[1] Sobre el tema se puede ver, entre otros: GARCÍA BELAUNDE, Domingo. Derecho Procesal Constitucional. Temis. Bogotá, Colombia. 2001. Págs. 89-115; TAVOLARI OLIVEROS, Raúl. Habeas Corpus. Recurso de Amparo. Editorial Jurídica de Chile. Santiago, Chile. 1995.
[2] Sobre el Recurso de Exhibición Personal en el ordenamiento jurídico nicaragüense, puede verse, entre otros: AMPIÉ VÍLCHEZ, Mauro. Manual de Derecho Constitucional. UCA-CENED. Managua, 2006. Págs. 392-396; ESCOBAR FORNOS, Iván. Introducción al Derecho Procesal Constitucional. Porrúa-Instituto Mexicano de Derecho Procesal Constitucional. México, D.F. 2005. Págs. 293-297; VALLE PASTORA, Alfonso. Desarrollo Histórico de los Derechos Humanos. Sin lugar y fecha de Publicación. Págs. 119-125.
[3] Ley No. 49. La Gaceta Diario Oficial No. 198 de 19 de Octubre de 1988. Tiene reformas al arto. 6 y 51 mediante Ley No. 205 Publicada en el Diario La Tribuna con fecha 30-11-95; y reformas mediante la Ley No. 643. Ley de reformas y Adiciones a la Ley No. 49, Ley de Amparo. La Gaceta Diario Oficial No. 28 de 8 de Febrero de 2008.
[4] En relación a manifestaciones de estos derechos puede verse lo establecido en normas constitucionales. Por ejemplo, el arto. 5 (respeto a la libertad); 25 incs. 1 y 2 (derechos individuales de libertad y seguridad); 33 (prohibición de detención o prisión arbitraria); 36 (respeto a la integridad física).
[5] Según el arto. 62 Ley de Amparo, cuando mediante un estado de excepción se ha suspendido el derecho de libertad individual, el Recurso de Exhibición Personal queda vigente de conformidad con la Ley de Emergencia. Sobre este punto es necesario ver lo establecido en el arto. 186 Constitución (Derechos que no se suspenden durante los Estados de Emergencia) y el arto. 16 párrafo segundo de la Ley de Emergencia. Ley No. 44. La Gaceta Diario Oficial No. 198 de 19 de Octubre de 1988.
[6] Sobre el tema se puede ver la Sentencia No. 185 de 30 de Junio de 2003. Sala de lo Constitucional.
[7] Como ejemplo de un Recurso de Queja se puede ver la Sentencia No. 185 de 30 de Junio de 2003. Sala de lo Constitucional.
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