La Estrategia de Gobierno en Línea de cara al futuro (página 2)
Enviado por javier jose salinas acosta
La Ley 1450 de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20102014, en su artículo 227, señala que para el ejercicio de sus competencias las entidades públicas y los particulares que cumplen con funciones públicas deberán poner a disposición de la Administración Pública, bases de datos de acceso permanente y gratuito con la información que producen y administran. De igual forma, el parágrafo 3 del mismo artículo señala que el Gobierno Nacional debe garantizar, mediante la implementación de sistemas de gestión para la seguridad de la información, que el acceso a las bases de datos y la utilización de la información sean seguros y confiables para no permitir su uso indebido.
También la Ley 1450 de 2011 en su artículo 230, establece que todas las entidades de la Administración Pública deberán adelantar las acciones señaladas en la Estrategia de Gobierno en línea, liderada por Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a través del cumplimiento de los criterios que éste establezca.
Por otro lado la Ley 1450 de 2011 en su artículo 232, prevé que los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial deberán racionalizar sus procesos, procedimientos, trámites y servicios internos, haciendo uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con el propósito de ofrecer una oportuna eficiente y eficaz prestación del servicio en la gestión de las organizaciones.
La Ley 1474 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención. Investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública, hace referencia al uso obligatorio de los sitios web de las entidades públicas como mecanismo obligatorio para la divulgación de información pública.
El Decreto -Ley 019 de 2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública, hace referencia al uso de medios electrónicos como elemento necesario en la optimización de los trámites ante la Administración Pública y establece en el artículo 4° que las autoridades deben incentivar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a efectos de que los procesos administrativos se adelanten con diligencia, dentro de los términos legales y sin dilaciones injustificadas;
También el artículo 38 del Decreto -Ley 019 de 2012 establece que la formulación de la política de racionalización de trámites estará a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública con el apoyo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
El decreto 2693 del 21 de Diciembre de 2012 Por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia, se reglamentan parcialmente las Leyes 1341 de 2009 y 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones.
El decreto 2693 estableció el manual para la implementación de la Estrategia de Gobierno en línea. Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones elaborará los manuales para la implementación de la Estrategia de Gobierno en línea para entidades del orden nacional y entidades del orden territorial, articulado con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión de que trata el Decreto 2482 de 2012.
Fue necesario definir los lineamientos para la Estrategia de Gobierno en línea en Colombia para armonizarla con las tendencias mundiales de gobierno electrónico y la nueva normatividad existente en el País y reglamentar en lo pertinente las Leyes 1341 de 2009 y 1450 de 2011 para asegurar que éstos se observen en la utilización de medios electrónicos por parte de las entidades del Estado.
Autor:
Javier José Salinas Acosta
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