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Haciendas en el porfiriato


Partes: 1, 2

    1. La política de monopolio de la tierra bajo el régimen de Díaz
    2. La hacienda en Córdoba

    Durante todo el régimen de Porfirio Díaz, las haciendas habían crecido devorando las tierras de las comunidades indígenas y englobando en su seno a los mismos pueblos. En 1910, las haciendas abarcaban el 81% de todas las comunidades habitadas de México. Especialmente en el norte y en el extremo sur, las haciendas absorbían del 85% al 95% de los pueblos. En los estados del centro de la República, en cambio, había una preponderancia mucho más marcada de los pueblos indios: en Hidalgo, el 20.7% vivía en hacienda; en Morelos, el 23.7%; en México, el 16.8%; en Oaxaca, el 14.5%; en Puebla, el 20.1%; en Tlaxcala, el 32.2%; en Veracruz, el 24%. En total, había en el país menos de 13,000 pueblos libres contra cerca de 87,000 en las haciendas. 1

    La culminación del ascenso del capitalismo en México bajo el régimen de Díaz iba a ser la destrucción definitiva de las tierras comunales.2 Ahora que el capitalismo había alcanzado un grado de desarrollo superior, la vieja resistencia campesina, que había ido cediendo, como lo prueba el número de pueblos englobados en las haciendas.3

    La hacienda es heredera directa de la sociedad feudal y la encomienda, con la salvedad de que la hacienda, en su periodo final, gozó los beneficios de las innovaciones tecnológicas del siglo XIX. La vertiginosa caída que experimentó este sistema durante la Revolución obligó al grupo triunfante a modificar de forma pero no de fondo las relaciones sociales de producción. La enorme acumulación de poder y dinero que gozaron los hacendados a finales del XIX y principios del XX fue uno de los factores que provocaron el movimiento armado.4

    LA POLÍTICA DE MONOPOLIO DE LA TIERRA BAJO EL RÉGIMEN DE DÍAZ

    Aunque recibió algunos duros golpes por la aplicación de las Leyes de Reforma, el monopolio de la tierra resurgió rápidamente durante el régimen de Porfirio Díaz. En ese período se estimuló la entrada de capitales extranjeros al país, se abrieron minas, se construyeron ferrocarriles y la tierra adquirió un valor potencial como objeto de operaciones especulativas.

    En el Norte y en las zonas costeras había grandes áreas con población escasa y dispersa, y en ellas la posesión de las tierras no estaba legalizada. En otras partes del país existían grandes estaciones de tierras cuyos ocupantes, que lo habían sido durante generaciones, carecían de escrituras otorgadas por el Gobierno que legitimaran su posesión. Jurídicamente, todas esas tierras pertenecían a la nación, y durante el régimen de Díaz se dictaron disposiciones que alentaron la incautación y el apoderamiento indebido de dichos bienes en gran escala.

    Una ley de 1883 autorizó al Presidente para contratar compañías deslindadoras para la realización y la medición de los terrenos baldíos, a cambio de darles como compensación un porcentaje del terreno. En los contratos, se estipuló que las compañías no podrían vender las tierras en lotes mayores de 2500 Ha, y que los compradores debían obligarse a radicar en la tierra comprada. Durante los 10 años siguientes, las compañías deslindaron aproximadamente 50 millones de Ha., por lo cual les correspondió poco menos de 17 millones de Ha. En 1894 se dictó una disposición aún más radical, pues suprimió todas las restricciones que contenía la ley anterior respecto a la limitación de la superficie de las fincas que las compañías podían vender y a la obligación de los compradores de establecerse en ellas. Además, la nueva ley anuló cualquier sanción en que se hubiera incurrido por infracciones a la ley anterior. Con esto, se abrieron de par en par las puertas a la especulación a gran escala con las tierras. No sólo pidieron los especuladores posesionarse de tierras no ocupadas, sino que también la ley les permitió, además, denunciar y pedir la adjudicación de tierras que habían sido poseídas durante generaciones, pero cuyos títulos, por una u otra causa, era defectuosos. Estas disposiciones operaron, todas, en perjuicio de los pueblos que poseían tierras comunales o de los pequeños propietarios que vivían en zonas aisladas y que no comprendieron el alcance ni la importancia de la ley. Orozco, refiriéndose al resultado de las operaciones de las compañías deslindadoras, dice que los grandes hacendados lograron confirmar y aun extender la propiedad vastos dominios, que las peticiones de adjudicación que recibió el Gobierno afectaron a una cantidad pequeña de tierra en comparación con los gastos desembolsados, y que los pequeños propietarios y los pueblos de indios fueron victimas de abogados que se salieron de argucias legales para desposeerlos de sus tierras, ya insuficientes entonces para proporcionar el sustento de ellos y de sus familias.5 Con este marco legal tan beneficioso, gran cantidad de haciendas vieron la oportunidad de adjudicarse tierras y extender sus dominios.

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