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Las buenas prácticas en el Registro Civil hondureño

Enviado por ahrbom


Partes: 1, 2

    Los Registros Civiles Latinoamericanos cuando inician la fase de organización en el ámbito Jurídico Técnico y Operativo en sus primeras fases arrastra una serie de practicas inadecuadas en el estamento jurídico que regula a la Institución del Registro Civil, si no aspectos mas vinculados al ejercicio del Proceso Registral por parte de los Oficiales, o Registradores Civiles Municipales o encargados del Registro Civil, al no existir una verificación o supervisión de los entes de Dirección del Registro civil, hacer que estas malas practicas regístrales se consoliden y desafortunadamente se siguen tomando como procesos normales que se derivan de la función registral, por lo que es imperativo fortalecer los conocimientos en materia registral a los funcionarios y empleados de las Instituciones del Registro Civil en Latinoamérica , verificar que esos conocimientos se desarrollen en forma integral, en la experiencia del proceso del Registro Civil Hondureño, haremos relación a un sin numero de malas practicas regístrales ejecutadas por los registradores civiles y otros funcionarios del área registral, a continuación detallamos una serie de casos relacionados al tema que estamos desarrollando:

    1.- Al concluir el proceso de las inscripciones de los hechos y actos relativos al Estado Civil, los encargados del Registro Civil no proceden de inmediato a firmar y sellar las respectivas inscripciones o asientos, cuando lo que procede como una buena practica registral es que al concluir una inscripción y habiendo observado todas las formalidades establecidas en la Ley del Registro Civil Hondureño, es a rubricar inmediatamente la inscripción y así evitar que estas malas practicas tengan incidencias negativas en el ámbito de la validez legal de las inscripciones o realizar modificaciones a la Ley del Registro Civil, para validar las inscripciones que se encuentren en estos casos.

    2.- Dejar inconclusa una inscripción de cualquier hecho o acto del Estado Civil en virtud que el declarante así lo solicita o El Registrador Civil Municipal, decide dejar en suspenso hasta que se reanuden las labores al día siguiente o se exija al declarante obtener información o presentar determinados documentos que son requeridos como parte de los requisitos a cumplirse en el proceso de la inscripción, constituyendo una mala practica registral, debemos orientar a los funcionarios o encargados del Registro Civil que deberá observarse que el proceso de la inscripción no debe interrumpirse y realizarse en un solo acto, previo a realizar la inscripción el Registrador Civil Municipal debe solicitar los requisitos de Ley e interrogar al declarante o compareciente en relación a los datos mas relevantes del hecho o acto que se inscribirá y de la presentación de las pruebas documentales que de acuerdo a la Ley del Registro Civil se requiera y una vez verificado estos extremos proceden a realizar la inscripción constituyendo una buena practica registral.

    3.- Al realizar una inscripción de un matrimonio o de la formalización de la Unión de Hecho, el Registrador Civil Municipal deberá verificar con el documento que nos sirve de respaldo para realizar la inscripción como lo constituye el expediente o testimonio de escritura publica de estos actos si, estos se celebraron o formalizaron en el Municipio donde ejerce sus funciones el Registrador Civil Municipal, ya que de no observarse esto se violentan los preceptos legales que en la Ley del Registro Civil y código de familia indican en el caso hondureño que deberán ser inscrito estos actos en el lugar donde se realiza. Por lo que constituye una buena practica registral verificar este extremo y si así corresponde proceder de inmediato a realizar la respectiva inscripción en base a los documentos antes referidos.

    4.- Ha sido frecuente en los registros civiles que se tomen decisiones arbitrarias en lo relativo a condicionar las inscripciones de los hechos y actos del Estado Civil a determinados días hábiles, situación que institucionalmente es improcedente y expone a cualquier país a ser condenado como infractor de derechos y en especial lo que corresponden a la niñez y a la inscripción de nacimiento particularmente, una buena practica registral constituye atender dentro de los horarios oficiales que establece el Registro Civil, atender a los usuarios del Registro Civil en orden de llegada, sin mas excepciones que las que se puedan dispensar a ciudadano de la tercera edad, mujeres embarazadas, enfermos, etc., y no importando que su gestión corresponda a cualquier tipo de inscripción, o relativa al proceso de identificación ciudadana o derivada de la gestión administrativa del proceso registral, el proceso de atención integral a los usuarios consolidara la confianza de estos y se erradicara el desaliento de la población al brindarse un servicio eficiente de este proceso.

    5.- Existe una actitud de indeferencia o desinterés por parte de algunos Registradores Civiles Municipales o personal auxiliar en lo referente a brindar una información amplia sobre los aspectos del proceso registral hondureño, lo que genera desorientación a los usuarios del registro civil proporcionándole información incompleta inexacta y en el peor de los casos expresándole que no conoce el proceso a que se refiere lo que resulta totalmente inexcusable a un funcionario o empleado del Registro Civil como una buena practica registral, El registro Civil requiere que sus registradores civiles y personal en general se constituyan en facilitadores de la información registral, requisitos, pasos a seguir, orientaciones de la ubicación de las dependencias del Registro Civil, donde habrá que concurrir a realizar estas gestiones administrativas, esta tarea contribuye de manera sustancial a mejorar la imagen institucional del Registro Civil Hondureño.

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