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Impuesto a la renta (Ecuador)


Partes: 1, 2

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    ACTIVIDAD Nº 1

    a) LUEGO DE HABER REPASADO LO CONCERNIENTE A ESTE IMPUESTO, Y POSTERIOR A LA ÚLTIMA REFORMA (publicada el 23 de diciembre de 2009), DESCRIBA y ANALICE EL IMPACTO ECONÓMICO QUE AHORA PUEDE PRESENTARSE AL REALIZAR EL CÁLCULO DE LA RENTA GLOBAL, Y ADEMAS, COMPÁRELO CON LA ANTERIOR MANERA DE CALCULAR.

    Estrategias sugeridas:

    Para la realización de esta actividad es sumamente importante que se repasen los artículos del Suplemento del Registro Oficial No. 94 del año 2009 del 23 de diciembre, especialmente desde el artículo 10, y aparte, doctrinariamente, analice su alcance y aplicación, observando cómo opera y cuáles son los procedimientos; todo con el objetivo de poder tener un amplio y mejor criterio sobre este Impuesto.

    DESARROLLO:

    Por medio del presente trabajo me permito realizar un pequeño ensayo de acuerdo a las nuevas reformas que han surgido a partir de la elaboración de la Ley de Equidad tributaria y con ella varias reformas que ha sufrido dicha Ley y su correspondientes reglamentos, por lo tanto me permito referirme a la ultima modificación al Reglamento realizada con fecha 08 de Junio del 2010 dentro del cual sus principales reformas fan encaminadas hacia los contribuyentes relacionado, hacia el pago de impuestos sobre los dividendos, los cambios significativos en lo que tiene que ver con los gastos personales deducibles, cambios en las importaciones de servicios, las retenciones en la fuente a los profesionales, estos son unos de los cambios con los que mayor fuerza vienen a aumentar la base imponible del Impuesto a la Renta, pero los ecuatorianos nos hemos dedo cuenta de los cambios que se están generando con estos cambios.

    Lamentablemente como había mencionado en un trabajo anterior las múltiples Leyes que están hoy por hoy en auge y que han servido de cortina de humo para que a través de Ley nos impongan más impuestos, no ha permitido a los ciudadanos en reaccionar, los profesionales no hemos dicho nada con respecto a la retención en aumento del impuesto a la Renta, los empresarios que tienen invertidos sus dineros en diversas empresas se han pronunciado sobre el cobro de impuestos de las utilidades generadas me pregunto será que se debe pagar impuesto sobre impuesto?; ÇEl Servicio de Rentas Internas a través de su Director Nacional el Sr. Max Carrasco han salido a decir en los diversos medios de comunicación que estas nuevas reformas no constituyen en ningún motivo un incremento en la Base gravable, en el siguiente ejercicio nos vamos a dar cuenta que si se aumenta la base gravable ya que anteriormente no se consideraban los dividendos como ingresos gravables y hoy por hoy si entonces ¿no se sube la base gravable?.

    Con respecto a los gastos que los ecuatorianos tenemos co la finalidad de que puedan ser considerados como deducibles, lo único que tenemos derecho es a enfermarnos y poder de esta manera deducir el 1.3 veces de la fracción básica, la alimentación no cuenta? hay que considerar que de acuerdo a los censos del INEC la canasta básica en el Ecuador bordea los 600.00 dólares americanos entonces en el año nos gastamos cerca de 7,200 dólares al año, estos valores es justo de que sean considerados como parte del gasto deducible en su totalidad a igual que los gastos de salud.

    Son factores que afectan considerablemente la economía de los ecuatorianos, entonces luego del 2010 muchos de los empresarios preferirán no invertir porque están cancelando dobles impuestos, se perderá la liquidez de las diferentes empresas y en especial con estas reformas se está haciendo que las personas naturales paguemos mayores impuestos, tendremos la disponibilidad monetaria para cubrir impuestos en nuestro Ecuador

    ACTIVIDAD Nº 2

    REALIZAR LA DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA DEL EJERCICIO ECONÓMICO 2010, LLENANDO EL RESPECTIVO FORMULARIO Y CALCULAR EL RESPECTIVO ANTICIPO SI APLICA, CASO CONTRARIO EXPLICAR PORQUÉ NO.

    Valoración 15 puntos

    Al concluir el año 2010, el señor Enrique Moreno Rengel, con cédula de ciudadanía No. 1715268912 y domiciliado en la ciudad de Ibarra, trabajó desde el 01 de marzo de 2010 en relación de dependencia de lunes a jueves en la ciudad de Quito percibiendo una remuneración mensual total de USD 1.345,00. En dicha empresa, la contadora (sin realizar bien el cálculo), le retuvieron mensualmente USD 47,00. Su contrato de trabajo fue eventual, y estaba contratado por el máximo que establece la ley en este tipo de contrato.

    Al terminar su relación laboral, recibió -asimismo- sin realizar bien la liquidación, el total de USD 4.567,00, sin considerar que en el mes de abril del año 2011 debería recibir la utilidad del año 2010, cuya cantidad a recibir es de USD 432,00.

    De otro lado, es propietario de un edificio (adquirió de soltero) de tres pisos avaluado comercialmente en USD 318.000,00. En el primer piso vive con su esposa y dos hijos. El segundo lo arrienda a una persona natural no obligada a llevar contabilidad en USD 240,00 mensuales, y el tercer piso, lo arrienda a una consultora en USD 1,320,00 mensuales.

    Evaluación a distancia: Impuesto a la Renta

    Partes: 1, 2
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