- Antecedentes
- Definición
- Importancia
- Clases de comparación
- Recepción
- Influencia e inspiración
- Fusión de derechos
- Escisión de derechos
Generalidades
El derecho comparado no sólo es útil para hacer comparaciones jurídicas, por lo cual es claro que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas comparatistas para que de esta manera puedan dar a conocer sus conocimientos en un mundo que es cada vez mas competitivo, lo cual merece los estudios por parte de los tratadistas. Y en todo caso se hacen necesarios los estudios necesarios a efecto de determinar la importancia del derecho comparado, para lo cual deben los autores dar a conocer sus opiniones, en un medio en el cual todo es cada vez mas necesario y urgente, por ello, esperamos que en el derecho peruano se realicen mayor número de publicaciones sobre el derecho comparado, no sólo externo e internacional, sino también interno, lo que debe ser materia de estudio a efecto de poder realizar aportes al derecho.
El derecho comparado debe ser estudiado por todos los abogados, ya que si no es estudiado como disciplina principal, puede ser estudiado como complemento, lo cual debe motivar los correspondientes estudios de investigación.
Cuando uno hace comparaciones o propone recepciones, en doctrina se conoce este hecho como hacer derecho comparado, lo cual debe motivar los estudios correspondientes.
Si un jurista no conoce el derecho comparado es claro que no podrá dominar a cabalidad la rama del derecho o disciplina jurídica materia de estudio, por ejemplo si se dedica al derecho civil, no podrá dominar ésta si no conoce o domina el derecho comparado, por lo tanto, sugerimos o dicho de otra forma proponemos su estudio, a efecto de poder dominar mas o conocer mejor el derecho, todo esto a través del estudio del derecho comparado. Y esto no sólo ocurre en el derecho civil, sino en todas las ramas del derecho y disciplinas jurídicas, por ello, este tema debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.
Si un jurista conoce el derecho comparado es claro que puede conocer mejor o dominar mejor el derecho nacional, por lo cual es claro que conviene estudiar derecho comparado, para que se pueda conocer las diferencias y similitudes con otros sistemas jurídicos o diferencias dentro del mismo, porque el derecho comparado no sólo puede ser externo o internacional, sino que también puede ser interno.
Antecedentes
En toda sede conviene estudiar los antecedentes del tema estudiado a efecto de poder comprender el mismo en la historia del derecho, siendo ésta última una disciplina jurídica, la cual es materia de estudio por parte de algunos tratadistas a los cuales se les conoce o denomina como historiadores del derecho o historiadores jurídicos, los cuales buscan o estudian o dicho de otra forma investigan los antecedentes del tema estudiado, como es por cierto el derecho comparado, al menos en esta sede.
El derecho comparado tiene pocos antecedentes, sin embargo, algunos se retrotraen a las doce tablas, sin embargo, esto es muy discutible en la doctrina, lo cual debe merecer los correspondientes estudios por parte de la indicada, y en este sentido es claro que debe merecer los estudios de los tratadistas. Es decir, en la doctrina muchos temas son debatidos o discutidos, lo cual motiva la publicación de trabajos explicando o citando las diversas opiniones y en este sentido es claro que ha merecido muchas publicaciones por parte de los tratadistas.
El derecho comparado tiene ciertos antecedentes, dentro de los cuales podemos citar el primer congreso internacional de París de 1900, entre otros.
Otros antecedentes son los libros de derecho comparado, dentro de los cuales destaca el trabajo de CONSTANTINESCO, el cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas del derecho comparado, los cuales son conocidos como comparatistas o comparativistas.
En el derecho peruano podemos citar como antecedente el libro de esta disciplina jurídica de Julio AYASTA GONZALES, el cual constituye un gran aporte en toda la historia del derecho comparado peruano, por lo cual esperamos que los lectores e investigadores del presente tengan acceso a dicha fuente de información.
Existen algunos otros antecedentes sobre o a cerca del derecho comparado, lo cual debe merecer los estudios por parte de los comparatistas que se dedican al estudio de su historia o antecedentes, el cual no es un tema igual que los antecedentes legislativos, sino que se trata de otro tema como es por cierto los antecedentes del derecho comparado.
En la parte final del libro de René DAVID se ha citado algunas fuentes de información sobre derecho comparado, sin embargo, esto no ha rendido los frutos correspondientes, por ello, esperamos que los comparatistas aprovechen este apoyo para poder publicar libros de derecho comparado, de tal forma que el mismo progrese en un medio en el cual existen pocas publicaciones sobre esta disciplina jurídica.
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