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La administración pública en Nicaragua


Partes: 1, 2

    1. Antecedentes históricos
    2. Concepto de Administración Pública
    3. La administración pública en Nicaragua
    4. Estructura orgánica de la Administración Pública
    5. La organización de la Administración pública
    6. Características de la centralización
    7. Órganos centralizados de Nicaragua
    8. La descentralización administrativa
    9. La desconcentración administrativa
    10. Los órganos administrativos
    11. La competencia administrativa
    12. Criterios para determinar la competencia
    13. Clases de competencia
    14. Avocación de competencia
    15. Para resolver los conflictos de competencia

    Antecedentes históricos

     Desde las civilizaciones antiguas las sociedades humanas han debido suministrar los recursos con los cuales hacían y hacen frente a sus constantes necesidades.

    Inicialmente el grupo que controlaba el poder en la comunidad era el mismo que determinaba cuál era la mejor forma de satisfacer los requerimientos comunales.

    Hasta el siglo XVIII, la idea de Estado se encontraba confundida con la persona del monarca, basta recordar la frase de Luis XV,  cual con la cual se ilustra el fenómeno de plenipotencia al ser él, el máximo exponente del absolutismo: "El Estado soy yo". Con el advenimiento de la Ilustración en occidente, la precisión de los elementos que integran el Estado moderno, tal y como hoy lo conocemos, se conformaron plenamente.

    El gobierno se entendió, a partir de las ideas de los filósofos políticos de la época, sólo como uno de los elementos del fenómeno estatal, al cual, la población que es la esencia de la existencia del Estado, le puede organizar, estructurar y modificar para lograr el beneficio de la sociedad.

    Hoy la mayor parte de los Estados del orbe han conformado su estructura gubernamental según las pautas de la división de poderes; que fue la respuesta que Montesquieu encontró para ofrecer una solución al absolutismo despótico que privó en Europa hasta el fin de la edad Media.

    Así en su obra, Montesquieu explica que la diversidad de actividades que el monarca efectúa al realizar su gobierno, se encuentran bien definidas, y pueden resumirse en tres: la actividad legislativa, la actividad ejecutiva y la actividad judicial.

    Montesquieu mencionaba que para evitar el absolutismo, y consecuentemente las arbitrariedades cometidas por los reyes, lo deseable es que esas tres funciones, quedaran depositadas para su ejercicio, en tres órganos, la legislativa en el Congreso, la ejecutiva en el rey, y la judicial en la Suprema Corte de Justicia, y que es a esto a lo que se conoce comúnmente como división de poderes.

    Respecto a la función ejecutiva, depositada en nuestro Estado en la persona del Presidente de la República, consideramos que dicha función debe ser conceptuada como función administrativa; a continuación estudiaremos porque es más adecuado usar el término de administración pública.

    Concepto de Administración Pública

    Puede definirse  a la administración pública como  el aparato burocrático del estado, dotado de personalidad jurídica, al que se le encomienda  la satisfacción de los intereses públicos  los cuales le corresponde a los poderes estatales.

    Es la parte de los órganos del Estado que dependen directa o indirectamente del poder ejecutivo, tiene a su cargo toda la actividad estatal que no desarrollan los otros poderes (legislativo y judicial), su acción es continua y permanente, siempre se persigue el interés público, adopta una forma de organización jerarquizada y cuenta con: a) elementos personales; b) elementos patrimoniales; c) estructura jurídica, y d) procedimientos técnicos.

    En conclusión es una parte de los órganos del estado que dependen del poder ejecutivo, su objetivo es el interés público.

    La satisfacción de los intereses colectivos por medio de la función administrativa se realiza fundamentalmente por el Estado.

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