- Introducción
- Génesis del recurso de casación
- Antecedentes del recurso de casación en el Perú
- Situación actual de la Casación
- Nuevas tendencias
Introducción
El Dr. Carlos Parodi Remón, Profesor Emérito de nuestra Alma Mater Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Ex Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, al referirse al tema: se pregunta: La Corte Suprema: ¿Corte de Instancia o Corte de Casación?, y al comentar dicha opinión dice que: "El Derecho Procesal, es la rama jurídica que más une al hombre con el Derecho, es aquella que se encuentra en plena evolución y los esfuerzos que hagan los estudiosos para destacar su importancia, tienen sólo un objetivo determinado: mejorar la administración de Justicia para lograr la recuperación de la credibilidad en el sistema judicial peruano (1)
Y, agrega: "…..que, precisamente la desmitificación de ciertos conceptos que hasta hace poco eran considerados como verdades sabidas: la Cosa Juzgada y la Casación, inspiran a precisar ¿cuál debe ser el rol que debe cumplir la Corte Suprema: Instancia o Casación? (2)
Tomando dicha ruta, el objetivo del presente trabajo; no es otro que el recurso de Casación en nuestra legislación Peruana cumpla con el valor axiológico de Justicia a través de sus fines. Nuestra Corte Suprema como máximo exponente del Poder Judicial, no puede escudarse en la frase: que no es sede de instancia y, que por tal motivo al resolver un recurso de casación no tenga en cuenta los hechos fácticos o de fondo, ciñéndose sólo a casar las sentencias que infringen la ley por error in iudicando o in procedendo.
La inspiración del referido Profesor Emérito, va acompañada de la opinión versada del Maestro Dr. José A. Silva Vallejo, cuando ante una de mis interrogantes en clase respecto al presente tema dijo: LA CASACIÓN NO DEBE EXISTIR, SI SOLO VE FUNDAMENTOS DE DERECHO Y NO HECHOS (3)
Compartiendo dichos pensamientos y para cumplir este objetivo, el presente trabajo lo he dividido en Capítulos y sub capítulos, mediante los cuales explicaré la génesis del recurso de casación en el Derecho comparado como en el Perú, así como una explicación de la situación actual, sus nuevas tendencias en la doctrina y jurisprudencia; y concluir con mi aporte en el sentido que resulta necesario – según mi modesta opinión – se modifique sustancialmente el Art. 384 del Código Procesal Civil, respecto a los fines que debe cumplir el recurso extraordinario.
Como fuentes de consulta he tenido en cuenta los textos de grandes autores, como Piero Calamandrei en su obra "La Casación Civil", Augusto Mario Morello en "La nueva etapa del recurso extraordinario", Ernesto Gaviola con su texto "Certiorari", "los fundamentos del Derecho Civil" de Giovenda, "El tratado de Derecho Procesal Civil" del. Dr. Jorge Carrión Lugo, así como el "Pensamiento jurídico y Filosófico" del Maestro José Silva Vallejo, también revistas de Derecho de Puerto Rico y data electrónica de la Escuela de Graduados de la Maestría en Derecho Procesal de la Pontificia Universidad Católica.
Así, finalizo esta presentación, sólo para referirme que este trabajo solo tienen conclusiones que motivan la modificación del Art. 384 del Código Procesal Civil, para lo cual anexo como propuesta un proyecto de ley, porque comparto la idea: que el Derecho es una Ciencia Social por excelencia y por lo tanto no abriga dogmas, sólo debe mantenerse a través de planteamientos y propuestas de soluciones con el único fin de alcanzar la paz social. En suma, propongo que el recurso de casación en nuestra Patria, no sólo debe cumplir con la función nomofiláctica sino también dikelógica.
El autor.
(1) Dr. Carlos Parodi Remón, La Corte Suprema: ¿Corte de Instancia o Corte de Casación? Publicado en el blog de la Escuela de Graduados en Derecho Procesal de la Universidad Católica.
(2) Parodi Remón Carlos, "Dos mitos que desaparecen", en Revista Iberoamericana de Derecho Procesal, Nº 3, 2003, p.61. Además, en Cuadernos Procesales, Órgano de divulgación del Colegio de Profesores de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México AC Nºs 17-18, p.54
(3) Frase tomada de las lecciones del Curso "Teoría General del Proceso". Dr. Silva Vallejo. Ciclo I – 2010. UMSM.
CAPITULO I
Génesis del recurso de casación
SUB CAPÍTULO I
ANTECEDENTES EN EL DERECHO COMPARADO
EN EL DERECHO FRANCES.
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