- Introducción
- Funciones de la prisión
- Argumentos a favor de la prisión
- Argumentos en contra de la prisión
- Reacción ante los problemas de la prisión
- Conclusiones
- Bibliografía
Resumen
La prisión tal como está organizada y funciona en la actualidad, ha fracasado si la comprobamos con la institución que despertaba tantas esperanzas, cuando fue inicialmente concebida en el siglo XVII.
En épocas recientes ha dado lugar a que se hable de una crisis, de una decadencia, de un fracaso, de un crepúsculo de la prisión tomando en consideración los altos índices de reincidencia pues estudios realizados en nuestro país sostienen que las cifras de reincidencia son del 43% de la población total en la cárceles de Santa Martha y de Almoloya de Juárez. Otros estudios realizados en Estados Unidos de Norteamérica demuestran que más de la mitad de las personas que salen de prisión vuelven a cometer un delito.
Introducción
En el presente trabajo se analizan las funciones de la prisión que como pena se le han atribuido, en el que se hace refleja que tanto la prevención especial como la prevención general están lejos de la realidad.
En la doctrina penal se exponen argumentos como que la prisión tiene un carácter humanitario con respecto a la pena de muerte u otras penas igualmente infames; así como que conserva su eficacia incapacitadota para impedir o limitar la acción antisocial de aquellos delincuentes considerados altamente peligrosos. No obstante loas argumentos a favor de la prisión se han vertido innumerables argumentos en contra de dicha pena por su abuso y efectos nocivos, por lo que se propicia la imposición de alternativas a esta pena.
En este trabajo se empleo el método deductivo, inductivo y analítico; utilizando como técnica la documental.
Funciones de la prisión
El maestro, Rodríguez Manzanera[1]dice que la prisión como pena debe cumplir fundamentalmente la función de prevención especial, sin olvidar la función secundaria de reforzamiento de prevención general.
a) La prevención especial se cumple cuando al delincuente se le aísla de la sociedad y por ende esta función sólo se cumple en un principio, es decir, mientras cumpla su pena.
b) La prevención general se fortifica con la aplicación de la sanción haciéndole saber al delincuente que la punibilidad para determinada conducta no era vana.
En investigaciones recientes realizadas por Marco del Pont[2]sobre ladrones arrogan como resultado que la prevención especial está alejada de la realidad que el mismo llama "el mito de la prevención especial" pues los grados de reincidencia son en la actualidad asombrosamente altos con la aplicación de la pena de prisión; esta función retributiva de esta pena como acertadamente lo afirma Rodríguez Manzanara[3]sólo en teoría ha sido superada, porque en la realidad el derecho penal con la ejecución de ésta pena responde a la ofensiva hecha a la sociedad; la mayoría de profesionales dicen que no bastaría la anterior finalidad, sino que es deseable que cumpla una función socializadora, es decir, que haga de la persona privada de su libertad un individuo apto para regresar a la vida en la sociedad.
En otras indagaciones profesor Mañanera[4]en lo referente a la prevención general el penalista llega a afirmar que como la otra prevención; está, también es un mito pues ya que es una falacia creer que una ley llegue a ser conocida por todos los ciudadanos de un país, cuando la desconocen incluso quienes en razón de su profesión deberán tener un conocimiento acabado de la misma; y en consecuencia si hay un desconocimiento de la norma penal es una quimera pensar que evita determinadas conductas antisociales.
Argumentos a favor de la prisión
Una parte de la doctrina penal defiende a la pena de prisión asignándole los siguientes atributos:
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