Diagnóstico de las condiciones de trabajo y perfil de salud de los trabajadores del Instituto Autónomo de Recaudación de tasas de aseo domiciliario, comercial, industrial e institucional del Municipio Girardot (IARAGIR)
Enviado por Dra. Lilia R. Herrera de P.
Introducción
El presente trabajo de grado tiene como propósito elaborar un diagnóstico de las condiciones de trabajo y perfil de salud de los trabajadores recolectores de desechos del Instituto Autónomo de Recolección de la Alcaldía de Girardot (IARAGIR).
El factor humano representa dentro de este Instituto un elemento de suma importancia y por consiguiente para alcanzar un excelente desarrollo de las actividades laborales, debe procurársele a estos trabajadores un medio ambiente de trabajo adecuado, con la finalidad de preservar la salud de sus trabajadores. En la legislación laboral existen diferentes normas que regulan la aplicación de medidas preventivas para abordar los riesgos a que están expuestos los trabajadores en sus lugares de trabajo. Estas medidas buscan prevenir los riesgos en el trabajo y promover la salud, mediante la identificación, evaluación y control de los riesgos y peligros asociados a la actividad productiva. Pero la legislación por sí sola no basta para advertir y evitar los daños; se requiere que la empresa asuma desde el inicio de la actividad empresarial una conducta preventiva, evaluando la naturaleza de los riesgos de la actividad, así como las respectivas medidas preventivas que necesita aplicar.
El principal factor de riesgo en salud laboral es la ignorancia o el desconocimiento del riesgo, la carencia de información así como de participación de los trabajadores. Los diferentes mecanismos de capacitación, difusión e información de los riesgos derivados del trabajo, así como la forma de prevenirlos resulta algo fundamental para el cumplimiento de la normativa y para el ejercicio de un trabajo seguro y que garantice condiciones favorables para trabajadores y empleadores.
Las condiciones y el medio ambiente de trabajo no están constituidos por fenómenos aislados, desconectados entre sí y sin relación con el resto de la vida del trabajador. Los peligros constituidos por instalaciones en mal estado o por el medio ambiente físico, malas condiciones de trabajo, largas jornadas de trabajo o las jornadas mal organizadas, ritmos de trabajo excesivos y remuneraciones dependientes del rendimiento son factores de riesgo para la ocurrencia de accidentes y enfermedades del trabajo. Estas condiciones repercuten de manera directa en la calidad de vida laboral y familiar de las personas.
Con la realización de este trabajo el objetivo principal es la creación de un diagnostico de las condiciones de trabajo y del perfil de salud de los trabajadores de la Alcaldía que establezca criterios teóricos y prácticos con respecto al manejo de la información y la intervención y nos permita la detección y atención oportuna de los accidentes laborales, con la detección precoz y la prevención de los factores de riesgo.
La Ley General de la Seguridad Social define el concepto de accidente de trabajo de la siguiente manera: "toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo que efectúe por cuenta ajena.
La Ley de Prevención entiende que los daños para la salud también comprenden "las patologías causadas o potenciadas por los esfuerzos repetidos o continuados, físicos o mentales, realizados en el ejercicio del trabajo".Las manifestaciones de estos daños pueden ser dolores de diversa índole, restricciones de movilidad, etc. Las causas pueden tener que ver con posturas inadecuadas, descansos insuficientes, etc.
En salud ocupacional, especialmente los responsables de evaluar los riesgos principalmente son las empresas y los trabajadores, han buscado priorizar las acciones preventivas, mejorar el sistema de información, identificar y fortalecer la notificación de enfermedades relacionadas con el trabajo, así como lograr compresión de las enfermedades de origen ocupacional que afectan al trabajador.
La aprobación de la Reforma de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), tiene la competencia de elaborar el proyecto de normas técnicas que regularán la materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, tal como lo establece el artículo 18, numeral 4 de la presente Ley.
La Dirección de Higiene, Seguridad y Ergonomía del Inpsasel se planteó la elaboración de estas normativas técnicas "que tienen como objeto llenar los vacíos técnicos que dificultan la aplicación práctica de la Lopcymat, es por ello que vamos a partir de la revisión de las Normas COVENIN (Comisión Venezolana de Normas Industriales) y otras de origen nacional e internacional en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo para adaptarlas a nuestra realidad". Es trascendental porque las normas que regían la seguridad y salud en el trabajo se realizaban a través de Fondo norma, las cuales eran aprobadas por el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (Sencamer). Ahora las normas las van a realizar desde el Inpsasel con la intención de que los trabajadores puedan hacer las consideraciones al respecto, atendiendo el principio de participación establecido en la constitución y desarrollado en la Lopcymat", "Esta actividad constituye una demostración de las líneas estratégicas que tiene el Inpsasel y el Ministerio del Trabajo, de fortalecer el sistema único inspección de trabajo, mediante la coordinación de jornadas como estas. Esperamos a través de esta actividad tener un papel de trabajo de las normas técnicas para poder sacarla en resolución ministerial y hacer de ella un uso obligatorio".
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