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Asebaxter. Acta constutiva de la asociación de empleados de Baxter (página 2)

Enviado por Ines Quir�s


Partes: 1, 2

DE LOS RECURSOS ECONOMICOS DE LA ASOCIACIÓN: COTAVO: La Asociación tendrá los siguientes recursos económicos: a) los pagos de ingresos extraordinarios y los ahorros que hagan los asociados, así como las contribuciones para fines específicos: b) el aporte de la empresa o patrono, que quedará en custodia y administración de la Asociación como fondo de reserva para prestaciones a través de aportes mensuales que no podrán ser inferiores al 8.33 por ciento del total de los salarios reportados en las planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social; c) los ingresos por donaciones, herencias o legados que pueden corresponderle; d) cualquier otro ingreso lícito que reciba.

NOVENO: Los asociados deben realizar un ahorro mensual que será fijado por la Asamblea General de conformidad con el inciso a) del Artículo dieciocho de la Ley, y que autorizará al patrono para que lo deduzca del salario y lo entregue a la Asociación. APORTE PERSONAL SERA DE UN OCHO PUNTO TREINTA Y TRES.

DE LAS ASAMBLEAS GENERALES: DECIMO: La Asamblea General, legalmente convocada es el órgano supremo de la Asociación y expresa la voluntad colectiva de las materias de su competencia.

DECIMO PRIMERO: Se celebrará mínimo una asamblea anual ordinaria en el mes de Noviembre para conocer al menos de los puntos que establece el artículo veintisiete de la Ley.

DECIMO SEGUNDO: Las reformas parciales o totales de los Estatutos o la disolución, deberá hacerse en una Asamblea Extraordinaria, representada por lo menos por las tres cuartas partes del total de los asociados y las resoluciones se tomarán válidamente por el voto de los que representen más de las dos terceras partes del total de los asociados presentes.

DECIMO TERCERO: Para que una Asamblea Ordinaria se considere legalmente reunida en primera convocatoria, deberá estar representada en ella, por lo menos la mitad de los asociados y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por más de la mitad de votos presentes.

DECIMO CUARTO: Si la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria se reuniere en segunda convocatoria se constituirá válidamente cualquiera que sea el número de asociados que concurra, y las resoluciones habrán de tomarse por más de la mitad de los votos presentes, si se trata de asuntos ordinarios y por más de las dos terceras partes de los presentes si fueren asuntos extraordinarios.

DECIMO QUINTO: Las Asambleas serán convocadas por la Junta directiva o por su Presidente, con ocho días de anticipación por lo menos, por medio de carta circular.

DE LA JUNTA DIRECTIVA Y FISCAL: DECIMO SEXTO: La dirección administrativa y ejecutiva de la asociación estará a cargo de una Junta Directiva, compuesta por SIETE miembros que serán: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO. VOCAL I, VOCAL II, VOCAL III. NOTA: Ver reforma. Reformado el: 2/12/89.

DECIMO SETIMO: Los miembros de la Junta Directiva durarán en su cargo…2… año (s), pero podrán ser reelectos indefinidamente.

DECIMO OCTAVO: La Junta Directiva sesionará ordinaria y extraordinariamente en el lugar, día y hora que se determine. Habrá quórum con más de la mitad de los miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes.

DECIMO NOVENO: La representación judicial y extrajudicial de la Asociación corresponde al Presidente con facultades de apoderado GENERALÍSIMO SIN LIMITE DE SUMA. En caso de ausencia le sustituirá con iguales atribuciones el Vicepresidente. Reformado el: 2/12/89

VIGÉSIMO: La vigilancia de la Asociación estará a cargo de un Fiscal asociado o no, y tendrá como atribuciones las indicadas en el artículo ciento noventa y siete del Código de Comercio. Habrá un Suplente de Fiscal, quien sustituirá al Fiscal en sus ausencias temporales o definitivas. El Fiscal y el Suplente de Fiscal durarán en sus cargos por ..2..año(s) y podrán ser reelectos indefinidamente. Ref. 15/11/03 con alternabilidad.

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN: VIGÉSIMO PRIMERO: La Asociación en virtud de sus fines es de duración indefinida.

VIGÉSIMO SEGUNDO: La Asociación se disolverá por cualquiera de las causas que determine el artículo cincuenta y seis de la ley.

VIGÉSIMO TERCERO: En caso de disolución, el Juez Civil del domicilio de la Asociación nombrará un liquidador a quien se le fijarán sus facultades en el acto de su nombramiento y quien distribuirá los remanentes entre sus afiliados, en proporción a sus ahorros y aportes.

VIGÉSIMO CUARTO: Corresponderá al Presidente, Vicepresidente y al Tesorero de la Junta Directiva registrar sus firmas en las cuentas corrientes que abra la Asociación en cualquiera de los Bancos del sistema Bancario Nacional. Todo cheque deberá ser girado con la firma mancomunada de dos de cualquiera de estos tres directivos.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS: PRIMERO: Se hacen los nombramientos de la Junta Directiva y la Fiscalía para el primer período, que va de hoy hasta el (día) MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.

Resultando electos: PRESIDENTE: ENRIQUE HUMBERTO VALVERDE SOLANO, VICEPRESIDENTE: FERNANDO ENRIQUE SOLERA ESPINOZA, SECRETARIO: NURIA ALFARO VÁZQUEZ, TESORERO: MAGIN JOSE MORA ESQUIVEL, VOCAL I: ELIAS ORTEGA MARTINEZ, VOCAL II: MARIO SAENZ OROZCO, VOCAL III: MANUEL ANTONIO MONTOYA BRENES, FISCAL: HENRY FERNÁNDEZ LEDESMA, SUPLENTE FISCAL: JORGE ELISEO CENTENO VALVERDE, de calidades antes dichas; quienes estando presentes aceptan sus cargos y entran en posesión de los mismos.

SEGUNDO: Se comisiona al Notario Público Hubert Steinvorth Sauter, para que protocolice en lo conducente e inscriba la presente acta en el Registro de Asociaciones Solidaristas.

Se declaran firmes los acuerdos tomados en esta Asamblea. A las DIECISIETE horas del mismo día se da por terminada esta reunión y se levanta la presente acta.

Nota: En esta plana línea trece, después de "mismos" léase: "quienes declaran bajo la fe del juramento no tener impedimento legal alguno para el ejercicio del cargo según el artículo catorce de la ley".

NOTIFICACIONES: Las oiremos en la oficina del Licenciado Hubert Steinvorth Sauter, sita en calle tres, avenidas seis y ocho, número seiscientos cincuenta y dos, ó al apartado______, San José.

NOTA: EN PLANA DOS LINEA TREINTA DESPUÉS DE "INFERIORES AL" OMITASE LO ESCRITO ENTRE PARÉNTESIS Y EN SU LUGAR LEASE CLARAMENTE CUATRO POR CIENTO. EN ESTA PLANA LINEA CINCO DESPUÉS DE "HASTA EL" Y ANTES DE "MES" NO SE LEA LO ESCRITO ENTRE PARÉNTESIS. UNION SOLIDARISTA COSTARRICENSE APDO. 2332-1000 SAN JOSE.

Acta de la sesión de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de asociados de la ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE BAXTER HEALTHCARE celebrada en San José, a las diecisiete horas del día 18 diciembre de 1995.

La Asamblea fue debidamente convocada conforme lo indican los Estatutos y encontrándose presente el quórum de ley, en segunda convocatoria, toman por mayoría de votos, los siguientes acuerdos.

ASUNTOS ORDINARIOS:

ARTICULO PRIMERO: Informe del Presidente. Aprobado (X)si ( )no. ARTICULO SEGUNDO: Informe del Tesorero. Aprobado (X)si ( )no. ARTICULO TERCERO: Informe del fiscal. Aprobado (X)si ( )no. ARTICULO CUARTO Asuntos varios ( ) Hubo (X) No hubo. Detalle adjunto. ARTICULO QUINTO: Por estar próximo a vencer el período de la Junta Directiva y Fiscalía, se procede a integrar la nueva Junta Directiva y Fiscalía, que fungirá del período comprendido entre el día primero de enero de 1996 al mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete, resultando electos:

PRESIDENTE: José Tomás Páez Fernández, cédula de identidad no. 1-522-596.

VICEPRESIDENTE: Jorge Perera Heinrich, cédula de identidad No. 1-741-005.

TESORERO: Oswaldo Álvarez Velásquez, cédula de identidad No. 1-716-563.

SECRETARIA: Shirleyann Williams Smith, cédula de identidad No. 7-091-914.

VOCAL UNO: Olga Acuña Salas, cédula de identidad No. 3-203-668

VOCAL DOS: Freddy Mata Navarro, cédula de identidad No. 1-786-436.

VOCAL TRES: Manuel Canales Machado, cédula de identidad No. 5-219-768.

FISCAL: Manfred Goyenaga Rodríguez, mayor, casado, vecino de

Guadalupe, Supervisor de Contabilidad, con cédula No. 1-753-489.

SUPLENTE FISCAL: Ana Isabel Abarca Cerdas, mayor, soltera, vecina de Tejar de Cartago, Asistente de Compras de Materiales, con cédula

No. 3-290-747.

Todos los nombrados se encuentran presentes, aceptan sus cargos, entran en posesión de los mismos a partir de la fecha indicada y declaran bajo la fe del juramento no tener impedimento legal alguno para el ejercicio del cargo, según el artículo catorce de la ley.

ASUNTOS EXTRAORDINARIOS

ARTICULO SEXTO: Reforma de estatutos: Se reforma el artículo octavo de los estatutos para que se lea así. La Asociación tendrá los siguientes recursos económicos: a) los pagos de ingresos extraordinarios y los ahorros que hagan los asociados, así como las contribuciones para fines específicos; b) el aporte de la empresa o patrono, que quedará en custodia y administración de la Asociación como fondo de reserva para prestaciones a través de aportes mensuales que no podrán ser inferiores al ocho punto treinta y tres por ciento del total de los salarios reportados en las planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social, c) los ingresos por donaciones, herencias o legados que pudieren corresponderle, d) cualquier otro ingreso lícito que reciba. Se reforma el artículo décimo primero: Se celebrará mínimo una Asamblea anual ordinaria en el mes de noviembre para conocer al menos de los puntos que establece el artículo veintisiete de la ley. Se reforma el artículo décimo sexto: La dirección administrativa y ejecutiva de la asociación estará a cargo de una Junta Directiva, compuesta por SIETE miembros que serán: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO, VOCAL I, VOCAL II, VOCAL III. La Junta Directiva, facultará y supervisará la ejecución de las tareas encomendadas a la Gerencia Administrativa y le asignará los poderes que la ley le otorgue. Las anteriores reformas al estatuto fueron aprobadas por unanimidad.

TRANSITORIO. La vigencia de la reforma al artículo décimo sexto será a partir de la celebración de esta Asamblea por única vez. Así, la Junta directiva en esta asamblea vence su período en noviembre de mil novecientos noventa y siete para así ajustarlo a la reforma de los estatutos.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las diecinueve horas del dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.

 

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PRESIDENTE – SECRETARIO

Acta de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociación solidarista de Empleados de Baxter, celebrada en las instalaciones de la empresa en Cartago a las dieciséis horas con treinta minutos del día veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y nueve. La Asamblea fue debidamente convocada como lo establece la ley y en segunda convocatoria se toman por unanimidad los siguientes acuerdos:

Artículo 1: Se reforma por unanimidad el Artículo Décimo Sétimo que en la actualidad dice: "Los miembros de la Junta Directiva durarán en sus cargos dos años, pero podrán ser reelectos indefinidamente, para que en adelante diga así: Artículo Décimo Sétimo: Los miembros de la Junta Directiva durarán en sus cargos dos años, de la siguiente manera, en años pares vence su período el Vicepresidente, Tesorero, Vocal Uno y Vocal Tres y en años impares vence su período el Presidente, Secretario y Vocal Dos y podrán ser reelectos indefinidamente. La presente reforma entra en vigencia a partir del período que inicia el primero de diciembre de mil novecientos noventa y nueve y para adecuar los períodos a la presente reforma, el cargo de Vicepresidente, Tesorero, Vocal Uno y Vocal Tres, que serán nombrados en noviembre de mil novecientos noventa y nueve, tendrán vencimiento en noviembre del dos mil. Artículo 2: Se concede poder amplio y suficiente al Notario Público, Licenciado Jesús Sequeira Muñoz, para que proceda a gestionar la debida inscripción de la presente documentación, pudiendo hacer las enmiendas y aclaraciones pertinentes si fuera del caso. Sin más asuntos por tratar se levanta la sesión a las dieciocho horas del día antes citado.

 

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Alberto Quesada Rivera – Isabel López Delgado

Presidente – Secretaria

Acta de la Asamblea General extraordinaria y ordinaria de la asociación de empleados de Baxter, realizada en el Hotel Cariari, a las diecisiete horas del quince de noviembre del dos mil tres. La asamblea fue debidamente convocada conforme lo indican nuestros estatutos y encontrándose presente el quórum se inicia en segunda convocatoria y se toman por unanimidad y mayoría de votos los acuerdos siguientes: ASUNTOS EXTRAORDINARIOS: Artículo primero: Se reforma mediante el voto unánime el artículo vigésimo (20) de nuestros estatutos para que en lo sucesivo se lea así: "La vigilancia de la asociación estará a cargo de un fiscal, asociado o no, y tendrá como atribuciones las indicadas en el artículo ciento noventa y siete del Código de Comercio. Habrá un suplente de fiscal quien sustituirá al fiscal en sus ausencias temporales o definitivas. El fiscal y suplente de fiscal durarán en sus cargos por dos años así: en año par se nombra el fiscal y en año impar el suplente de fiscal, sus nombramientos se harán en asamblea general ordinaria y podrán ser reelegidos por períodos consecutivos no mayores de dos años. ASUNTOS ORDINARIOS: Artículo segundo: Se leyeron, discutieron y aprobaron los informes de la presidencia, tesorería y fiscalía. Artículo tercero: A causa de estar próximos a vencer algunos períodos de miembros del órgano de Junta Directiva se procede a un nombramiento quedando así: Presidente: Álvaro Ramírez Sancho, mayor, soltero, vecino de Cartago, Economista, cédula de identidad uno-nueve cinco uno-cuatro dos seis. Secretario: Yuri Montero Quesada, mayor, casado, vecino de Cartago, Ingeniero de Validaciones de Software, cédula dos–cuatro cuatro cero–dos cuatro ocho. Vocal dos: Lizeth Yorlenny Gómez Gómez, mayor, divorciada, vecina de Cartago, inspectora de Calidad, cédula de identidad tres–tres tres cero– seis dos cuatro. Artículo cuarto: Se concede poder amplio y suficiente al Abogado y Notario, Licenciado Gustavo Infante Meléndez, para que proceda a gestionar la debida inscripción de la presente documentación, pudiendo hacer las enmiendas y aclaraciones pertinentes si fuera del caso.

 

 

 

Autor:

Inés Quiroz Acuña

Partes: 1, 2
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