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Anteproyecto de creación de la Facultad de Derecho


Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Misión
  3. Visión
  4. Justificación
  5. Viabilidad
  6. Metodología
  7. Lineamientos de la currícula
  8. Propuesta de malla currícular
  9. Perfil del personal docente
  10. Conclusión
  11. Sugerencia

I. INTRODUCCIÓN.-

En primer término, es preciso dejar constancia que el presente Anteproyecto de Creación de la Facultad de Derecho en la Universidad Autónoma de Nariño (Colombia), fue elaborado por el autor a petición de la colega pastusa, Abogada Fanny Parra, del Departamento de Nariño, en el Sur de Colombia (dado cuenta que a su vez, dicha universidad le había solicitado a la misma, lo propio).

Así también, cabe señalar que el mismo no necesariamente presenta el formato o estructura propia de un anteproyecto, digamos convencional universitario. Sin embargo, contiene los modestos como legítimos puntos de vista del autor respecto del tema in comento. A su vez, es pertinente referir que somos concientes que la viabilidad y justificación no necesariamente coincidirán en su totalidad con lo que realmente acontece en Nariño- Colombia, empero, precisamente allí radica la naturaleza del presente Anteproyecto, toda vez que no se constituye en un proyecto culminado, completo, ni mucho menos oficial. Es justamente un documento, un alcance u aporte destinado a servir de fuente de consulta o guía para la elaboración y aprobación del proyecto final de creación de la mencionada Facultad de Derecho.

Sin embargo, consideramos que la utilidad de los presentes lineamientos, también se extienden para las facultades de derecho existentes no solamente en Colombia; ya que consideramos que el mundo como el derecho no son estáticos e invariables, consecuentemente, este último es modificable y permanentemente perfectible.

Por otro lado, es imprescindible tomar en cuenta lo señalado por Fernando De Trazegnies: "En la Europa del siglo XI, las primeras Universidades se fundan para enseñar Derecho. Y, evidentemente, esto no es una casualidad, no es un azar cultural: las Universidades nacen con miras al Derecho, porque a su vez el Derecho era visto entonces como un modelo de pensamiento riguroso… los estudiantes no acudían a formarse como juristas, sino como hombres; o quizá, creían que formándose como juristas eran hombres mas completos (El Mundo, octubre 1994)[1]". En ese sentido, tenemos que tomar en consideración que cualquier derrotero u orientación que sean opuestos a la naturaleza de creación de una Facultad de Derecho, únicamente lo distorsiona y desnaturaliza.

Este Anteproyecto se fundamenta en el entendido además, que como letrados, no podemos ni debemos permanecer en la inacción y conformismo. En ese orden de ideas, emplazamos a no solo los colegas, al avocamiento/profundización de la investigación de este gravitante y medular tema como es la génesis y naturaleza del presente trabajo; de esta manera, en palabras del jurista Marcial Rubio Correa[2]apuntamos (dado cuenta que, lo que hemos aquí esbozado y concluído; contiene únicamente un carácter conclusivo, mas para nada, definitivo), que debemos bregar por encontrarnos siempre situados y comprometidos en la vereda de la admiración, cuestionamiento y proposionamiento; mas nunca en el de la mera repetición e impertérrita como patética e improductiva contemplación.

Huelga agregar, que el presente Anteproyecto surge de la imperiosa necesidad de contribuir a la asunción de una cada vez mejor política de creación y gestión de una Facultad de Derecho, reiteramos desde nuestro enfoque. Dado que el verdadero compromiso al asumir un decanato, dirección académica o docencia, no tiene como única bandera la muchas veces bochornosa, geológicamente equivocada, como penosa actitud de vanagloriarse en poses por demás mesiánicas, por parte de no pocos abogados, que al asumir dichos cargos, por el solo hecho de ostentarlos se consideran dueños absolutos e infalibles de los destinos de las canteras universitarias de derecho. Olvidando y dejando de lado el importantísimo y trascendente rol que les queda cumplir y que lamentablemente, muchas veces, no solamente no lo asumen de dicha manera, si no que en el colmo de la irresponsabilidad e irreflexibilidad transitan por derroteros totalmente opuestos a la razón de ser o quintaesencia, tanto de la universidad, de la Facultad de Derecho, como de la docencia universitaria. A propósito, lamentamos haber sido testigos de excepción, en repetidas oportunidades, de cómo dichos personajes creen que reafirman, validan o legitiman su accionar cuando hasta el hartazgo exclaman: "como no voy a saber o aplicar tal o cual cosa, si soy decano, director académico o docente", o "claro que se, si yo enseño o he enseñado ese curso o materia"; cuando a todas luces no lo saben (o quizá lo sepan), ni lo aplican de manera correcta y acertada –ya que, entre el decir y el hacer, hay una distancia y diferencia muy marcadas-.

Partes: 1, 2
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