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Resultados de la investigación bibliográfica sobre definición, origen y evolución de los derechos del niño (página 2)

Enviado por Elizabeth Bernedo


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3.1.-Antecedentes.

Después de que las personas adultas empezaron a valorar a sus niños Fermín Chunga nos dice: "la iglesia en 1704, avanzó sobre el momento histórico al fundar el hospicio de San Miguel donde se adoptó un tratamiento correctivo destinado a los menores abandonados y delincuentes[9]…Y con Helarf La Torre coinciden en decir que en el siglo XIV se fundó el "Padre de los Huérfanos", una institución destinada a la educación correctiva y la capacitación profesional de los menores delincuentes y desamparados que fue suprimida en 1793[10]" .Chunga continúa diciendo que: "en 1407 se creó un juzgado de huérfanos y en 1410, San Vicente Ferrer constituyó una cofradía que atendía en un asilo a niños abandonados por sus padres…Desde 1734, en Sevilla, se procuraba obtener una completa biografía del menor para resolver su caso…En el siglo XVI, Enrique VII dispuso que el rey protegía a los menores desamparados como obligación del Estado y sus funciones como padre de la patria…En 1854 se determinó la reclusión en centros separados para los menores delincuentes. Igualmente, en España los adelantos que mencionamos quedaron suspendidos en 1893 cuando los menores fueron remitidos a la cárcel común, lo que se rectificó- por su fracaso-en nuevas leyesen 1904. El primer tribunal de menores fue instalado en Chicago en 1899 (Children"s court), difundiéndose rápidamente en EE.UU. después de salvar algunos conflictos con la Suprema Corte. Desde 1869, en Massachussets se acostumbra visitar el hogar para informar sobre el dio en que vivía el menor y disponer así sobre la libertad vigilada [11]".Como ya se mencionó, La Torre dice también que "los antecedentes de los juzgados y tribunales de menores, podemos encontrarlos en la Institución Humanitaria llamada "Padre de los Huérfanos", que se fundara en España a mediados del siglo XVI…En 1887, se establecen los Tribunales para niños en Australia y el primer Tribunal montado a la moderna se instala en Chicago en 1889; de allí pasa a la Institución a Inglaterra en el año 1905(Manchester). En la misma Inglaterra, se dan las leyes del 21 de agosto de 1907 de la "Probation Office" y la del 31 de diciembre de 1908 "Children Acts", llamada la Carta Magna de la Infancia…el Congreso de Protección a la Infancia que se realizó en Ginebra en el año 1896…en 1910 se reunió en Washington el Congreso Penitenciario, discutiéndose la necesidad de implantar en todos los países asistentes una jurisdicción especial para atender los casos de los menores infractores del orden legal…en el siglo XVIII y particularmente en el siglo XIX, los reformistas religiosos humanitarios , ya habían comenzado a proveer especial y separadamente instituciones con rasgos propios para la atención de los niños[12]".Henry Febres nos cuenta que en la edad Media, surgió el concepto de que los menores no eran responsables de los actos delictivos que cometían contra el orden jurídico de la época sino cuando llegaban su mayoría de edad. El derecho canónigo, reconoce que los niños menores de 7 años carecían de responsabilidad pero los que superaban esta edad, debían responder a sus actos de forma atenuada, es así que estos menores se les sancionaba haciéndoles vivir en los asilos Monacales, depositados en celdas solitarias, para incitarlos ala reflexión sobre sus actos y consecuentemente esta reflexión los ayuda a la transformación de su conducta[13]".

Edward Revilla quien es un poco más breve nos dice que "en la antigüedad , el menor de edad era considerado propiedad de los pares y vencedores de contiendas, o sea que, era una cosa(objeto) que se podía enajenar o eliminar deliberadamente, sin que hubiese sanción…En la edad Media, con la gran fusión del Cristianismo, se respeta la vida. La iglesia consecuente con su doctrina, ampara y protege al niño…Sin embargo el régimen social y económico se basan en la desigualdad, sólo reconoce por ejemplo los derechos del hijo primogénito…con el surgimientos de las ciudades, los gremio y el trabajo como institución libre, se asiste a una mejor prestación de servicios sociales a favor de los menores de edad. Este tratamiento supera al anterior con la creación de Orfanatos, Hospitales, Escuelas en casi toda Europa y aún en el mundo árabe. En estos tiempos se reconoce algunos derechos del niño: A vivir, a ser alimentado y recibir educación[14]".

3.2.- Reconocimiento Internacional.

Después de todo este proceso de intentar buscar algo que garantice la protección del niño el mundo empieza a cambiar y así los dice Henry Febres " de los últimos tiempo con el Derecho Contemporáneo, se ha producido en todo el mundo un intenso movimiento legislativo, que cada día va creciendo en importancia y que consideramos tienen su más sólida afirmación en la Declaración Universal de los Derechos del Niño, formulada por las Naciones Unidas en el año de 1959, reafirmando los postulados de la Declaración Universal de los Derechos Humanos[15]".Chunga en su "Código de Menores" nos dice que "el Código de Menores adopta la Doctrina que sustenta la Declaración de los Derechos del Niño, formulado en Ginebra, y los principios proclamados al respecto por las naciones Unidas; los Derechos del Niño Americano, de la Organización de los Estado Americanos, el Código de Declaración de Oportunidades para el Niño del VII Congreso Panamericano del Niño de 1942 y la Carta de los Derechos de la Familia Peruana del Congreso de Protección a  la Infancia de 1943.

La primera declaración sistemática de los derechos del niño fue la que acogió la Sociedad de las Naciones y se le denominó "Declaración de Ginebra",aceptada en la Quinta Asamblea del 26 de diciembre de 1924. La compuso la pedagoga Eglantine Jebb[16]".Ya el reconocimientos internacional se hará el 20 de noviembre de 1989 en la Convención Internacional de los Derechos del Niño como lo afirman Muelle[17], Del Carpio[19]. Finalmente Los Derechos del Niño tiene una serie de antecedentes o sucesos para que se pueda respetar la Declaración sobre los Derechos del Niño así en el libro de la Universidad Católica Santa María "Resúmenes de Monografías Doctorales en Derecho se dice" como antecedentes anteriores a la Convención de los Derechos del Niño, son los siguientes:

1)     La declaración Universal de los Derechos del Niño, adoptada el 20 de noviembre de 1959…

2)     La Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado.

3)     Las reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de las Justicia de Menores.

4)     La Declaración sobre los Principios Sociales Jurídicos Relativos a la Protección y el Bienestar de los Niños…

5)     Las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de Menores Privados de Libertad.[20]

Autora: Elizabeth Bernedo

Perú

2008

[1] Fermín Chunga,"Derecho de menores", pág.22, Editorial EDDILI, 1985.

[2] Columba del Carpio, "Derechos de los Niños y Adolescentes", pág.23, Editorial Dongo, 2001.

[3] Henry Febres; "El menor en situación de irregularidad social y el derechos de menores", pág.59, Editorial UNSA, 1977.

[4] Fermín Chunga, "Derecho de Menores", pág.22, Editorial EDDILI, 1985.

[5] Henry Febres; "El menor en situación de irregularidad social y el derechos de menores", pág.62,   Editorial UNSA, 1977.

[6] Edward Revilla, "Protección de Menores y Relaciones Humanas", pág. 5, Editorial UNSA, 1972.

[7] Columba del Carpio, "Derechos de los Niños y Adolescentes", pág.297, Editorial Dongo, 2001.

[8] Edgar Muelle, "Derechos Humanos en el Derecho Internacional", pág.116, Editorial Mercantil, 1997.

[9] Fermín Chunga, "Derecho de Menores", pág.21, Editorial EDDILI, 1985.

[10] Helarf La Torre, "El derecho y la psicología en la Rehabilitación y Adaptación de menores de conducta irregular", pág. 90, Editorial UNSA, 1978.

[11] Fermín Chunga, "Derecho de Menores", pág.21, Editorial EDDILI, 1985.

[12] Op cit

[13] Henry Febres; "El menor en situación de irregularidad social y el derechos de menores", pág.62,   Editorial UNSA, 1977.

[14] Edward Revilla, "Protección de Menores y Relaciones Humanas", pág. 4, Editorial UNSA, 1972.

[15] Henry Febres; "El menor en situación de irregularidad social y el derechos de menores", pág.68,   Editorial UNSA, 1977

[16] Fermín Chunga, "Código de Menores", pág.43, Editorial EDDILI, 1985.

[17] Edgar Muelle, "Derechos Humanos en el Derecho Internacional", pág.129, Editorial Mercantil, 1997.

[18] Columba del Carpio, "Derechos de los Niños y Adolescentes", pág.21, Editorial Dongo, 2001.

[19] Fernando Gamarra, "Convención sobre los Derechos del Niño", pág. 11, Editorial Tarea Asociación Gráfica Educativa.,2001.

[20] Universidad Católica Santa María, "Resúmenes de Monografías Doctorales en Derecho", pág.46, Editorial AKUARELLA, 2001.

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