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Externalidades (Derecho) (página 2)


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Las fallas del mercado no deben existir, motivo por el cual el Derecho debe crear para tales supuestos soluciones, con las cuales se les brinde solución, a las cuales la doctrina les conoce como correctores, dentro de los cuales podemos citar el caso de los incentivos y desincentivos, los cuales constituyen temas importantes en el estudio del Derecho.

Las fallas del mercado son temas bastante conocidos por parte de los economistas, pero que también deben ser conocidos por parte de los abogados, sin embargo, esto no ocurre, lo cual dejamos constancia a efecto de conocer mejor la realidad social del Derecho peruano y extranjero, pero claro está que en el Derecho estadounidense, al cual algunos lo conocen y le denominan como Derecho americano ocurre algo distinto, por que en dicho Derecho los abogados si conocen este importante tema materia de estudio como lo constituye por cierto las fallas del mercado.

Importancia del tema

El tema estudiado, como son las externalidades, resulta ser bastante importante en el estudio del Derecho y de la economía, por lo tanto, recomendamos su estudio, para lo cual se debe consultar autorizada doctrina, dentro de la cual se debe tener en cuenta sobre todo libros extranjeros de economía, dentro de los que debe tenerse en cuenta sobre todo los de microeconomía, los que deben consultarse no sólo en sede académica, sino también en otras sedes para obtener el tan ansiado conocimiento jurídico.

Este tema es importante por que se puede comprender de mejor manera el Derecho de la responsabilidad civil, el cual encuentra en el Derecho peruano desarrollo recién en los últimos años con fuentes de información autorizadas.

Un tema que debe estudiarse también es la responsabilidad civil, para poner fin a estas injusticias, lo cual traería como consecuencia en algunos casos se debe interponer demandas de la pretensión indicadas a efecto de que los perjudicados puedan solucionar sus problemas y de esta forma se vean corregidas estas fallas del mercado.

A la responsabilidad civil, en el Derecho peruano se le conoce con el nombre de daños y perjuicios, sin embargo, para ciertas personas el primero de los mencionados resulta ser una denominación mas actual, lo que no ocurre en el segundo caso, por un término mas clásico dentro del Derecho patrimonial, siendo una de sus ramas o disciplinas jurídicas el Derecho civil patrimonial.

Por lo tanto, dejamos constancia que el Derecho de la responsabilidad civil no es la única área de conocimiento de las externalidades, sino que tiene otras, lo que debe merecer un estudio mas acucioso dentro del análisis económico del Derecho.

Los legisladores deben conocer este importante tema jurídico, como es por cierto las externalidades, a efecto de aprobar normas mas apropiadas en el estudio del Derecho, y de esta forma evitar legislativamente que existan fallas del mercado.

Definición

Ahora estudiaremos la definición de externalidades, el cual es un tema que necesariamente debe ser estudiado, a efecto de tomar al toro por las astas y de esta manera se pueda comprender que todos los abogados deben conocer el mismo, porque si no se lo estudia es claro y evidente que no se podrán solucionar en forma adecuada los problemas que se presentan.

La doctrina ha brindado una serie de definiciones, por lo tanto, podríamos citar algunas de las indicadas, sin embargo, en el presente deseamos no hacer citas, sino que contenga totalmente creación de su autor.

Las externalidades pueden ser definidas como la afectación de determinada conducta a otra persona, pero que no se tiene en cuenta en el precio de intercambio, el cual en algunos casos es de compraventa.

Es decir, cuando existe externalidades, es porque existen fallas del mercado y en tal supuesto los mercados son ineficientes, porque se afecta a terceros que nada tienen que ver con la conducta.

Las externalidades afectan al mercado, por ello, los legisladores y gobernantes, entre otros, utilizan incentivos para solucionar estos problemas, que por cierto no sólo existen en la República del Perú, sino también en otros países.

En Perú existen pocas publicaciones sobre este importante tema jurídico, por ello, casi todos los abogados no conocen el mismo, y casi todos los que conocen el referido, consideran que en todos los casos son negativas, es decir, desconocen que existen externalidades positivas, lo cual trae como consecuencia que se hace necesario desarrollar también como tema a parte las clases de externalidades, lo cual realizamos a continuación y con ello, esperamos que todos puedan conocer el tema estudiado de la mejor manera, para el desarrollo del Derecho peruano, el cual tiene dentro de sus fuentes a la economía, la cual es bastante importante en los estudios realizados por parte de los abogados.

Para obtener otras definiciones de externalidades se puede consultar otras fuentes de información, las cuales serán bastante útiles en el estudio del Derecho y en especial dentro del análisis económico del Derecho, el cual es conocido por algunos como un método de interpretación y para otros es método de investigación, pero también puede ser considerado válidamente como una disciplina jurídica que puede ser aplicado a todas las disciplinas jurídicas, es decir, no sólo al Derecho civil, sino a todas.

Por lo tanto, conviene que en esta sede se deje constancia que las externalidades no sólo se estudian dentro de las ramas del Derecho, sino en todo el Derecho privado, público y mixto, al igual que dentro de las disciplinas jurídicas que no son ramas del Derecho.

Clases

6.1. GENERALIDADES

Ahora estudiaremos las clases, tipos o variedades de externalidades, el cual resulta ser un tema muy importante en el estudio del Derecho, y de esta manera debemos dejar constancia que no se puede obviar su estudio, y así se podrá conocer de mejor el tema propuesto, con lo cual nuestro nivel de conocimientos necesariamente se incrementará.

Las externalidades son de dos tipos, e incluso podemos afirmar que existen tres tipos, que sería en el caso que se tome en cuenta a las mixtas, sin embargo, la doctrina ha desarrollado poco en estos importantes temas del análisis económico del Derecho, lo cual llama la atención de los estudiosos del Derecho.

Las tipos o clases o variedades mas importantes de externalidades, son las siguientes: 1) positivas, y 2) negativas.

Es decir, no son todas, sino sólo son las mas importantes, ya que también pueden ser tomadas en cuenta las externalidades mixtas, cuya mención no queremos dejar en el tintero, las que consisten en que causan un beneficio a un tercero, pero también les ocasionan problemas, los cuales son supuestos mas complejos, pero pueden presentarse, las que no han sido materia de estudio, y en todo caso esperamos que sea del agrado de todos, para conocer un poco mas de economía, y sobre todo del análisis económico del Derecho.

6.2. EXTERNALIDADES POSITIVAS

6.2.1. DEFINICION

Ahora estudiaremos las externalidades positivas, las cuales deben ser tomadas en cuenta en el estudio del Derecho, por lo tanto, hemos querido dedicarles algunas líneas.

En las externalidades positivas los jueces no son capaces de poner el Derecho al servicio de los agentes económicos, por lo tanto, son bastante reacios a declarar fundadas demandas de indemnización civil en estos casos, lo cual es bastante comprendido por parte de los distintos operadores jurídicos.

Las externalidades son positivas cuando la afectación a un tercero le causa un beneficio. En este caso un o mas terceros se benefician con determinada conducta.

6.2.2. EJEMPLOS

6.2.2.1. PRIMER EJEMPLO

Cuando un vecino hace pintar su casa es claro y evidente que ocasiona que las casas de los vecinos aumenten de valor.

6.2.2.2. SEGUNDO EJEMPLO

Cuando un campesino hace construir un camino a la chacra, el cual beneficia a los otros predios.

6.2.2.3. TERCER EJEMPLO

Cuando una universidad obtiene un reconocimiento, sus alumnos se beneficiarán, porque su centro de estudios tendrá un prestigio mayor al anterior.

6.2.2.4. CUARTO EJEMPLO

Cuando en una calle o avenida un conductor maneja bien, los otros conductores será beneficiados, por que se les hará mas sencillo manejar su vehículo en dicha calle o avenida.

6.2.2.5. QUINTO EJEMPLO

Cuando se instala un centro comercial los predios cercanos aumentan de valor, por que se convierte en zona comercial.

6.2.2.6. SEXTO EJEMPLO

Cuando en un centro comercial un puesto tiene bastante clientela es claro que los puestos vecinos que venden otros productos se benefician porque existirán mas potenciales clientes.

6.2.2.7. SEPTIMO EJEMPLO

Cuando en un barrio un vecino se viste muy bien hace quedar bien a los otros vecinos.

6.2.2.8. OCTAVO EJEMPLO

Cuando en un barrio los vecinos utilizan vehículos en buen estado los otros vecinos tendrán como ventaja que sus casas incrementarán de valor.

6.2.2.9. NOVENO EJEMPLO

Cuando se tramita la habilitación urbana de un terreno rústico, los terrenos vecinos aumentan de valor.

6.2.2.9. DECIMO EJEMPLO

Cuando se construye un canal de regadío, es claro que los colindantes tienen mas agua que antes.

6.3. EXTERNALIDADES NEGATIVAS

6.3.1. DEFINICION

Habiendo desarrollado las externalidades positivas ahora nos ocupamos de desarrollar las externalidades negativas, sobre cuyo tema existen pocas fuentes de información, por lo tanto, se justifica investigar sobre este importante tema jurídico-económico, entre otras áreas del conocimiento humano.

En las externalidades negativas es claro y evidente que los jueces comprenden estos temas, sin embargo, algunos pocos jueces no comprenden los mencionados.

Las externalidades son negativas cuando la afectación a un tercero le causa problemas. En este caso uno o mas terceros se perjudican con determinada actividad.

6.3.2. EJEMPLOS

6.3.2.1. PRIMER EJEMPLO

Cuando un vecino contamina un río es claro que los vecinos no podrán pescar.

6.3.2.2. SEGUNDO EJEMPLO

Cuando una mina contamina los campesinos no podrá tener cosechas adecuadas.

6.3.2.3. TERCER EJEMPLO

Cuando se instala una discoteca los vecinos tendrán mucho ruido, y por ello, en algunos casos sus inmuebles disminuirán de valor.

6.3.2.4. CUARTO EJEMPLO

Cuando en una avenida un conductor choca es claro que los otros conductores en la misma avenida tendrán problemas para circular.

6.3.2.5. QUINTO EJEMPLO

Cuando un pintor desde el techo hace caer sin querer un tarro de pintura y le cae el mismo a un transeúnte.

6.3.2.6. SEXTO EJEMPLO

Cuando un transeúnte lleva un perro bravo, es claro que los otros transeúntes podrán ser mordidos o pasar un mal momento, por el temor a que algo les pase, como puede ser por cierto sufrir una mordedura.

6.3.2.7. SEPTIMO EJEMPLO

Cuando un vecino en una zona residencial cría un animal salvaje, como puede ser un león, aguila, zorro, tigre, pantera, rinoceronte, es claro que los vecinos pueden sufrir ataques.

6.3.2.8. OCTAVO EJEMPLO

Cuando en un centro comercial un puesto hace arreglar sus andamios es claro que los puestos vecinos del mismo producto se perjudican porque tienen una fuerte competencia que deben saber sortear, y si no lo hacen pueden ser retirados del mercado.

6.3.2.9. NOVENO EJEMPLO

Cuando un vecino se viste con ropa sucia y demasiado gastada es claro y evidente que los vecinos tienen un problema en que hace quedar mal al barrio.

6.3.2.10. DECIMO EJEMPLO

Cuando se modifica la ruta de algunos vehículos de uso público y desde cierta fecha pasan por zonas exclusivas, es claro que los propietarios de los inmuebles se perjudican por que los últimos de los indicados bajan de precio en el mercado, es decir, en este caso nos estamos refiriendo única y exclusivamente al precio de mercado.

6.3.2.11. DECIMO PRIMER EJEMPLO

Cuando hay invasiones en zonas residenciales es claro que los predios vecinos bajan de precio de mercado.

6.3.2.12. DECIMO SEGUNDO EJEMPLO

Cuando se utiliza carros chocados es claro que los inmuebles de los vecinos disminuyen de valor.

6.3.2.13. DECIMO TERCER EJEMPLO

Cuando se desvía el agua para regar una chacra es claro que algunos vecinos se quedarán sin agua para poder regar sus plantas.

 

 

 

 

Autor:

Fernando Jesús Torres Manrique

Ex Juez Titular Decano. Ex Registrador Público Titular. Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Doctorando en Derecho en la misma Universidad. Estudios parciales de Maestría en Derecho de la Empresa. Estudios de "Estrategias de Negociación" en la Universidad del Pacífico. Autor de publicaciones jurídicas.

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