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Uso y colocación de rejas en la vía pública; efectos en el tránsito vehicular y peatonal


Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2.  

    ANÁLISIS JURÍDICO DEL USO Y COLOCACIÓN  DE REJAS EN LA VÍA PÚBLICA Y SUS EFECTOS EN EL DERECHO AL LIBRE TRÁNSITO VEHICULAR Y PEATONAL, EN EL DISTRITO DE JOSé LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO. AREQUIPA 2007

    Resumen

    El presente trabajo tiene por objeto, analizar desde un punto de vista jurídico el uso y edificación de las rejas, y la forma en que estas edificaciones atentan o contribuyen a apoyar como medios alternativos a los derechos y necesidades para la convivencia adecuada y segura de toda persona.

    La generalizada sensación de temor que se vive en la actualidad ha generado una serie de manifestaciones por parte de los ciudadanos: Desde medidas extremas como ajusticiamientos populares hasta medidas preventivas como la organización de rondas urbanas y, en los últimos tiempos, la generalización del uso e instalación  de rejas metálicas en las vías públicas.

    Obviamente que todas las personas y sociedades en general  buscan un Sistema de gobierno que garantice una sociedad que ofrezca paz y bienestar a sus habitantes; nadie desearía ser víctima de asaltos o de algún tipo de amenazas y agresiones que afecten su bienestar social. Es así que uno de los ideales principales detrás de toda sociedad en progreso es convivir en armonía, y en una situación de seguridad pública y ciudadana.

    Sin embargo el problema no es meramente normativo ni sólo se relaciona con el incremento de la violencia y la delincuencia, la principal contrariedad que causa este conflicto es el sentimiento de inseguridad; el ciudadano se "encarcela" así mismo porque se siente inseguro, es decir opta muchas veces en construir rejas de protección, en su urbanización,  aun en su propia casa, ya que percibe que no existe confianza en la capacidad del gobierno para garantizar su seguridad y aplicar justicia, tomando en cuenta que la seguridad ciudadana es una de las funciones primordiales del estado, ya que no puede concebirse a un estado que no vele por la seguridad de sus ciudadanos

    Es natural entonces que la ciudadanía pretenda tomar medidas que se plasmen en la participación activa en la lucha contra la delincuencia y ante estas circunstancias es que los ciudadanos colocan, edifican o construyen las rejas en las entradas, y rutas de ingreso de urbanizaciones y zonas residenciales.

    Pero esta situación implica también que  la ciudadanía se divida y proceda muchas veces  a  resolver sus problemas de manera privada por así decirlo; se termina construyendo  rejas como mecanismos de protección,  buscando satisfacer necesidades de manera particular. Se podría decir que se "privatiza  la seguridad", contraviniendo a la "integración" de la sociedad. Probablemente porque a pesar de que tenemos intereses y necesidades comunes, (como el de la seguridad ciudadana)  todavía no hemos llegado a configurar una comunidad de ciudadanos que sienten que pertenecen a una sociedad que reclaman igualdad de derechos. Una reja generalmente no solo separa a los vecinos de dos urbanizaciones sino que también puede originar la disgregación de estos.

    Por otro lado la propagación desordenada de las rejas, ha ocasionado un problema en el intento de regular su uso, se ha desatado una controversia, ya que ni la Constitución ni la Ley Orgánica de Municipalidades habilitan explícitamente a un gobierno local a dictar medidas de seguridad que impliquen la limitación del derecho al libre tránsito.

    Si bien es cierto que los gobiernos locales no pueden limitar el derecho de libre tránsito, sí tienen el deber de brindar seguridad ciudadana,  no obstante, la vulneración de la libertad de tránsito, que se materializa presumiblemente en las rejas instaladas, devendría en inconstitucional ya que según el artículo 2°, inciso 11, de la Constitución, toda persona tiene derecho "(…) a elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería".

    Muchas veces los vecinos se encuentran ante una decisión difícil; el uso de estas construcciones representa una alternativa para hacer frente a la delincuencia. Sin embargo El propósito de la construcción y uso de rejas en la vía pública, por motivo de seguridad ciudadana no puede restringir la libertad de tránsito, sino tan sólo debe resguardar la seguridad y tranquilidad de los ciudadanos.

    Otra de las controversias se centra en la efectividad de las rejas como mecanismo de protección, y la percepción de la población con respecto a la seguridad que estas brindan. Cabría hacerse la pregunta si ¿realmente estas edificaciones ofrecen seguridad a los distritos que tienen mayor número de rejas instaladas? En fin, ante la presente situación, primero es necesario analizar y concluir, si efectivamente las rejas atentan contra el derecho constitucional de libre tránsito. El tema es amplio por lo que se despliegan varias interrogantes y controversias que pretendo analizar en el desarrollo de la presente investigación.

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