- Conceptos generales de Administración de acuerdo a la Ley General de la Administración Pública- Costa Rica
- Análisis de la ley general de la Administración Pública
- Conceptos Jurídicos Determinados e Indeterminados
- La relación entre la Administración justicia y el Principio de Auto tutela
- La Potestad
- Deberes de la Administración
- Derechos Originarios
DERECHO ADMINISTRATIVO
Conceptos generales de Administración de acuerdo a la Ley General de la Administración Pública- Costa Rica 1-49
Administración pública: en la gestión de servicio para servicio. En la acción del gobierno de dictar y aplicar disposiciones para conservar los intereses públicos. Siempre ante un interés particular prevalece el interés público, El término administrar significa servir manejo o gestión, significa la acción del gobierno de dictar y aplicar disposiciones que vayan en beneficio de la comunidad o del interés público.
Jurisdicción: puede ser de dos formas: subjetiva (es el sujeto sobre cuáles va emanar el acto administrativo, se valora al sujeto orgánicamente) y objetiva (por medio de sus órganos atiende intereses públicos En otras palabras desde este criterio, la administración en la actividad práctica que desprecia el estado a través de sus órganos para atender los sistemas públicos como propios)
En la actividad administrativa el estado se convierten sujeto de la actividad y utilizan medios propios para lograr los fines cuya consecución considera debe preservar a su acción directa satisfaciendo de forma inmediata las necesidades colectivas. Las actividades del gobierno quedan excluidas dentro de la actividad administrativa por ser un ente político.
Por ejemplo el estado y los demás entes públicos están regidos por la ley LGAP pero poseen autonomía jurídica es el derecho público quien regula la organización y actividades de los entes públicos, salvo norma que exprese lo contrario.
Personalidad del estado el estado es un ente público mayor y se caracteriza por ser un grupo de personas, poseer territorio y organización política estos tres puntos anteriores son necesarios para que se dé un estado con la sección del estado palestino la capacidad de actuar del estado se manifiesta tanto a nivel de derecho público como privado. La importancia de esta personalidad radica en aliarse sujeto a su propio orden interno y al orden jerárquico constitucional.
Funciones del estado: ejecutiva, legislativa, judicial, Tribunal Supremo elecciones, y administrativa (CGR).
Entes públicos: son entidades con personería jurídica y en incapacidad de actuar en nombre y por cuenta propia. En la administración pública tiene potestad de imperio y en la privada tienen al sujeto de igualdad. El ente público se rige bajo la directriz que mana el poder ejecutivo.
Los entes públicos serían por el derecho público, por las potestad imperio pero en algunas acepciones sería por el derecho privado por que impera lo que se llama la igualdad
*Personalidad jurídica del administración pública: existe una serie de entidades públicas menores que confirman que la administración pública descentralizadas van paralelas unas de otras características de la personería del administración pública: a – personería jurídica mayor, pues quería y aplicar derecho del territorio estatal, B- es soberana, no se haya subordinada a ente alguno, C- posee capacidad de derecho público y derecho privado, D- posee personalidad jurídica originaria o sea no por ningún otro sujeto jurídico y se basa en la constitución.
Servicios públicos satisfacen las necesidades colectivas a través de la creación de servicio público
La suministración presta este servicio través de dos formas, directamente o indirectamente (como las comisiones o licitaciones)
Los principios fundamentales de la AP. Son continuidad, eficiencia, igualdad, aceptabilidad o mutabilidad.
Bloque de legalidad es el que reglamenta la actividad administrativa por medio de normas escritas y fuentes escritas
*Centralización: Se caracteriza por ser la concentración total de competencias públicas en un centro de acción constituido por el estado. Los órganos dependen de un órgano superior
*Descentralización: Se caracteriza por que contempla la creación de un sujeto de derecho con su competencia de acción, se da por región o por servicios. Las tres modalidades de descentralización se da por: región, servicio, colaboración.
*Elementos de la descentralización administrativa:
A- personalidad jurídica (, la capacidad de actuar la obtiene el ente publico a través de la personalidad jurídica)
B- competencia propia (, a través de la autonomía funcional, el ente esta provisto de la potestad de regular su organización interna para el desempeño de sus funciones).
C- autonomía económica (se manifiesta a través de la autonomía económica Autonomía patrimonial, Autonomía financiera, Autonomía presupuestaria
La tutela administrativa: Es el conjunto de poderes limitados determinados por la ley a una autoridad superior.
Intervención del estado sobre el ente: El estado se haya imposibilitado de girar ordenes al ente, no puede revocar ni reformar sus actos
La desconcentración: Es la transferencia jurídica de competencia de un órgano jerarca órganos inferiores
La delegación: Es la transferencia de una competencia administrativa o de su ejercicio de un órgano superior a otro inferior a través de un acto administrativo. La de la creación se da entre órganos y no entre entes y el órgano delegado es parte del órgano superior. O sea es la posibilidad del superior de transferible al inmediato inferior jerárquico parte la competencia, se necesita de un superior para transferible a un jerarca, el órgano superior debe de ser de la misma clase o competencia y debe respetarse el orden administrativo. El superior delega funciones serán dos tipos de delegación:
No jerárquicos (como superior puede negar pero necesita de la norma porque si no se viera el principio de legalidad, deben indicar en esta norma que puede hacer la delegación) de diverso grado (es cuando de diversas competencias queremos meternos, violando el principio de legalidad)
Responsabilidad de la delegación: es de dos tipos de responsabilidad,
- In vigilando (tiene la responsabilidad de vigilar hasta que termine aquélla respuesta de funciones o casos)
- In eligento (no se da mucho la administración porque si la persona puede demostrar que tenía que delegar y quien existía norma y para evitar que ésta se violara)
La descentralización administrativa: Se clasifican en dos categorías, 1. Instituciones autónomas y 2. Entes autónomos
El órgano y su doctrina: ese instrumento que tiene como objeto explicar porque la organización administrativa continúa atender del tiempo de forma permanente a pesar del cambio de personas físicas. No es un sujeto de derecho y carece personalidad jurídica
Personalidad del órgano: el órgano en este caso la administración será responsable por los actos ilícitos y por su funcionamiento normal cuando los mismos causen daño a los administrados o a sus derechos
Elementos del órgano Son 2:
- el elementos subsistido (son medios definidos legalmente a través de los cuales el órgano ejecuta en nombre del estado los fines para los cuales ha sido creado, y sus tareas)
- el elemento subjetivo (el estado y sus órganos los funcionarios públicos quienes son depositarios de la autoridad y no pueden a robarse facultades que la ley no les concede).
Responsabilidad del estado: es objetiva y subjetiva.
*Clasificación de los órganos: órganos constitucionales, órganos de relevancia constitucional, órgano colegiado, y órgano individual. Se deben detener las herramientas para poder ejecutar las responsabilidades mismas que no debe proporcionar la administración.
Legitimidad: es cuando el órgano está legitimado a hacer hasta dónde está permitido, por ejemplo el ministerio de salud no puede meterse en el MOPT
Funcionarios públicos son las personas que prestan servicios al administración hubo un hombre o por cuenta de éste como parte su organización en virtud de un acto válido y eficaz investidura con carácter independiente, el imperativo representativo y remunerado permanente o público de la actividad respectiva
*Clasificación de los actos administrativos: son de cuatro tipos:
- acto interno
- acto externo "es lo que vamos a dar a ser administrado, una carretera una escuela etc.,
- acto concreto va dirigido a un sujeto determinado por ejemplo un nombramiento,
- actos generales son dirigidos hacia la colectividad, a ser sujeto, ejemplo voy expropiar este terreno para construir una carretera.
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