Resumen
Desde antes de 1914 la construcción de un ferrocarril entre los puertos de Nuevitas y Caibarién, era objeto de interés de más de un empresario, pero José Miguel Tarafa, supo combinar determinados intereses, y aprovechar la coyuntura favorable de un momento, en aras de una empresa que le representaría grandes ventajas personales y se encargó de su creación.
Cuando este estaba asociado al magnate R. Truffin, en una firma exportadora de mieles a Cienfuegos. Ambos socios, Truffin y Tarafa unidos más estrechamente desde 1911 bajo la razón social Cuban Distilling Company asumieron también de manera conjunta la creación de una firma ferroviaria, Ferrocarriles de la Costa Norte y Sur, el 13 de mayo de 1912. El principal propósito de esta sociedad era el de hacerse cargo de el arriendo del Ferrocarril de Jùcaro a San Fernando que desde 1906 disfrutaba la Jùcaro San Fernando Railroard Transportation Company.
Además de este objetivo principal e inmediato, la escritura de construcción del ferrocarril de la Costa Norte y Sur establecía muy claramente como propósitos inmediatos de la empresa, la construcción de una vía férrea entre los puertos de Nuevitas y Caibarien, cruzando por Morón y otra entre Nuevitas y Santa Cruz del Sur, cruzando por Camagüey, con la que se conformaría una red capaz de suplir las deficiencias, que ofrecían, para la explotación de las posibilidades azucareras de la provincia, el escueto trazado de las paralelas de la Cuban Railroad Company en esa región.
Los primeros pasos dados por Tarafa desde la construcción del Ferrocarril de la Costa Norte y Sur se orientaron en dos sentidos: el primero era lograr su control personal sobre la propia compañía y el segundo, tratar de obtener del Estado cubano una concesión que se ajustara a sus planes. La primera cuestión fue resuelta en un plazo menor a un año, mediante la concesión de su control, otorgado el 31 de mayo de 1912.
A la compañía Jùcaro Morón Railways Company se transfirió el arriendo del Ferrocarril de la Trocha, que corría por Ciego de Ávila. Del paquete de acciones de la misma ascendente a 1.000.000 de pesos, Tarafa recibió una parte, en calidad de accionista importante del Ferrocarril de la Costa Norte y el resto fue adquirido con los fondos que llegó, de la liquidación de los intereses que poseía la Matanzas Railways Company (Ferrocarril de Dubrocg(, al ser transferida esta en julio de 1911.
De manera coincidente con el proceso de reorganización que se efectuaba en la arrendataria del Ferrocarril de Jùcaro a Morón, Tarafa se encaminó a la solución de la segunda cuestión, es decir, la relacionada con la concesión y subvención que requería para iniciar la construcción del Ferrocarril de Caibarien a Nuevitas. Éste tomó forma durante los primeros meses de 1912 cuando se presentó al gobierno de la República una proposición para ser efectiva la Ley de Subvenciones de 1906, en la cual se establecía el pago de una subvención al Ferrocarril de Nuevitas a Caibarien.
El asunto provocó polémicas en el Senado y la Cámara, al considerar algunos legisladores que ello representaría una erogación de 1.800.000 pesos para el fisco nacional, en beneficios de entidades particulares que podría ser para los Ferrocarriles de la Costa Norte y Sur, o la inglesa Cuban Central.
El proyecto fue aprobado por el Senado de los Estados Unidos y el gobierno de la República de Cuba en julio de 1912 y en septiembre del mismo año se celebró la subasta. A ella asistieron en calidad de licitadores el coronel José Miguel Tarafa en representación de la empresa del Ferrocarril de la Costa Norte y Sur y la Jùcaro – Morón Railways Company, así como la compañía inglesa Cuban Central representada por Harry Usher.
El presidente de la República por Decreto ( 912 de fecha 5 de octubre de 1912 concedió a la Compañía del Ferrocarril del Norte de Cuba la subvención de 6.000 pesos por Km. autorizada por la Ley de Cènico de julio de 1912 para la construcción de un ferrocarril de Nuevitas – Caibarien y la de 6.000 pesos también por cada Km. para la construcción de un ferrocarril Camagüey – Santa Cruz de Sur autorizada por la Ley del 5 de julio de 1906, bajo las condiciones que se consignaban en el Decreto y dentro de los plazos ordinarios que fijaba la legislación de ferrocarriles para la construcción de los servicios públicos.
Por otra cláusula consignada en el citado Decreto de concesión quedaba comprometida la Compañía a exigir o hacer que exigieran la creación por otra Compañía, dentro de cuatro años en cualquier punto del trayecto de Nuevitas – Caibarien de ingenios de azúcar; establecer en las ciudades de La Habana, Caibarien, Nuevitas, Morón, Camagüey y Santa Cruz del Sur en cualquiera de ellas, dentro de cinco años, agencias sucursales de un Departamento de Fomento Territorial de la misma compañía o de un sindicato que se organizara por separado, con el fin de suministrar recursos y toda clase de elementos con las personas o compañías que se dediquen en las zonas que atravesarían los ferrocarriles mencionados y a organizar por último un régimen de fomento por igual y protección recíproca entre todas sus respectivas zonas.
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