- Concepto
- Obligaciones sin plazo establecido
- Obligaciones con plazo establecido
- Modificación legal del plazo
- Modificación voluntaria del plazo
- Cómputo del plazo
- Plazo y condición
- Cuestionario
- Bibliografía
Concepto
Es el espacio de tiempo que se fija, ya sea por ley, por el juez o por las mismas partes, en sus convenciones en vista del cumplimiento de los hechos o actos jurídicos determinados.
La idea de tiempo se utiliza se utiliza para designar el momento inicial o final de la obligación y el momento de producción de sus efectos; y el que interesa es el que se emplea para señalar el momento en que se hace exigible la prestación.
El acreedor puede exigir el cumplimiento de la obligación una vez que se ha cumplido el tiempo o plazo que las partes establecieron para ello.
En ese momento la obligación se convierte en exigible y el deudor se apresta a ser requerido, si no ha cumplido con lo estipulado y es a partir de ese instante que empieza a correr la mora con todos sus efectos.
Obligaciones sin plazo establecido
Cuando el plazo de vencimiento de la obligación no se establece por las partes, se presentan dos posibilidades.
a- Que el plazo dependa de la voluntad del acreedor, en cuyo caso este podrá ejercitar su derecho de demandar el pago en forma inmediata por que el plazo es un límite en ejercicio del derecho del acreedor, salvo que por su naturaleza o por disposición de la ley, se requiera el transcurso del tiempo.
En ausencia de una fijación negocial de término, el mismo puede ser deducido de la naturaleza de la obligación, o se puede decir que la falta de fijación de un plazo debe interpretarse como un tácito acuerdo de las partes sobre un término.
A veces la necesidad de un plazo es algo inherente a la estructura de la misma obligación, y se da una regulación propia por parte de la ley; en aquellos casos que la naturaleza de la prestación exija un plazo pueden presentarse algunas situaciones relevantes, como que las partes no se pongan de acuerdo para fijar la extensión del plazo, en cuyo caso la fija el juez. Art 774 CC
Por disposición especial de la ley, tenemos algunos supuestos típicos de exigibilidad inmediata, como en el caso de compra venta, en la cual el vendedor no está obligado a entregar la cosa mientras el comprador no le satisfaga el precio, salvo que para el pago se hubiere estipulado plazo.
También hay casos en que el juez se encarga de determinar la existencia de la deuda en sentencia y con ello determina también su exigibilidad.
b- Que dependa de la voluntad del deudor sin convenir plazo, los sujetos pueden estipular que el deudor pague cuando pueda; se le conoce como el pago a mejor fortuna; y en estas el acreedor supedita el cumplimiento o el cobro, casi siempre de una cantidad de dinero, a que su deudor se encuentre en una condición económica suficiente y depende entonces de la voluntad del deudor.
En estos casos estamos en presencia de cierta imprecisión e inseguridad en el plazo y en virtud del principio de certeza esa disponibilidad del deudor se limita a un año art 775 CC; puesto que la satisfacción del interés del acreedor lo conmine al pago, este argumentara que todavía no puede y esa no es la finalidad del derecho de las obligaciones. También por seguridad jurídica a favor del acreedor.
Si el deudor fallece antes del plazo legal de un año, la obligación se hará exigible, al momento de su muerte, ya que el beneficio se le otorgo de manera personal.
Obligaciones con plazo establecido
Es lo usual que las obligaciones se les fije un plazo para su cumplimiento y esa fijación puede tener diversas clasificaciones:
a- Voluntario: Son aquellas en los que se fija de una manera concreta en el contrato y deben cumplirse al vencimiento del tiempo convenido.
b- Tácito o legal: Son aquellas que las partes no convienen si no que se atienden a lo que indica la ley, razón de que ella presume que necesariamente debe transcurrir un determinado periodo de espera, para que el pago de la obligación se efectué.
c- Plazo determinado: Son aquellas que definen un momento específico en la obligación organizacional, determinado siempre por una fecha exacta, y tiene como parámetros, el día, mes y el año.
d- Plazo indeterminado: Son aquellos que contienen incertidumbre respecto al momento de hacerse exigibles pero no por ello dejan de ser de plazo cierto; pues se sabe que llegara el día, pero no cuando llegara.
El ejemplo más claro es que se fija como plazo, la muerte de una persona.
e- Plazo esencial: Son aquellas en que el plazo para su cumplimiento es fundamental para la existencia de la obligación y por lo tanto no se admite el retardo en el cumplimiento, excluyéndose así, el supuesto de la mora o retraso en el cumplimiento por parte del deudor.
Una vez que ha vencido el plazo para la realización de la conducta esperada, el cumplimiento de dicha obligación ya resulta irrelevante para el acreedor.
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