V. Realizar un seguimiento de la integración de los trabajadores con discapacidad, considerar la necesidad de adaptaciones del entorno físico o funcional del puesto y re-evaluar los riesgos laborales del puesto de acuerdo con las características de cada trabajador.
De la misma forma que existe una tendencia a pensar que la integración laboral de las personas con discapacidad se refiere a aquellas que están fuera de la plantilla actual de la empresa, suele prestarse escasa atención a dos situaciones que también encajan con el objetivo de esta guía: las discapacidades temporales y la discapacidad sobrevenida.
– Las actuaciones de evaluación de riesgos, accesibilidad, evaluación de capacidades, etc. que describimos, deberán tenerse en cuenta en situaciones en las que una discapacidad afecte a un trabajador de la plantilla, de forma previsiblemente temporal pero suficientemente duradera para implicar la posible necesidad de cambios en su entorno de trabajo o en sus tareas.
– Por otra parte, existen discapacidades derivadas de enfermedades o accidentes comunes o profesionales que acontecen a trabajadores en activo en la plantilla y que deberían recibir el mismo tratamiento por parte del departamento de recursos humanos que el que aplicamos a la incorporación de nuevos trabajadores con discapacidad a la empresa. Será necesaria una nueva evaluación del puesto de trabajo de la persona en función de su nueva situación, y se deberá considerar la posibilidad de realizar pequeñas adaptaciones en el entorno o en sus tareas con el fin de garantizar la mejor adecuación puesto-persona en beneficio de la empresa y del trabajador mismo. En estos casos, el servicio de vigilancia de la salud o de medicina de la empresa, de considerarlo pertinente, pueden actuar de informadores al trabajador acerca de la posibilidad de reconocer legalmente la nueva situación, con las ya apuntadas reservas de confidencialidad y secreto profesional.
– En el caso de una discapacidad sobrevenida, será importante tener en cuenta la posibilidad de que el trabajador deba someterse a un proceso de rehabilitación física y en algunos casos psicológica, cuya duración e intensidad podrían tener repercusiones en los ritmos de trabajo. Es posible que una discapacidad sobrevenida sea temporal, y que después de la rehabilitación pertinente el trabajador vuelva a las condiciones físicas y personales previas, dejando de necesitar una atención especial.
Sin embargo, durante el proceso de rehabilitación, se deberá plantear la oportunidad de adaptar el lugar de trabajo, el puesto en concreto o los medios y herramientas y los ritmos de trabajo, así como los parámetros de valoración del rendimiento. El Centro Base que le corresponda por zona, emitirá el informe correspondiente a las necesidades de adaptación del puesto de trabajo.
– Es importante reseñar que un número significativo de empresas que han considerado este aspecto, han conseguido mejoras en su clima laboral, así como en el rendimiento de su plantilla y una vía más para el cumplimiento de la normativa vigente.
Caribbean International University
Autor:
Mariand Rubio; Md. Ph.D Coord.
Luis Vescanse; Md.
Natasha Rusler.
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