Descargar

Tratamiento procesal que se brinda a los menores de edad víctimas de un delito en el proceso penal cubano


Partes: 1, 2

    1. Enfoques sobre la minoría de edad. Regulaciones al respecto
    2. Aspectos fundamentales sobre el tratamiento al menor en nuestra legislación
    3. Conclusiones
    4. Recomendaciones
    5. Bibliografía

    Introducción

    Este trabajo persigue como fin fundamental poner de relieve un fenómeno que no pasa inadvertido en la experiencia práctica diaria: el tratamiento a los menores que resultan perjudicados por un actuar lesivo contra su persona.

    Al abordar este tema en el presente trabajo de investigación se ha pretendido poner al descubierto los perjuicios que acarrea para un niño el hecho de que, además de haber resultado perjudicado por un actuar delictivo, debe pasar por el difícil trance de verse sometido a un proceso penal, desde la fase de instrucción hasta el juicio oral, con la consabida secuela psíquica que ello puede traer consigo, a la luz de los postulados actuales de la Victimología, que en primer lugar sensibilice a todos los que de una forma u otra intervienen en el proceso penal, en la necesidad de abordar con una óptica distinta la cuestión de los menores víctimas y respetar celosamente las garantías concebidas en nuestra legislación, y que a la vez abra el camino para una futura investigación causal que complemente los planteamientos que en él se hacen

    Para ello inicialmente se abordan en un primer capítulo algunas consideraciones teóricas acerca de la minoría de edad y la incompleta formación física y psicológica en esa etapa de la vida, que demanda por ello mayor protección, así como las regulaciones que contiene el ordenamiento jurídico-procesal cubano, que resultan garantías de los derechos elementales reconocidos en las leyes sustantivas – Código de la Niñez y la Juventud, Código de Familia, Código Penal- y en la Ley Fundamental a tono con los postulados internacionales recogidos en la "Convención sobre los Derechos del Niño", aprobada por la Organización de las Naciones Unidas en 1989, y de la que Cuba es parte.

    En el cuerpo de la tesis se analiza el tratamiento del tema por juristas y estudiosos dentro y fuera de nuestro país, reseñando las cuestiones fundamentales que deben tenerse en cuenta para abordar un niño que ha resultado víctima de un delito.

    Nuestro trabajo tiene como OBJETIVO:

    – Valorar desde una perspectiva crítica el tratamiento procesal que se brinda a los menores de edad que resultan víctimas de un delito en el proceso penal cubano.

    Pues en la práctica diaria hemos visto que no siempre existe una selección previa y razonada del personal que debe atender estos casos, y no se valora con sus representantes legales (padres, tutores) el estado psíquico o emocional del niño posterior al hecho antes de decidir si se llama al proceso penal, tampoco se consulta el criterio de un experto sobre la factibilidad o no de someter el niño al proceso ante determinada afectación psicológica.

    El acto de exploración no se prepara adecuadamente por la autoridad actuante (investigador o instructor), previa consulta con el Fiscal y escuchados los intereses del defensor, si lo hubiere, para evitar tener que reiterarlo por alguna cuestión no precisada suficientemente y que sea relevante al resultado del proceso.

    No siempre se valora la necesidad real del testimonio del menor para la conformación de la prueba en la fase preparatoria y en el juicio oral, ni se tienen en cuenta sus intereses personales por encima de los del proceso.

    Los jueces no siempre se imponen con profundidad del contenido de la acusación y del material probatorio para realizar la exploración del menor en el juicio, y decidir la mejor forma de hacerlo para llegar a lo que se pretende, ni la exploración judicial se hace siempre atendiendo a lo que está regulado.

    No se le concede la debida prioridad a los actos de juicio en los que figura como víctima un menor, ni se garantiza la necesaria privacidad del acto de exploración y más aún del juicio oral.

    CAPÍTULO I:

    Enfoques sobre la minoría de edad. Regulaciones al respecto

    • ALGUNAS CONSIDERACIONES ACERCA DE LA MINORIA DE EDAD.

    La minoría de edad es una especial situación en la que se encuentran aquellos seres que aún no han arribado al límite de edad fijado en las leyes nacionales para el pleno goce de sus derechos civiles, políticos y de otra índole, para la obtención de la emancipación del hogar materno por mayoría de edad. Cuando se es niño o adolescente no existe una completa madurez de las facultades intelectivas, afectivas y volitivas, es decir, el nivel de madurez psíquica resulta insuficiente.

    Durante la minoría de edad los infantes tienen limitada su capacidad de obrar y pese a que existen actos que la ley les permite realizar por sí solos, como por ejemplo adquirir posesión de bienes, reconocer hijos, firmar creaciones artísticas a su nombre, lo cierto es que se encuentran bajo la patria potestad de sus padres, y en defecto de estos, bajo la guarda de un tutor, estos son sus representantes ante la ley para la realización de todos los actos que no les está permitido realizar por sí solos.

    Partes: 1, 2
    Página siguiente