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Violación de la intimidad

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Partes: 1, 2, 3

    1. Prologo
    2. Descripción típica (artículos del C.P.)
    3. Bienes jurídicos protegidos
    4. Sujetos
    5. Circunstancias
    6. Tentativa
    7. Consumación
    8. Sanción
    9. Conclusiones
    10. Recomendaciones
    11. Bibliografía

    PROLOGO

                En el Perú recién en la Constitución de 1,979 (Art. 2, inc. 5) se reconoce y protege la intimidad como tal, por ello es que hubo la necesidad de otorgar protección jurídica a éste ámbito, con el convencimiento que es el rincón de la creatividad, de las ideas propias, de las opiniones personales, en otras palabras, es el trampolín básico e indispensable para el ejercicio de los demás derechos, resultando ser la expresión máxima del derecho a la libertad y la posibilidad de un desarrollo armonioso de la persona en la colectividad.

                Con la promulgación del Código Civil de 1,984, se reguló más específicamente el derecho a la intimidad al considerarlo en su artículo 14. Este artículo precisa que :"la intimidad de la vida personal y familiar no puede ser puesta de manifiesto sin el asentimiento de la persona, o si ésta ha muerto, sin el de su cónyuge, descendientes, ascendientes o hermanos, excluyentemente y en este orden".

                No obstante, la vulneración a la intimidad personal seguía su curso inexorable en perjuicio evidente de la personalidad de su titular, haciéndose uso para ello de instrumentos, procesos técnicos o medios parecidos. En tal sentido, al legislador del Código Penal de 1991 no le quedó otra alternativa que incorporar el derecho a la intimidad como un bien jurídico penal, es decir, como un interés de ser protegido penalmente.

                Así tenemos que los artículos 154 al 158 del Código Penal regulan el delito de violación de la intimidad en sus diversas formas. En ese sentido,  el presente trabajo desarrollo la estructura de este tipo de delitos cuidando con precisar los aspectos específicos de cada dispositivo legal así como las características y demás propios de los ilícitos penales.

    Siendo ello así, el presente trabajo se divide en ocho items para al final llegar a las conclusiones del trabajo y esbozar, según nuestra perspectiva, algunas recomendaciones.

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