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Tetradimensionalidad del Derecho y su relación con el conocimiento científico y la filosofía del Derecho (página 2)

Enviado por MANUEL RISCO CH.


Partes: 1, 2

Ambas la primera y segunda dimensión constituyen entidades estáticas, se corresponden con el – Ser en- y con el – Ser en el- o Dasein, el Yin Yang, dos fuerzas fundamentales aparentemente opuestas y complementarias, que se encuentran en todas las cosas.

La tercera dimensión, corresponde al mundo que en filosofía se conoce como el –Ser en el mundo- o – Dasein en-, es decir un encuentro de entidades de distinta raigambre que harán posible, la construcción de una nueva teoría o Ley, síntesis o tesis, es el mundo de la experimentación viva, total en donde se desenvuelve todas las posibilidades del hombre o investigador, corresponde estructuralmente a la manipulación voluntaria, por parte del investigador o científico, de los elementos o procesos planteados anteriormente, es la reproducción de fenómeno que se pretende establecer, descubrir o comprobar, efectuada por la propia naturaleza o por el hombre, aplicando principios, tecnología y creatividad, aplicando métodos hasta ese entonces conocidos, a esta dimensión corresponde también la categoría de los objetivos (la ayuda de la medicina humana, la cultura, etc.) que se persiguen, podemos decir que también entran en juego en esta dimensión los valores (-lo valioso- el bien a diferencia del mal).

En esta dimensión se obtienen las bases o estructuras de la futura Ley o nueva tesis que se mantiene en base a los razonamientos elaborados como producto de la experimentación.

Finalmente, se arriba a la Cuarta Dimensión, que viene a ser la consecuencia de ese proceso, es una nueva y definitiva conclusión, lo que se conoce como una Ley o Tesis concluyente, definitiva, valiosa por si misma; es un nuevo hecho científico, de un carácter y connotación superior. Es un nuevo –Ser en-, el fin logrado. Llamada también el cubo filosofal o piedra filosofal.

El conocimiento científico, se corresponde con los principios generales de la filosofía en general, de la cual nació, no puede ser ajena a su naturaleza, por ello, solo con un conocimiento del fenómeno filosófico, se podrá arribar a un verdadero conocimiento científico.

Conclusión

El derecho, como todo conocimiento humano, no puede armónicamente ser ajeno al conocimiento científico, menos al filosofo, por ello esa verbigracia, que es un espacio periodístico consagrado a la revisión y debate exhaustivo y actual de las ideas en los distintos campos del saber, así como al arte y la literatura, la sentencia, que constituye una síntesis de todo el proceso, refleja las dimensiones del conocimiento jurídico. Así, la primera dimensión del derecho ésta reflejada en la parte "expositiva", que no es otra cosa que la identificación y descripción de los hechos, (demanda, petitorio – contestación a la demanda, intervención de terceros).

Esta sería una primera dimensión que dentro del campo de la filosofía se corresponde con la categoría de – Ser en-, categoría o enlace entre las ciencias de la naturaleza y las ciencias sociales, o culturales, a la cual pertenece el derecho. Esta primera dimensión es una primera manifestación que Reale la identifica como el "Hecho", La segunda dimensión, o –Ser en el- dentro de la concepción clásica de la filosofía, con respecto al derecho. Se corresponde con la categoría del –Debe Ser en el o – Debe Dasein-, en el ejemplo, seria la fundamentación jurídica que se invoca tanto en la demanda como en la contestación de demanda y/o en la fundamentación jurídica de terceros y supuestos legales sobre los cuales sustenta su participación en el proceso; en esta dimensión se encuentra también, el resumen de las actuaciones procesales del Juez y el sistema de administración de justicia, tales como la fijación de puntos controvertidos, admisión de pruebas etc., claro está en el supuesto de que no se haya culminado el proceso con acto de conciliación o transacción temas que serán objeto de estudio y exposición posterior.

La tercera dimensión que se relación o corresponde dentro del campo filosófico con el –Ser en el mundo- o denotar de lo que es la filosofía del derecho – Debe Ser en el mundo, está conformada por la parte dinámica de la sentencia, es decir la parte "considerativa", en la cual entra en juego todos los elementos, antes mencionados, y además la interpretación, análisis de la actividad probatoria, selección y aplicación o inaplicación de normas, o los hechos demandados; por ultimo obtención de los argumentos y fundamentos del fallo, o resolución. Es la parte viva del proceso traducido en la sentencia, con la intervención de todos y cada uno de los elementos de la estructura jurídica, Finalmente la cuarta dimensión, llamada fallo, resolución, conciliación o síntesis, válido para una o varias personas de acuerdo a la naturaleza del proceso, contiene el fallo propiamente dicho, el mandato, lo que debe ser, el fin del proceso y que debe cumplirse.

El factor tiempo, es un elemento que forma parte de todas y cada una de las dimensiones, es una especie de constante, de cada una de la estructura o de las dimensiones, por ello el proceso judicial, por decir así, se inicia en un tiempo determinado "t", culminado en una fecha o tiempo determinado, "t" al margen del cumplimiento o no de los plazos establecidos en la Ley.

 

 

 

 

 

Autor:

Manuel M. Risco CH

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