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Uso del Trabajo de Especialistas

Enviado por cramos


    Uso del Trabajo de Especialistas

    Indice1. Concepto 2. Decidir en el uso del trabajo de un especialista 3. Objetivos de auditoría 4. Control Interno 5. Procedimientos de auditoria recomendados 6. Efectos del trabajo de un especialista sobre el informe del auditor 7. Referencias Técnicas

    1. Concepto

    Para efectos de esta guía un especialista es la persona o firma que posee conocimientos técnicos y experiencia en un determinado campo de acción, diferente al de la contabilidad y auditoría y puede ser contratada tanto por el cliente como por el auditor.

    2. Decidir en el uso del trabajo de un especialista

    La educación del auditor y su experiencia permiten, ser reconocidos acerca de los asuntos de negocios en general, pero el auditor no se espera que tenga la pericia de una persona entrenada o calificada para contratar en la practica a otra de profesión u ocupación distinta. Durante la auditoría, un auditor puede encontrar asuntos complejos o subjetivos, potencialmente importantes para los estados financieros. Tales asuntos podrían requerir especiales conocimientos o herramientas y así el juicio del auditor de requerir usar el trabajo de un especialista para obtener una competente evidencia substancial. Ejemplos de los tipos de asuntos que el auditor pudiera decidir requerir la consideración de usar el trabajo de un especialista incluye pero no es limitativo lo siguiente: a. Valuación ( inventarios para propósitos especiales, materiales o equipos de alta tecnología b. Determinar las características físicas relativas a cantidades en inventario o condiciones. c. Determinar las cantidades derivadas por el uso de técnicas o métodos especializados d. Interpretar los requerimientos técnicos, regulaciones o contratos

    3. Objetivos de auditoría

    Los objetivos generales de los procedimientos de auditoría para la revisión de los trabajos efectuados por un especialista, son los siguientes: a. Conocer los eventos o transacciones que hayan requerido del trabajo de un especialista, dando consideración a: 1. La importancia de la partida involucrada en relación a los estados financieros tomados en su conjunto 2. La naturaleza y complejidad del asunto, incluyendo el riesgo de error inherente 3. Cualquier evidencia de auditoría con que ya se cuente b. Evaluar si se trata de un evento que requiera de su registro contable o su revelación en los estados financieros. Ejemplos de estas situaciones, en forma enunciativa pero no limitativa, pueden referirse a: 1. Valuación de cierto tipo de activos, tales como inmuebles, maquinarias y equipos, obras de arte, piedras preciosas, etc. 2. Determinación de cantidades o condiciones físicas de activos, tales como reservas de minerales, materiales almacenados a granel, vida útil remanente de instalaciones o equipos, etc. 3. Determinación de cifras mediante la aplicación de técnicas o métodos especializados, pueden ser los cálculos actuariales 4. Medición de grados de avances de obras o trabajos en proceso, para efectos de reconocer ingresos y costos 5. Interpretaciones técnicas de contratos, disposiciones legales o estatutarias, reglamentos, etc. c. Comprobar su adecuado registro contable d. Comprobar su adecuada revelación

    El auditor deberá cuidar que los estados financieros contengan una adecuada revelación de los hechos o transacciones, de tal suerte que la información mostrada pueda ser debidamente evaluada por los usuarios de los mismos e. Satisfacerse de la capacidad profesional e independencia del especialista f. Evaluar la razonabilidad de los resultados del trabajo del especialista.

    4. Control Interno

    La revisión, estudio y evaluación de la efectividad del control interno deberá dirigirse principalmente a los siguientes aspectos: a. Aprobación por parte de la administración del especialista seleccionado Es responsabilidad de la administración la selección y designación del especialista que estará autorizado para desempeñar determinado trabajo, así como de que este cuente con la capacidad necesaria que garantice resultados satisfactorios b. Comunicación con el especialista Debe existir un claro entendimiento preferentemente por escrito, entre el cliente y especialista sobre la naturaleza del trabajo de este ultimo, cubriendo este otros aspectos, los siguiente: 1. Objetivos y alcance del trabajo 2. Métodos y supuestos que se aplicaran y en su caso consistencia con los empleados en el año anterior 3. Utilización del trabajo para el auditor, incluyendo la posible comunicación a terceros o referencia en los estados financieros 4. Forma y contenido del producto terminado que permita evaluarse y servir como evidencia del evento o transacción involucrada Los puntos antes citados, también serán aplicables para aquellos casos en que el auditor contratase directamente los servicios de un especialista, quien sin ser parte de su equipo de trabajo le ayudase en su revisión c. Independencia del especialista Es altamente deseable que el especialista sea una persona o firma independiente del cliente, a fin de obtener mayor confianza de que su trabajo sera ejecutado con total imparcialidad; sin embargo cuando la circunstancia no lo permita se puede usar el trabajo de un especialista que tenga relaciones con el cliente, pero el auditor debe considerar la necesidad de aplicar procedimientos adicionales de auditoría, en relación aparte o la totalidad de los supuestos, métodos o resultados del trabajo del especialista, para determinar que los resultados son razonables o contratar un especialista para tal propósito. El riesgo de que la objetividad de un especialista se vea afectada, se incrementa cuando este sea empleado del cliente o se relaciona de alguna manera con el, cuando por ejemplo exista parentesco, dependencia económica o tenga alguna inversión con el cliente. Así mismo, se debe considerara cualquier otro requisito de independencia establecido por alguna disposición legal, estatutaria o reglamentaria. d. Revisión o análisis de los resultados Dados que los Resultados de Trabajo de un especialista podrían repercutir en la información mostrada en los estados financieros, la empresa tiene la obligación de comprobar que el trabajo se desarrollo conforme a lo acordado y que, en su caso, el especialista se baso en los datos o elementos objetivos suministrados por la empresa. Tal puede ser el caso de los avalúos o valuaciones de activos fijos de las sociedades que tienen títulos inscritos en el REGISTRO NACIONAL DE VALORES E INTERMEDIARIOS, en el cual tanto el trabajo del valuador, quien debe estar autorizado por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, como la información que se debe proporcionar a la empresa, debe efectuarse de conformidad con ciertos criterios técnicos establecidos en la circular 11-6 de dicha comisión, la cual también establece que las empresas asumen la responsabilidad de las cifras resultantes de los avalúos practicados a sus activos fijos, debiendo para ello revisarlos en cuanto al seguimiento de los puntos de carta – convenio, la razonabilidad de las cifras del avalúo y que contengan todos los bienes del activo fijo sujeto a avalúo a la fecha que corresponda.

    5. Procedimientos de auditoria recomendados

    – El estudio general de los estados financieros y las entrevistas con los ejecutivos que ocupan puestos claves dentro de la organización sin limitarse a aquellos únicamente contados con las áreas financieras y contables, permitirá conocer la existencia de situaciones, eventos o transacciones importantes, que requieran de la participación de un especialista. – Investigación acerca de la capacidad profesional del especialista: Esta investigación puede efectuarse mediante la aplicación de los procedimientos que se estimen pertinentes, dando consideración a aspectos tales como la revisión efectuada por el propio cliente. – Determinar si el especialista es independiente del cliente o el grado de relación que mantiene: Esto puede lograrse a través del cambio de impresiones con el cliente o mediante la obtención de comunicación escrita o verbal del especialista. – Analizar y evaluar los resultados del trabajo del especialista: El auditor debe tener certeza razonable de que el trabajo de un especialista, constituye evidencia apropiada de auditoría y respalda la información financiera. Para ello debe: a) Considerar si la fuente de datos usada por el especialista fue adecuada desacuerdo con la circunstancia aplicando procedíamos de auditoría que podrían incluir: 1. Prueba sobre la información proporcionada por el cliente al especialista. 2. Investigaciones con el especialista para determinar como se satisfizo de que la información que obtuvo fuera suficiente, apropiada y confiable. – Conocer y comprender los métodos y trabajos por el especialista para determinar su razonabilidad en función del conocimiento del auditor sobre el negocio del cliente y a los resultados de sus propios procedimientos de auditoría. – Cerciorarse de que los resultados del trabajo del especialista respaldan la información relativa mostrada en los estados financieros. – Comprobar su adecuado registro contable, presentación o revelación en los estados financieros.

    – Obtener las correspondientes declaraciones de la administración.

    6. Efectos del trabajo de un especialista sobre el informe del auditor

    Si el auditor determina que los hallazgos del especialista soportan las presunciones relacionadas con los estados financieros razonablemente podrán concluir que a sido obtenida evidencia suficiente y competente del asunto. Si existe una diferencia importante dentro de los hallazgos de especialista y las presunciones de los estados financieros deberán aplicar procedimientos adicionales. Si después de aplicar cualquier procedimiento adicional, el auditor se encuentra en la imposibilidad de resolver el asunto, deberá obtener la opinión de otro especialista. El auditor puede concluir después de aplicar procedimientos adicionales, incluyendo la posibilidad de obtener la opinión de otro especialista, que las presunciones en los estados financieros, no están de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. En tal caso, el auditor deberá expresar una opinión con salvedad o una abstención de opinión. El auditor no deberá referirse al trabajo o a los hallazgos del especialista. Tal referencia podría ser mal entendida por la salvedades en la opinión del auditor o prestarse a una división de responsabilidades, ninguna de las cuales es entendida. El auditor podría, como resultado del informe o hallazgos del especialista, decidir agregar un párrafo explicativo a su informe estándar. La referencia e identificación del especialista, puede ser hecha del informe del auditor, si el auditor cree que tal referencia, podría facilitar un entendimiento de la razón del párrafo explicativo.

    7. Referencias Técnicas

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA N° 620 (NIA 620). Emitida por el comité Internacional de Practicas de Auditoría. BOLETÍN N° 5050; Emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos. STATMENT ON AUDITING STANDARS N° 11 Y 73. (SAS 73). Emitido por la American Institute Of Certified Public Accountants.

    Trabajo enviado por: Cristobal Ramos.

    Coordinador Administrativo.