Intencional, de causar el daño.

2.- ¿SI SE TRATA DE PAPEL MONEDA FALSA TIENE QUE SER PESO ORO DOMINICANO? No, que tengan circulación legal en la República Dominicana. (Arts. 132 – 135).

3.- ¿ELELEMENTO MORAL EN ESTA INFRACCINES LO CONSTITUYE UNA FALTA? El Elemento Moral: Es la Intención o Voluntad. Debe haber una vinculación espiritual, en la mente del Falsificador estaba procurarse ventajas o beneficios para sí o para otro. Que el individuo no estaba loco, sino consciente de lo que estaba haciendo.

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EJERCICIO DE AUTOEVALUACIÓN

III.- CONTESTA V o F SEGÚN SEA VERDADERO O FALSO.

1.- ¿El sello del Estado se refiere a los sellos que emite Impuestos Internos? ____F_____

2.- ¿El uso de un documento falso se castiga aunque el que lo usa no sepa que está falsificado? ____F____

3.- ¿La Falsedad siempre es un crimen? ____F____

UNIDAD V

Crímenes y delitos cometidos por los fucnionarios públicos en el ejercicio de sus funciones

5.1-PREVARICACIÓN: Delito consistente en dictar una autoridad, un Juez o un Funcionario a sabiendas una resolución injusta en el ejercicio de sus funciones.

5.1-1-SUSTACCIÓN O DESFALCO COMETIDAS POR DEPOSITARIOS PÚBLICOS: Es la negligencia, falta o negativa, de parte de cualquier funcionario o empleado público, del cumplimiento de la obligación de restituir dentro del tiempo y en la forma prescrita por la leyes y los reglamentos, las cosas de valor (muebles e inmuebles, públicos o privados) que ha recibido y tiene bajo su guarda y responsabilidad en virtud de la ley o por mandato de autoridad competente.

5.1-2-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)-El hecho material de sustracción o desfalco; y

2)- La calidad del agente funcionario o empleado público; y

3)- La negativa del cumplimiento de restituir, las cosas de valor (muebles e inmuebles, públicos o privados) que ha recibido y tiene bajo su guarda y responsabilidad.

5.1-3-PENALIDAD: Serán condenados a la pena de Reclusión y una multa no menor a la suma desfalcada y no mayor de tres veces dicha cantidad. Y si se ha reparado el daño antes de darse el conocimiento a la justicia, la pena será la de no menos de un año de prisión correccional y la inhabilitación para desempeñar cualquier cargo público durante cuatro años. En caso de insolvencia, se aplicará al condenado sobre la pena enunciada, un día más de reclusión o de prisión por cada cinco pesos de multa, sin que en ningún caso esta pena adicional pueda ser mayor de diez años.

5.2-DESTRUCCIÓN, SUPRESIÓN, SUSTRACCIÓN O HURTO DE ACTOS O TÍTULOS POR FUNCIONARIOS Y OFICIALES PÚBLICOS, O POR SUS ENCARGADOS CUANDO AQUELLOS HAN SIDO CONFIADOS EN DEPÓSITO O PARA COMUNICACIÓN A LOS FUNCIONARIOS U OFICIALES PÚBLICOS EN RAZON DE SUS FUNCIONES:

5.2-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cinco: 1)- La calidad; 2)-Recepción de los actos en razón de las funciones del agente; 3)-Actos o títulos; 4)-Distracción. Y 5)-Fraude.

5.2-2-PENALIDAD: Reclusión Menor.

5.3-LA CONCUSIÓN: Consiste en recibir u ordenar recibir percepciones ilegales, ingresos públicos o salarios, a sabiendas de su ilegalidad, por parte de los funcionarios y empleados públicos indicados por la ley o sus delegados.

5.3-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)- La calidad de la persona;

2)-Recepción ilegítima; y

3)-Intención.

5.3-2-PENALIDAD: Funcionarios y Oficiales públicos, Reclusión Menor. Empleados, dependientes o delegados, prisión correccional, de uno a dos años. Si la suma no excediese a setenta pesos los Oficiales públicos designados antes, serán castigados con prisión de Seis meses a Un año. Y sus dependientes o delegados, con prisión de tres a seis meses. La Tentativa es punible.

5.4-INGERENGIA DE LOS EMPLEADOS, FUNCIONARIOS Y OFICIALES PÚBLICOS, POR LA RECEPCIÓN DE UN INTERÉS O RECOMPENSA EN ACTOS, ADJUDICACIONES O EMPRESAS DE LA ADMINISTRACIÓN O VIGILANCIA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO O DE LA OFICINA A QUE PERTENEZCA EL AGENTE CUANDO ESTOS FUEREN INICIADOS O SOMETIDOS A LA ACCIÓN DE LOS DEPARTAMENTOS: Es cuando un Funcionario, Agente o Empleado público cualquiera, se aprovecha de sus funciones, con los informes que éstas le procuran y la autoridad que tiene, por la recepción de un interés o de una recompensa ilegal.

5.4-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)- La calidad del funcionario o empleado público en general; 2)-La injerencia, caracterizada por la recepción de un interés o de una recompensa ilegal, en actos, adjudicaciones o empresas cuya administración o vigilancia esté a cargo de la secretaría de Estado o de la oficina en la cual sirva el agente; y 3)-Intención.

5.4-2-PENALIDAD: Funcionarios, Oficiales y Empleados públicos, dependientes o delegados, prisión correccional de Seis meses a Un año y multa de una cantidad no mayor que la cuarta parte ni menor que la duodécima parte de las restituciones y rendiciones que se concedan. Se impondrá, además, al culpable la pena de inhabilitación perpetua para cargos u oficios públicos.

5.5-SOBORNO O COHECHO DE LOS EMPLEADOS O FUNCIONARIOS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO, MUNICIPAL O JUDICIAL Y DE ARBITROS Y EXPERTOS: Consiste en Corromper a Funcionarios, Oficiales y Empleados públicos, mediante una oferta de dádivas o promesas para conseguir de él algo.

5.5-1-SOBORNO PASIVO: Es cuando el Funcionario, Oficial o Empleado públicos solicita la dádiva o recompensa. Se caracteriza por la aceptación de ésta.

5.5-1-2-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)- La calidad; 2)-La aceptación de remesas o recepción de dádivas; y 3)-Que el fin sea la realización o la omisión de un acto que aunque justo no esté sujeto a salario.

5.5-1-3-PENALIDAD: Serán condenados a la pena de la Degradación Cívica y condenado a una multa del duplo de las dádivas. La Tentativa es punible.

5.5-2-SOBORNO ACTIVO: Es cuando al Funcionario, Oficial o Empleado públicos, se trata de corromper por promesas o dádivas o en constreñirlo por amenazas o violencias, con el fin de obtener de ellas la realización o la abstención de un acto de sus funciones no sujeto a salarios. Consiste en la oferta aceptada.

5.5-2-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)- La corrupción por promesas o dádivas o el constreñimiento por amenazas o violencias;

2)-Que estos medios promesas, dádivas, amenazas o violencias, sean empleados hacia una de las personas de la calidad indicada en el Art. 179; y

3)-Que tenga por fin obtener la realización o la obtención de un acto de la funciones de dichas personas no sujeto a salario.

5.5-2-3-PENALIDAD: Serán condenados a la pena de la Degradación Cívica y condenado a una multa del duplo de las dádivas. La Tentativa es punible.

5.5-3-CORRUPCIÓN DE LOS JUECES Y ADMINISTRADORES QUE DECIDEN EN PRO O EN CONTRA POR AMISTAD U ODIO:

5.5-3-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)- La calidad de juez o administrador;

2)-Una decisión susceptible de causar un perjuicio; y 3)-Dictada por amistad u odio.

5.5-3-2-PENALIDAD: Serán condenados a la pena de la Degradación Cívica, y a una multa del duplo de las dádivas. La Tentativa es punible.

5.5-4-ABUSO DE AUTORIDAD:

5.5-4-1-ABUSO DE AUTORIDAD CONTRA LOS PARTICULARES: Es cuando los Funcionarios del orden Administrativo o Judicial, los Oficiales de Policía, los Comandantes o agentes de la fuerza pública, abusando de su autoridad, allanan el domicilio de los ciudadanos contra la voluntad de éstos sin las formalidades que la ley prescribe. Este delito abraza cuatro infracciones:

A).-Violación de domicilio (aún por particulares, en que no hay abuso de autoridad);

B).-Denegación de justicia;

C).-Violencia contra los particulares; y

D).-Intercepción y apertura de cartas.

5.5-4-2-VIOLACIÓN DE DOMICILIO: Es cuando particulares con amenazas o violencia se introducen en el domicilio de un ciudadano contra la voluntad de éstos.

5.5-4-3-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)- La introducción en el domicilio de otro; 2)-La calidad de funcionario público indicada por la ley, con el abuso de autoridad, o el empleo de amenazas o violencias si el agente es un particular; 3)-Fuera de los casos y sin las formalidades que la ley prescribe; y 4)- La intención, elemento sobrentendido en la definición.

5.5-3-2-PENALIDAD: Serán condenados a la pena de prisión correccional de seis días a un año, y multa de diez y seis a cien pesos, sin perjuicio de lo que dispone el párrafo 2do, del Art. 114.

5.5-5-DENEGACIÓN DE JUSTICIA: Consiste en la negativa de decidir, por parte de los jueces u otras autoridades civiles, los pedimentos que se les sometan, por malicia o bajo pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley, no obstante el requerimiento de las partes o la intimación de sus superiores.

5.5-5-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)- La calidad;

2)-Negativa a decidir las peticiones no obstante el requerimiento de las partes o la intimación de sus superiores; y

3)-Por malicia o bajo pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley.

5.5-5-2-PENALIDAD: Será castigado con multa de veinte y cinco a cien pesos, e inhabilitación desde uno hasta cinco años para cargos y oficios públicos.

5.5-6-VIOLENCIAS EJERCIDAS POR LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS: Consiste en ejercer o permitir ejercer violencias intencionales, sin motivo legítimo, por parte de los funcionarios encargados de la ejecución de las leyes o de las órdenes de la autoridad, en el ejercicio o en ocasión del ejercicio de sus funciones.

5.5-6-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)- La calidad;

2)-El ejercer o permitir ejercer violencias intencionales;

3)-Que sean realizadas en el ejercicio o en ocasión del ejercicio de sus funciones; y

4).-Sin motivo legítimo.

5.5-6-2-PENALIDAD: Será castigado según la naturaleza y gravedad de esas violencias, aumentándose la pena conforme a las reglas establecidas en el Art. 198.

5.5-7-INTERCEPCIÓN O APERTURA DE CARTAS: Consiste en la interceptación o la apertura intencional de las cartas confiadas al correo, por los funcionarios y agentes del gobierno, los encargados de las oficinas de correos, sus dependientes o auxiliares.

5.5-7-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)- La calidad del agente;

2)-La intercepción o la apertura;

3)-de cartas confiadas al correo; y

4).-La intención.

5.5-7-2-PENALIDAD: Será castigado con prisión de seis meses a dos años, y multa de diez a cien pesos. Y castigados con inhabilitación desde uno hasta cinco años para cargos y oficios públicos, Art. 187.

5.5-8-REQUERIMIENTO U ORDEN DE LA FUERZA PÚBLICA POR LOS FUNCIONARIOS AGENTES O ENCARGADOS DEL GOBIERNO PARA IMPEDIR LA EJECUCIÓN DE LAS LEYES O DE LAS ÓRDENES DE LA AUTORIDAD LEGÍTIMA O LA PERCEPCIÓN DE UNA CONTRIBUCIÓN:

5.5-8-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)- La calidad;

2)-Requerimiento u orden; y

3)-Que tenga por objeto impedir la ejecución de las leyes o de las órdenes de la autoridad legítima, o la percepción de una contribución legal.

5.5-8-2-PENALIDAD: Será castigado con Reclusión menor, Art. 188.

5.5-9-DELITOS RELATIVOS AL ASIENTO DE LAS ACTAS DEL ESTADO CIVIL: Son las infracciones que se cometen en el asiento y redacción de las actas y en los envíos de los registros y de los documentos que la nueva ley crea.

5.5-9-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-Son de la competencia de los tribunales civiles;

2)-El fiscal las persigue según las reglas de procedimiento civil;

3)-La acción prescribe a los 30 años; y

4).-La multa no es compensada a razón de un día por cada peso, conforme a la Ley de Multas, sino ejecutada como condenación civil.

5.5-9-2-PENALIDAD: Será castigado con prisión correccional de uno a tres meses, y multa de cinco a cuarenta pesos, Art. 192.

5.5-10-EJERCICIO DE LA AUTORIDAD PÚBLICA ILEGALMENTE ANTICIPADO: Consiste en el hecho, de parte de una persona designada funcionario público, de ejercer sus funciones sin haber prestado el juramento constitucional.

5.5-10-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-La calidad de funcionario público en el agente;

2)-La omisión del juramento constitucional;

3)-Un hecho material que constituya el ejercicio de la función; y

4).-Una falta.

5.5-10-2-PENALIDAD: podrá ser perseguido y castigado con multa de diez a cincuenta pesos, Art. 196.

5.5-10-3-EJERCICIO DE LA AUTORIDAD PÚBLICA ILEGALMENTE PROLONGADO: Consiste en el hecho, de parte de una persona funcionario público, de continuar en sus funciones después haber tenido conocimiento oficial de su cesación.

5.5-10-4-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-La calidad; 2)- continuación de la función después de la cesación; 3)- conocimiento oficial de su cesación; y 4).-La intención.

5.5-10-5-PENALIDAD: Será castigado con prisión de uno a seis meses a dos años, y multa de diez a cien pesos. Y castigados con inhabilitación desde uno hasta cinco años para cargos y oficios públicos, Art. 197.

5-5-11-PERTURBACIONES DEL ORDEN PÚBLICO POR LOS MINISTROS DE CULTOS EN EL EJERCICIO DE SU MINISTERIO: Consiste en pronunciar discursos vituperantes y censuradores de las medidas del Gobierno, las leyes, decretos o mandamientos de los poderes constituidos, por parte de los Sacerdotes y ministros de cultos.

5.5-11-1-CLASIFICACIÓN DE ESTAS INFRACCIONES: A).-Contravenciones que pueden comprometer el estado civil de las personas; B).-Críticas y provocaciones contra la autoridad en pronunciados en reuniones públicas; C).-Críticas y censuras por escritos pastorales; y D).-Correspondencia con gobierno extranjeros sin autorización.

5.5-11-2-CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO RELIGIOSO POR LOS MINISTROS DE CULTOS SIN LA PRESENTACIÓN DEL ACTA DEL MATRIMONIO CIVIL:

5.5-11-3-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son dos: 1)-La celebración del matrimonio religioso por los ministros de cultos sin la exhibición del acta del matrimonio civil; y

2)-La falta de celebración previa del matrimonio civil.

5.5-11-4-PENALIDAD: Multa de Doscientos pesos (RD$200.00)

5.5-11-5-VITUPERIOS O CENSURAS POR LOS MINISTROS DE CULTOS EN DISCURSOS PRONUNCIADOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES O EN ASAMBLEAS PÚBLICAS: Consiste en expresar, por parte de los ministros de cultos, vituperios y censuras contra los actos de la autoridad pública por discursos pronunciados en el ejercicio de su ministerio, o fuera de este ejercicio, pero en reuniones públicas.

5.5-11-6-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cinco: 1)-La calidad;

2)-El discurso;

3)-Que tenga vituperios o censuras contra los actos de la autoridad pública;

4)-Que el discurso haya sido pronunciado en el ejercicio de su ministerio, o en reuniones públicas; y

5)-La intención.

5.5-11-7-PENALIDAD: Serán castigados con prisión correccional de tres meses a dos años.

5-5-12-RESTENCIA, DESOBEDENCIA, DESACATOS Y OTRAS FALTAS A LA AUTORIDAD PÚBLICA: Consiste en una oposición manifestada por un acometimiento o resistencia con violencias o vías de hecho, contra los funcionarios o empleados públicos o sus delegados o encargados en el ejercicio de sus funciones.

5.5-12-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-Una oposición manifestada por un ataque o por una resistencia con violencias o vías de hecho;

2)-contra los funcionarios o empleados públicos o sus delegados o encargados de éstos;

3)-En el ejercicio de la funciones de la víctima; y

4)- La intención.

5.5-12-2-PENALIDAD: Si son cometidos por más de veinte personas armadas, Serán castigados Reclusión menor, y rebajándose ésta a prisión correccional, si se ejecutó sin armas. Cometida por un número de tres a veinte personas, prisión de seis meses a dos años, y reduciendo la pena de tres meses a un año de prisión si los culpables no estaban armados. Si por una o dos personas, prisión de seis meses a dos años, y con igual pena de seis días a seis meses, si la ejecutaron sin armas.

5-5-13-ULTRAJES CONTRA LOS FUNCIONARIOS PÚBLICO: Consiste en un ultraje por medio de palabras, gestos, amenazas, escritos o dibujos (no públicos estos dos últimos) que hieran el honor o la delicadeza de la persona, y, dirigidos directa y voluntariamente contra los funcionarios públicos de autoridad o delegados de éstos indicados por la ley.

5.5-13-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son seis: 1)-La calidad del ofendido; 2)-Que el ultraje sea realizado en el momento en que éste ejerce sus funciones o con motivo de éstas; 3)-El medio del ultraje, palabras, gestos, amenazas, escritos o dibujos no públicos; 4)-El carácter hiriente del ultraje para el honor o la delicadeza de la persona; 5)-Dirigido directa y voluntariamente; y 6)- La intención.

5.5-13-2-PENALIDAD: Prisión correccional de seis días a seis meses. Si el ultraje con palabras se hiciere en la audiencia de un tribunal, prisión correccional de seis meses a un año.

5-5-14-VIOLENCIAS CONTRA LOS FUNCIONARIOS PÚBLICO: Consiste en golpes, violencias o vías de hechos sin premeditación o asechanza, efusión de sangre, heridas o enfermedad, contra los funcionarios, agentes o ciudadanos indicados por la ley, en el ejercicio de sus funciones o con motivo de este ejercicio.

5.5-14-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-Golpes, violencias o vías de hecho sin premeditación, efusión de sangre, heridas o enfermedad;

2)- contra los funcionarios, agentes o ciudadanos indicados por la ley (lo mismos que los del ultraje);

3)- en el ejercicio de sus funciones o en razón de este ejercicio;

4)- La intención.

5.5-14-2-PENALIDAD: Prisión correccional, y en ciertos casos otras penas accesorias, distinguiendo entre los magistrados y los demás funcionarios; y establece cuarto circunstancias agravantes que erigen el hecho en crimen: 1ro.- Efusión de sangre, heridas o enfermedad, reclusión, Art. 231; 2do.-Muerte dentro de los 40 días, trabajos públicos, Art. 231; 3ro.-Premeditación o asechanza, reclusión, Art. 232; y 4to.-Intención de matar, trabajos públicos, Art. 233.

5-5-15-DENEGACIÓN DE SERVICIOS:

5-5-17-EVASIÓN O TENTATIVA DE EVASIÓN, CON VIOLENCIA O FRACTURA DE PRISIÓN, POR LOS DETENIDOS PREVENTIVAMENTE O BAJO CONDENACIÓN POR CRÍMENES O DELITOS: Es cuando los presos, sin auxilio extraño, ejecutan con violencias las fracturas de las cárceles.

5.5-17-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-La calidad de detenido legalmente por crimen o delito;

2)-La evasión de la prisión o su tentativa;

3).-La violencias o la fractura de prisión; y

4).-La intención.

5.5-17-2-PENALIDAD: Prisión, de seis meses a un año, después de cumplida la pena del crimen o delito por el cual estaban detenidos o de dictada la sentencia de descargo de estos hechos. Art. 245.

5-5-18-NEGLIGENCIA O CONNIVENCIA DE LOS ENCARGADOS DE LA GUARDA DE LOS DETENIDOS EN LA EVASIÓN LOS DETENIDOS:

5.5-18-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)-La calidad;

2)-La negligencia o connivencia

3).-La evasión de los detenidos.

5.5-18-2-PENALIDAD: Si el preso evadido estuviere acusado de delitos de policía, Prisión correccional, de seis días a dos meses, o según las distinciones que establecen los siguientes, Art. 238, 239, 240, 241.

5-5-19-FACILITACIÓN DE LA EVASIÓN DE DETENIDOS POR LAS PERSONAS QUE NO ESTÁN ENCARGADAS DE SU GUARDA:

5.5-19-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-El hecho de procurar o de facilitar la evasión;

2)-Por la personas que no están encargadas de la guarda de los detenidos;

3).-La evasión de éstos; y

4).-La intención.

5.5-19-2-PENALIDAD: Penas inferiores a los guardianes, porque no violan como éstos deberes particulares de su cargo. Arts. 238, 239 y 240.

5-5-20-SUSTRACCIÓN O ROBO DE DOCUMENTOS, REGISTROS, ACTOS, EXPEDIENTES Y OTROS PAPELES DEPOSITADOS EN MANOS DE LOS ENCARGADOS DE LA CUSTODIA DE ARCHIVOS Y OFICINA PÚBLICAS EN CALIDAD DE TALES:

5.5-20-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-Un acto material de sustracción, destrucción o robo;

2)-La naturaleza del objeto de la infracción, documento, registros, actos, expedientes y otros papeles;

3).-Que estas cosas hayan sido entregadas a los encargados de su custodia; y

4).-La intención o la falta en los depositarios, y la intención en los terceros.

5.5-20-2-PENALIDAD: Penas de prisión correccional de tres meses a un año, y multa de veinte y cinco pesos. Esto es a los empleados públicos cualesquiera sea su denominación. Y será castigado con la pena de uno a dos años de prisión, si el crimen ha sido cometido por el mismo depositario. Arts. 254 y 255.

5-5-21-DAÑOS HECHOS A LOS MONUMENTOS PÚBLICOS Y OTROS OBJETOS DESTINADOS A LA UTILIDAD DEL ORNATO PÚBLICO Y LEVANTADOS O CONSTRUIDOS POR LA AUTORIDAD PÚBLICA O CON SU CONSENTIMIENTO: Consiste en un daño de destruir, derribar, mutilar, deteriorar los monumentos, estatuas y otros objetos protegidos y destinados a la utilidad o al ornato público, levantados o construidos por la autoridad pública, o con su consentimiento.

5.5-21-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son cuatro: 1)-Un daño consistente en destruir, derribar, mutilar, deteriorar los monumentos, estatuas y los objetos protegidos;

2)-Que estos objetos estén destinados a la utilidad o al ornato público;

3).-Que el objeto haya sido levantado o construido por la autoridad pública, o con su consentimiento; y

4).-La intención.

5.5-21-2-PENALIDAD: Penas de prisión correccional de un meses a un año, y multa de diez y cien pesos, Arts. 257.

5-5-22-ASOCIACIÓN DE MALHECHORES: Consiste en la asociación formada, cualquier que sea su duración o el número de sus miembros en todo concierto establecido, con el objeto de preparar o cometer crímenes contra las personas o las propiedades.

5.5-22-1-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Los elementos constitutivos de este crimen, son tres: 1)-; La asociación o el concierto;

2)- Que el fin sea de preparar o cometer crímenes contra las personas o las propiedades; y

3).- La intención.

5.5-22-2-PENALIDAD: Reclusión Mayor, Arts. 265 y 266.

ACTIVIDADES DE LA UNIDAD V.

V.- CONTESTE LAS SIGUIENTES PREGUNTAS.

1.- ¿EN QUÉ CONSISTE LA DEGRADACIÓN CÍVICA? Consiste Privar a todas las personas criminales de las Dignidades, Honores, Empleos, Privilegios y Derechos Cívicos, Políticos y Públicos, Civiles y Familiares que por su investidura tiene. Significa: Humillar, rebajar, envilecer o perder la estimación que tenía.

2.- ¿LA DEGRADACIÓN CÍVICA ES DE CARÁCTER CRIMINAL? Si, porque es una pena infamante y accesoria.

3.- ¿SEÑALE LOS ELEMENTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MALHECHORES FUERA DE LOS QUE ESTABLECE LA LEY? . Los elementos constitutivos de este crimen, son tres:

1)-; La asociación de malhechores;

2)-La vagancia; y

3).- La mendicidad.

4.- ¿CUÁNDO LA CONCUSIÓN ES UN CRIMEN? Cuando el inculpado es castigado con la pena de Degradación Cívica, Art. 177, Párrafo IV.

5.- JEROME TIGRE fue sometido a la justicia junto a PEDRO JALAO, ANDELES RAPIDO Y PROBLEMA ANDANTE, por el hecho de que dichos señores procedieron a demoler todos los bancos del parque y una cancha deportiva del Municipio Palmar grande. Porque JEROME TIGRE perdió las elecciones primarias de su Partido Acción Total Arrolladora (PATA).

El Procurador Fiscal de esa jurisdicción calificó estos hechos como de violación a los artículos 265, 266 y 267 del Código Penal.

DETERMINE: Si esta calificación procede.

Si es sí____ _____ ¿Por qué? Si es no____No______ ¿Por qué? Porque el delito cometido, son Daños Hechos a los Monumentos Públicos y otros objetos destinados al Ornato Público y Levantados o Construidos por la Autoridad Pública o con su consentimiento, amparado en el Art. 257, del C. Penal. No es un crimen, sino un delito correccional, que la ley lo que busca es castigar el atentado contra los intereses generales de la ciudad.

EJERCICIO DE AUTOEVALUACIÓN

III.- CONTESTA V o F SEGÚN SEA VERDADERO O FALSO.

1.- ¿La unión de dos o más personas para cometer un delito constituye una asociación de malhechores? ____F_____

2.- ¿La evasión de presos siempre es un crimen? ____F____

Bibliografía

  • CHARLES DUNLOP, Víctor Máximo « Curso De Derecho Penal Especial » Revisado Santo Domingo, República Dominicana : Librería la Filantrópica 1994.

  • PEREZ MENDEZ, Artagnan, « Código Penal Dominicano Anotado » Lib. III. Tit. II. Cap. II. Primera Edición, Taller Santo Domingo D.N. 1991.

  • PLANIOL, « Dol Civil et Dol Criminal », Rev. Crit. Lég. Et jpce. 1893.

  • BOULOC, « L"escroquerie et les infractions Voisines » : Rev. Pénit. 1996.

  • CHAVANNE, Albert. « Le délit d'escroquerie et la politique criminelle contemporaine » Etude de jurisprudence, in Les principaux aspects de la Politique Criminelle moderne, Paris, Cujas, 1960,

  • LEYSSAC, Lucas , « L"escroquerie par simple mensonge »  D.1981.

  • RASSAT, Michèle-Laure, Droit pénal Spécial, « infractions des et contre les particuliers », , 4eme édition, Edition Dalloz 2004.

  • GOYET .F, « Droit pénal spécial », 7ème édition, Edition Sirey.

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

Partes: 1, 2
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