Además, de acuerdo con un informe de 2004 de la Organización Internacional para las Migraciones, las personas objeto de trata están expuestas a una serie de problemas relacionados con la salud, y las reacciones psicológicas a su experiencia durante la "cautividad" son complejas y en muchos casos duraderas. Su integración puede ser un proceso de larga duración y complejo.
Las personas objeto de trata necesitan tiempo y un entorno seguro y tranquilo para escapar del poder y la influencia de sus traficantes, para garantizar que se les facilita asesoramiento acerca de sus derechos y se les ofrece asistencia jurídica y de otra índole, para comenzar a recuperarse de su terrible experiencia, y para decidir qué quieren hacer en el futuro, lo que incluye si desean cooperar con los organismos encargados de hacer cumplir la ley. El periodo de reflexión durante el cual las personas objeto de trata pueden pensar si cooperan con las autoridades se establece en un mínimo de 30 días en el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos.
Teniendo en cuenta todo lo anterior se pueden distinguir dos tipos de procedimientos en Nicaragua uno cuando se trata de niños, niñas o adolescentes amparados bajo la ley 287 Código de la Niñez y Adolescencia y el segundo cuando se refiere a personas mayores de 18 años.
En el primer caso, si la víctima se encuentra fuera del territorio nacional las autoridades migratorias realizaran las coordinaciones necesarias para realizar la repatriación, inmediatamente solicitaran al Ministerio de la Familia Adolescencia y Niñez a través de la oficina de Protección Especial hacerse cargo del caso para que estas autoridades apliquen la medida de protección correspondiente.
Una vez que la víctima se encuentra bajo el resguardo del Ministerio de la Familia es ubicado en un centro de protección adecuado a sus necesidades donde se le proporcionara seguridad, alimentación cuido y asistencia psicológica.
Este centro de protección realiza las coordinaciones necesarias para que la víctima realice la denuncia correspondiente o bien se realiza entrevista por parte de auxilio judicial para dar continuidad al proceso y así poder enjuiciar a los tratantes, actores o cómplices del delito.
Además de la asistencia psicológica el Ministerio de la Familia Adolescencia y Niñez realiza todos los esfuerzos necesarios sin escatimar recursos para ubicar a la víctima con los recursos familiares idóneos que le proporcione el cariño, cuido y seguridad que la víctima tanto necesita, pero esto no significa que el Ministerio de la Familia se desvincula del caso, por el contrario se interesa y brinda el seguimiento necesario y realiza coordinaciones para que la persona que fue víctima sea integrada a un grupo de autoayuda donde además de restablecer los lazos de confianza aprenda a realizar tareas manuales que le garanticen poder valerse por si misma en el futuro.
Si el caso de Trata de Personas se produce dentro del territorio nacional los nacionales cuentan con Línea – 133 del Ministerio de la Familia para solicitar ayuda, el analista que recibe la denuncia debe a la mayor brevedad informar el caso a Delitos Especiales de la Policía y a las delegaciones territoriales del Ministerio de la Familia según la jurisdicción del caso, si la denuncia se produjera durante la noche o los fines de semana esa oficina esta en la obligación de coordinar todas las actividades necesarias para poner bajo resguardo y protección a la víctima.
El segundo caso es cuando la víctima de trata es mayor de 18 años, ahí son las autoridades policiales de Delitos Especiales y las Comisarías de la Mujer de los diferentes distritos o departamentos los que se encargan, no obstante si la denuncia se recibe por la línea – 133 del Ministerio de la Familia esta estará en el deber de derivar la información a todos los actores que atienden este tipo de casos.
Consecuencias Físicas y Psicológicas de la Trata en las víctimas:
1 Daño físico o psicológico prolongado o permanente.
2 Infecciones de Transmisión Sexual - VIH/SIDA.
3 Deserción Escolar
4 Embarazo Precoz y no deseado.
5 Abortos forzados.
6 Propensión al alcoholismo o el consumo de estupefacientes.
7 Riesgo de muerte o muertes anónimas.
8 Desintegración Familiar.
9 Estigmatización.
10 Promiscuidad.
11 Miedo a establecer relaciones con personas del sexo opuesto.
12 Trastornos del sueño (Pesadillas, insomnio)
13 Trastornos en la alimentación (Pérdida del apetito, bulimia, anorexia).
14 Cambios de conducta (Timidez, agresividad, aislamiento)
15 Rechazo por parte de familiares o la comunidad
16 Reacciones psicosomáticas (alergias, dolores de cabeza, etc.)
17 Ansiedad
18 Depresión
19 Ideas e Intentos suicidas
20 Conductas de alto riesgo tales como relaciones sexuales sin protección, violencia, comisión de delitos, etc.
21 Baja autoestima, sentimientos de culpa, vergüenza, soledad.
22 Pérdida de la confianza.
23 Riesgo de volver a ser víctima de trata.
¿Cómo podemos ayudar a una víctima de Trata?
1- Protegerla: llevándola a un lugar seguro, creerle, escucharle, no hacerle reproches, no criticarla o culpabilizarla, acompañarla a denunciar, consultar y buscarle otra ayuda profesional.
2- Expresarle afecto, confianza y comprensión. Explicarle que no ha hecho nada malo, ya que con frecuencia se sienten culpables o responsables por lo que pasó.
3- Sensibilizarla en contar su historia y apoyarla en su decisión de contarla.
4- Hay que tener presente que quien explota suele decirles que algo malo le puede pasar si cuenta lo que sucedió.
Régimen jurídico de la Trata de Personas en nuestro país
Art. 182 Pn: Trata de personas con fines de esclavitud, explotación sexual o adopción
Quien en ejercicio de poder o valiéndose de amenazas, ofrecimientos, engaños, promueva, facilite, induzca o ejecute la captación, reclutamiento, contratación, transporte, traslado, retención, acogida o recepción de personas, con fines de esclavitud, explotación sexual o adopción, para que la misma sea ejercida dentro o fuera del territorio nacional, aun con el consentimiento de la víctima será sancionado con pena de prisión de siete a diez años.
Si la víctima es una persona menor de dieciocho años, o persona con discapacidad, o el hecho fuere cometido por algún familiar, tutor o encargado de la educación, guarda o custodia, guía espiritual o comparta permanentemente el hogar familiar de la víctima, o medie una relación de confianza, la pena será de diez a doce años de prisión.
Quien venda, ofrezca, entregue, trasfiera o acepte a una niña, niño, o adolescente en la que medie o no, pago o recompensa con fines de explotación sexual, será sancionado con pena de ocho a doce años de prisión. Igual pena se aplicará a quien oferte, posea, adquiera o acepte la venta de una niña, niño o adolescente con fines de adopción ilegítima.
Recomendaciones para no ser víctima de Trata
1- Desconfiar de desconocidos que te ofrecen empleo o pagarte grandes cantidades de dinero, mas si te piden que te tomen fotografías;
2 - No des tus datos personales o los de tu familia a desconocidos;
3- Indagar sobre los requisitos para obtener el empleo y los datos del lugar donde se trabajará;
4- El pasaporte es un documento personal, no hay que entregárselo a nadie, solamente la policía o los oficiales de migración te lo pueden pedir;
5- Si viajas, decirle a tu familia con quien vas y a donde vas a estar;
6 - No vayas solo(a) a entrevistas de trabajo, pedile a un familiar o amigo que te acompañe;
7- Si tenés oferta de trabajo, averigua el nombre de la persona con la que conversaste, si es una empresa indaga sobre ella.
Conclusión
El presente trabajo fue realizado con el objetivo de adentrarnos al estudio del derecho nicaragüense atreves de el nos daremos cuenta que tipos de fraudes se realizan, como podemos detectar una simulación y fraude en la trata de personas
En este trabajo observamos que los @ adolecentes tienen la mayor vulnerabilidad como riesgo son las familias de escasos recursos económicos.
Así también en este estudio realizado observamos que las y los adolecentes en riesgos hay que brindarle protección ya que son los que representaran nuestro futuros hay que emprender una lucha contra este flagelo que nos asecha día a día asi también con el contrabando de sustancias psicotrópicas, cabe señalar que esto sucede al momento que las familias en los hogares nicaragüenses han sufrido una ruptura o una separación marital y es cuando estos tipos de personas sin escrúpulos se aprovechan de las grandes vulnerabilidad que presentamos.
Bibliografía
Policía Nacional de Nicaragua Auxilio Judicial………………………………….1
Código de la niñez y adolescencia……………………………………………… 2
Organismos nacionales e internacionales con ayuda de la usa id…………… .3
Código Penal de Nicaragua…………………………………………………………4
Autor:
Juan Manuel Saballos Toruño
Tutor: Lic. Jesús Figueroa
Grupo: DJ09A
Facultad De ciencias Jurídicas
DERECHO
III Semestre Dominical Licenciatura en Derecho.
Asignatura:
Exponer el día 19 de octubre de 2014
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