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Sistema marco del servicio municipal de atención a menores en desprotección (página 2)


Partes: 1, 2

Notas: [1] Personal de Centros Educativos (profesores/as, monitoras de comedor, etc.), de Atención Primaria Sanitaria (pediatras, enfermeras de pediatría, etc.), Udaltzaingoa, Gazteleku/Haurtxokoak, Polideportivos, etc.

[2] Se hace diferenciación del Sistema de Protección Infantil (SPI) con respecto al SPIF, incorporando al primero a los Servicios Territoriales/Especializados (Diputación). Una relación eficiente con terceros (Educación, Sanidad, etc.) debe establecerse integrando a todo el SPI.

[3] Otras necesidades sociales, aparte de las de desprotección de menores, pueden ser prioritarias en la intervención del caso. En estas ocasiones la Técnica en Trabajo Social correspondiente podría ser la Responsable de Caso, también de menores, en coordinación con la Psicóloga Comunitaria. En casos que no cuentan con empadronamiento municipal, otras técnicas de servicios de acogimiento o de urgencias sociales pueden ser, asimismo, Responsables de Caso de menores.

Enviado por: Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"®

Santiago de los Caballeros, República Dominicana, 2016.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE, JUAN BOSCH Y ANDRÉS CASTILLO DE LEÓN – POR SIEMPRE"®

 

 

 

Autor:

Yunior AndrésCastillo Silverio

Partes: 1, 2
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