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Análisis jurídico-sociológico: "El pandillerismo y el proyecto 3152/2008, que modifica el código de ejecución penal


Partes: 1, 2

    1. Aspectos generales
    2. Marco legal
    3. Orígenes de las pandillas
    4. Particularidades de las pandillas
    5. Organización de las pandillas
    6. El vandalismo
    7. Nominativo de pandillaje pernicioso
    8. Polémicas de la ley de pandillaje pernicioso y del proyecto sobre la imputabilidad penal del mayor de 16 años
    9. Conclusiones
    10. Referencias bibliográficas

    Análisis jurídico-sociológico: "El pandillerismo y el proyecto 3152/2008, que modifica diversos artículos del código penal, código de ejecución penal y del niño y adolescentes, relativos a la seguridad ciudadana del 06/04/2009"

    1. ASPECTOS GENERALES

    A diario somos espectadores y a veces protagonistas de hechos materia de crónica policial vinculados a la violencia juvenil en donde nos preguntamos ¿qué esta ocurriendo en nuestra sociedad?, es lo que se pregunta la población común y corriente al no saber que hacer frente a las infracciones de la ley penal por parte de aquellos jóvenes díscolos que forman parte de lo que se denominan pandillas y pese a que existe una legislación especial sobre la materia no ha podido ser eficaz. Situación que al iniciar el análisis sociológico y jurídico, y manejando algunas de las variables básicas: socioeconómica, desintegración familiar, carencia de presencia del Estado, políticas sociales, etc., encontraremos una diametral distancia entre la teoría y práctica, en consecuencia, ¿es acaso que la realidad ha superado hondamente al Derecho hasta el punto que éste no le queda más a éste que seguir incrementando la escala punitiva abstracta en la normatividad vigente, hasta el punto de creer que modificando la edad de imputabilidad penal de los adolescentes y el Código de Ejecución Penal, Código del Niño y Adolescente y los relativos a la Seguridad Ciudadana se podrá combatir eficazmente dicha problemática? La respuesta resulta obvia para el lector acucioso.[1]

    En consecuencia, el contexto de estas contravenciones a la ley, por parte del pandillerismo encontramos: los que atentan contra el patrimonio y la vida, el cuerpo y la salud, etc. También cabe mencionar a las agresiones contra la libertad sexual, las cuales a su vez se diversifican en: violación, sodomía, proxenetismo, meretricio infanto – juvenil, filmación a menores desnudos y/o en acciones relacionadas al coito entre niños, adolescentes o con personas adultas (pornógrafos), lo que es material privilegiado de la pornografía, para el placer del sub – mundo de paidofílicos (del griego paidos=niños).[2]

    A este registro hay que adicionar, los conectados a la venta y consumo de drogas y licores. Éstas son cometidas a veces en forma individual, pero preferentemente en grupo por lograr el dominio del escenario delictivo. Son conjuntos de menores organizados, con patrones de conductas insociables que atacan a los que se encuentran desprotegidos o se enfrentan con otros pandilleros, por ganarse el prestigio de su entorno comunitario desobedeciendo al El Derecho Penal de mínima intervención, que es un medio de control social que se caracteriza por imponer sanciones o medidas de seguridad, cuando, se han ejecutado graves acciones que atenten contra bienes jurídicos de apreciable valor para la sociedad.[3]

    Por su parte, Rodríguez Manzanera[4]realiza un análisis de los infractores a la ley de menores de 18 años, distinguiendo con minuciosidad, que en la infancia las contravenciones se dirigen generalmente contra el patrimonio en las modalidades de hurto, robo y daños en propiedad ajena. Los montos son reducidos y rara vez se cometen en la escuela o el hogar. Aunque hay casos en que los menores roban por necesidad, porque sus padres o quienes los tienen a cargo los mandan. Se trata de familias carenciales que padecen de pobreza absoluta cotidiana. Bajo este panorama en vez de pretender reducir la edad mínima de imputabilidad que profesa el citado proyecto de ley , se debe acudir sin duda alguna a la PREVENCIÓN, tarea no fácil ya que es parte de un conjunto de medidas multisectoriales con aspiración político-social del pensamiento penal, pues el rearme de la delincuencia exige por un lado una sociedad de seguridad, tomando como base una PREVENCIÓN SITUACIONAL que se acomoda muy bien a una sociedad de riesgos, ya que la crisis resocializadora de hoy pone a flote ideas neo retribucionistas, de allí que lo propuesto es entendido en la realidad nacional y mundial, debiéndose ampliar la ESFERA DE CONOCIMIENTOS PREVENTIVOS, conceptualizando una sociedad informada que aspira la adhesión de todos los integrantes del enjambre colectivo a una política integral de control que respete los derechos y la dignidad del menor acorde a la al sistema de responsabilidad penal juvenil, y desde la perspectiva de la protección integral y del interés superior del niño consagrado en el Derecho Internacional[5]

    Partes: 1, 2
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