- Glosario
- Introducción
- Qué se entiende por créditos
- Qué son créditos navales o marítimos
- Extinción de los créditos marítimos
- Prueba del crédito marítimo
- Privilegios marítimos y créditos marítimos privilegiados
- Accesoriedad de los privilegios marítimos
- Extinción de los privilegios marítimos
- Excepción al término de extinción de los privilegios marítimos
- Prelación de los créditos marítimos privilegiados
- Excepción a la prelación de los privilegios marítimos
- Prelación de los privilegios marítimos y el supuesto de remoción
- Derecho de retención y privilegios e hipotecas navales
- Medidas cautelares
- Cancelación de garantías en embargo naval
- Multiembargo de buques
- Del derecho de reembargo naviero
- De los principios de aplicación normativa prevalente y directa y del efecto directo
- La interpretación prejudicial
- Del conocimiento en el medio de la temática en estudio
- Breve historia de la Comunidad Andina de Naciones
- Conclusión
- Recomendaciones
- Bibliografía
- Anexos
Glosario
ABORDAJE: acción y efecto de chocarse dos naves, colisión entre ellas.
AUTORIDAD JUDICIAL: todo funcionario del poder judicial, juez o magistrado.
ARQUEO: forma o medida de la capacidad de un buque. Cabida de la nave.
BUQUE: barco, nave, embarcación.
CAN: comunidad andina de naciones, organismo supranacional y subregional suramericano.
CAUCIÓN: fianza o garantía que da una persona respecto del cumplimiento de una obligación.
COMPETENCIA: es la especie en materia de jurisdicción (que es el género) que se ejerce por un funcionario judicial o administrativo sobre un asunto y/o territorio determinados.
CRÉDITO: personal que da lugar a una parte acreedora a exigir o reclamar de otra deudora el cumplimiento de una obligación.
CRÉDITO MARÍTIMO: crédito que nace de las causas, hechos, sucesos, actos y contratos que se dan con ocasión de las actividades marítimas.
DECISIONES: normas de carácter vinculante para los paises miembros de la CAN, que son proferidas por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores o la Comisión Andina.
EMBARGO: medida cautelar dictada por funcionario judicial sobre uno o varios bienes de una persona, de forma preventiva a las resultas del proceso o para garantizar el pago de una obligación reclamada también en sede judicial.
ESLORA: dimensión o longitud de un barco desde la proa hasta la popa.
JURISDICCIÓN: es la facultad que tiene un Estado de administrar justicia a sus asociados a través de los órganos competentes.
PRIVILEGIO: derecho que se reconoce a un acreedor en cuanto a la calidad de su crédito de ser preferido en su pago por o con los bienes del deudor, o alguno de ellos, frente a otros créditos.
PRUEBA: todo aquello que demuestra los hechos que se alegan en una demanda o acto procesal administrativo o judicial.
REIPERSECUTORIEDAD: facultad que tiene el acreedor de ciertos créditos de perseguir la cosa u objeto causa de la obligación para su ejecución donde quiera que esté indistintamente de quien sea su titular.
SALVAMENTO o SALVAMENTO MARÍTIMO: supuestos jurídicos que implican bien la ayuda, auxilio o socorro que prestan personas a un buque a fin de evitar daños y perjuicios: a las personas pasajeras o miembros de la tripulación, a la carga y al buque mismo; o bien la ayuda que se presta posteriormente al siniestro naval con el animo de paliar sus efectos, llevar la nave a tierra firme y salvar la carga y las personas principalmente.
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